Premio ALPI

Por medio del presente nos comunicamos con usted para informarle que hemos lanzado la convocatoria para la presentación de candidatos para el próximo Premio Bienal ALPI 2011.

Este premio es otorgado a 10 personas con discapacidad motriz que a criterio de un Jurado integrado por personalidades del quehacer nacional, se han destacado por el esfuerzo de superación personal e inserción social.

A su vez, se desea resaltar sus trayectorias personales como ejemplos de vida y estímulo para aquellas personas que estén enfrentando las mismas situaciones. El premio consiste en una Medalla de Plata, Diploma y $1000.

Pueden hacer las propuestas el candidato, las instituciones, grupos de trabajo, familiares o amigos que conozcan al mismo y que den testimonio de las razones por la que hacen la presentación. A su vez, pueden presentarse todos aquellos que residan en la República Argentina y en países limítrofes.

Las propuestas se recibirán hasta el día 28 de octubre de 2010, y deberán dirigirse a: PREMIO BIENAL ALPI, Soler 3945, (C1425BWO) Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
En nuestra web puede ver la última entrega del Premio Bienal Alpi: www.alpi.org.ar

Todavía nos queda mucho por realizar, quedan sueños por concretar pero contamos con muchas voluntades que son el orgullo y el alma de ALPI.

Cordialmente,

ANA MARILYN G. DE CULLEN MARÍA LAURA E. DE STEVERLYNCK
Tesorera Presidente

Más información
Premio_ALPI.doc

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Asociación Asperger

La Asociación Asperger Argentina es una Asociación civil sin fines de lucro y de bien público, fundada por un grupo de padres de chicos con Síndrome de Asperger el día 14 de Noviembre de 2003.

Quienes conformamos este espacio convocamos a los padres, familiares y profesionales, tanto del área de la Salud como de la Educación, en pos de ayudarnos a brindar a nuestros seres queridos con SA, un futuro posible, para que éstos puedan concretar sus deseos y sueños.

Nos comprometemos a trabajar, en todos y cada uno de los frentes necesarios, por lo que nos proponemos:
Generar acciones de difusión y capacitación que permita que profesionales de todas las áreas involucradas adquieran los saberes y habilidades necesarios para intervenir en una detección temprana, un correcto diagnóstico y el adecuado tratamiento.

Propulsar la investigación en todos los campos -Salud Mental, Terapéutico, Educativo, Farmacológico, etc.

Conformar un espacio pluralista trabajando mancomunadamente con las familias ayudándolas a transitar éste camino con optimismo y esperanza, sabiendo que no se encuentran solos, sino con un grupo de amigos que comparten sus vivencias y que a su vez están deseosos de aprender de sus experiencias.

Peticionar ante quienes corresponda para que se eliminen todas las barreras y la integración social no sea sólo un sueño sino una realidad cotidiana.

Generar alianzas estratégicas con otras Instituciones con problemáticas similares a la de las personas afectadas por el S.A y sus familias.

Por último, consideramos que lo particular y distintivo de nuestra institución consistirá en conformar un espacio de reflexión sobre las prácticas en salud-educación, no como ámbitos de intervención independientes sino interrelacionados. Pensamos que es primordial alejarnos del paradigma estandarizado de las patologías, es decir, ver al sujeto como unidad y no un mero trastorno emocional, de aprendizaje, o del lenguaje, etc., sino como un sujeto que atraviesa un problema situacional y contextualizado, en tanto es parte de una realidad específica y un entorno familiar.

Convocamos a todas las personas que estén dispuestas a sumarse y hacer propio nuestro objetivo.

http://www.asperger.org.ar

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Rechazo a normativa de CONADIS

ASDRA | Discapacidad

Familiares de personas con discapacidad rechazan normativa de Directorio de la CONADIS
Miércoles, 01 de Septiembre de 2010 21:43
Miles de niños con NEE, en riesgo de quedar fuera de las aulas comunes

Las asociaciones de familiares de personas con discapacidad ASDRA (síndrome de Down), TGD Padres (trastorno generalizado del desarrollo), APADEA (autismo) y miles de particulares rechazan terminantemente la normativa aprobada recientemente por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas para las Personas con Discapacidad, donde se indica, según consta en las Actas 246 y 248, que las Obras Sociales sólo cubrirán a partir de 2011 la prestación de apoyo escolar a la integración en los casos en que fuera realizada por equipos categorizados o establecimientos de educación especial.

La disposición de este Directorio, que funciona dentro de la Comisión Nacional de las Personas con Discapacidad (CONADIS), interrumpirá los procesos de inclusión de buena parte de los niños con Necesidades Educativas Especiales (NEE) que hoy asisten a aulas comunes. Esto empeorará la paupérrima realidad de la educación inclusiva, ya que actualmente sólo el 13,8 % de los chicos con discapacidad, tal como se desprende de la ENDI, realiza sus estudios en escuelas ordinarias.

En la Argentina hay poco más de 50 equipos categorizados en el Registro del Servicio Nacional de Rehabilitación y la mayoría se encuentran en los grandes centros urbanos. La implementación de esta normativa dejará a miles de niños con NEE fuera de las escuelas comunes, ya que en muchas partes del país sólo cuentan con el apoyo de profesionales independientes que realizan su trabajo con un alto nivel de responsabilidad.

“Solicitamos que se suspenda de inmediato, sin plazo, la normativa señalada y se revise el actual sistema de educación inclusiva que, en mucho, se aparta de los principios de la Declaración de Salamanca (UNESCO 1994) y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU 2006)”, sostuvo el Presidente de ASDRA, Raúl Quereilhac.

Fuente: http://www.hacercomunidad.org/escribi/articulo/8471

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Encuentro Personas con Discapacidad y Relaciones de Genero

En el marco de las actividades que desarrollan la Organización sin fines de lucro Lihuen y la Fundación Invisibles, se realizará el Encuentro
“Personas con discapacidad y relaciones de género”. La diferencia como punto de encuentro.

Tendrá lugar los días 1 y 2 de octubre de 2010 en la ciudad de San Carlos de Bariloche y cuentan con el apoyo de (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y PAMI). La idea de generar un encuentro es la de facilitar un espacio que pueda ir poniendo de relieve la cotidianeidad, esas vivencias diarias, repletas de
significados, intereses y estrategias, que permita crear una red personal de caminos por los cuales transitar y construir relaciones,que hagan visibles los ordenamientos sociales basados en las”diferencias naturales” y pongan en crisis los pactos y contratos que rigen las relaciones de subordinación en estos campos.

Expositores Invitados
Sandra Borakievich Licenciada en Psicología, UBA. Miembro del Equipo de Ana María Fernández, Facultad de Psicología, UBA.
Exposición: “Perspectiva de género y diferencia”.

Eduardo De la Vega, Doctor en Psicología por la Universidad Nacional de Rosario. Investigador en el Centro de Investigaciones de la UNR. Rosario.
Profesor visitante en la Maestría de Educación para la Diversidad. Universidad de Manizales. Colombia.
Exposición: “Micropolíticas, género y discapacidad”

Nadina Moreda, Abogada, Asesora Legal delegación INADI Río Negro. Exposición: “Perspectiva de personas con discapacidad y equidad de
género desde el marco normativo”

Mesa Redonda: “Equidad en salud: derechos reproductivos y sexualidad”.
Integrada por Lic. María Elena Villa Abrille, Dra Andrea Galaverna y Rosana González.

Historias de Vida
Relato de experiencias de Camino Abierto y de mujeres con discapacidad: Paula Slemenson, Amelia Gasparoli y Mariana Paez.

Cine debate
Madres con Ruedas de Mónica Chirife y Mario Piazza

Talleres culturales y de desarrollo personal a cargo de reconocidas profesionales y artistas de Bariloche. “Un espacio de encuentro entre
mujeres con discapacidad y mujeres convencionales”

Dirigido a Personas jóvenes y adultas con discapacidad, profesionales,estudiantes, integrantes de movimientos feministas, organizaciones no
gubernamentales y del estado, trabajadores/as y personas que participen en proyectos y experiencias a cerca de derechos humanos.

PRESENTACIÓN DE EXPERIENCIAS Y/O INVESTIGACIONES

Más información encuentro@invisibles.org.ar y http://invisibles.org.ar/blog/archives/499

ENTRADA LIBRE Y GRATUITA

POR FAVOR DIFUNDIR ENTRE SUS CONTACTOS

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Fallo Neuquén

Analizando entonces el marco legal aplicable tenemos que la Ley 24901 -Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rheabilitación Integral a favor de las personas con discapacidad- instituye en su artículo 1º “…un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos”. Agrega en su artículo 2º que “Las Obras Sociales, comprendiendo por tal concepto las entidades enunciadas en el artículo 1º de la Ley 23660, tendrán a su cargo con carácter obligatorio, LA COBERTURA TOTAL DE LAS PRESTACIONES BASICAS ENUNCIADAS EN LA PRESENTE LEY, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas”.

El texto legal define la incapacidad en su art. 9 el que señala: “Entiéndese por persona con discapacidad, conforme lo establecido por el artículo 2º de la Ley 22431, a toda aquella que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, motora, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerarbles su integración familiar, social, educacional o laboral

Dicho esto y acreditada la condición de discapacitada de la actora –constancia expedida por el JUCAID- resulta necesario determinar cuales son las prestaciones básicas a las que tienen derecho quienes se encuentran beneficiados por el alcance de la citada ley..

En el marco legal expuesto, juzgo entonces configurada la verosimilitud del derecho que exige el art. 230 del C.P.C.Yc. PARA LA PROCEDENCIA DE TODA MEDIDA CAUTELAR, PÚES LA NORMATIVA REFERIDA, QUE POR SU CONTUNDENCIA HA SIDO TRANSCRIPTA, RECONOCE PLENA COBERTURA A LOS SUJETOS BENEFICIADOS –ENTRE LOS QUE EN PRINCIPIO HABRÍA DEMOSTRADO ESTAR INCLUÍDA LA ACTORA- PARA LAS PRESTACIONES PRETENDIDAS.

Si a todo lo expuesto, le sumamos la falta de potencialidad dañosa de la medida que se pide, desde que tan sólo se limita a exigir a la demandada que cumpla con las obligaciones legales impuestas, no cabe sino hacer lugar a la medida cautelar en los términos dispuestos”.

(Registro de Sentencia Interlocutorias Civiles Juzgado Federal Nº 1 Neuquén, Resolución 120 Fº 130/133 Año 2010 5 De Febrero de 2010 Autos: “AMIEBAS, Milagros de los Angeles y otra c/OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (OSECAC) s/Acción de amparo (Sumarísimo) (expte. 496 Fº 269 Año 2009)

Dra. María Carolina Pandolfi Juzgado Federal Nº 1 Santa FÉ Nº 318 Piso 2 Neuquén C.P. 8300 Provincia de Neuquén República Argentina

Por Sebastián René Vázquez

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