La justicia autorizó que un joven con discapacidad motriz curse el Profesorado de Educación Física

La justicia federal de San Martín, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por Emiliano Naranjo y obligó a la Universidad Nacional de La Matanza a que lo autorice en forma inmediata a cursar materias del Profesorado Universitario en Educación Física. La acción judicial es patrocinada por la ADC.

Emiliano Naranjo es un joven de 30 años con una discapacidad motriz que lo obliga a desplazarse con bastones canadiences. Actualmente es docente ayudante en gimnasia deportiva en el Club Social y Deportivo Paso del Rey en Moreno, Provincia de Buenos Aires. Allí colabora en la enseñanza de destrezas y preparación física de distintos grupos de alumnos. Su intención es ser profesor de Educación Física pero, a pesar de reiterados pedidos a la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM), provincia de Buenos Aires, se le ha negado sistemáticamente cursar la carrera de Profesorado en dicha disciplina. Naranjo ya es Licenciado en Educación Física y cursó sus estudios en la misma universidad que ahora le niega acceder al profesorado.

Testimonio periodístico de Emiliano Naranjo

Ante esta situación ilegal y arbitraria de la UNLaM, Naranjo interpuso una acción de amparo con el patrocinio de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la que fue radicada ante el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Nº 2, provincia de Buenos Aires, a cargo de la jueza Martina Isabel Forns.

La ADC solicitó a la justicia que ordene a las autoridades de la UNLaM que autoricen la inscripción de Naranjo al Profesorado. También se pidió que se lo exima de cumplir con los requerimientos sobre rendimientos físicos previstos para el ingreso y cursado de las materias correspondientes a dicho Profesorado o, en su defecto, se realicen los ajustes razonables respecto de las materias adicionales que exige el Profesorado en relación a la Licenciatura para poder, así, ser evaluado de acuerdo con sus posibilidades. Asimismo, se solicitó se dicte una medida cautelar, a fin de que la UNLaM adopte medidas urgentes para que Naranjo no pierda otro año más de cursada, mientras se resuelva la cuestión de fondo.

El 25 de abril de 2011 la jueza Forns hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó a la UNLaM que autorice en forma inmediata el ingreso de Emiliano Naranjo al ciclo lectivo 2011. Dispuso que curse en forma condicional durante este año las cuatro materias correspondientes al Profesorado en Educación Física que tienen exclusivo contenido teórico y que no exigen de una destreza física para su evaluación.

Fundamentos de la acción

En la acción de amparo la ADC sostuvo que la negativa de la UNLaM es arbitraria porque restringe sin razones válidas el ejercicio efectivo del derecho a la educación de Naranjo en condiciones de igualdad.

Para acceder al título de profesor Naranjo debería rendir 6 materias adicionales. De ellas, tres son íntegramente teóricas; una es práctica pero sólo exige habilidades en la expresión oral; y sólo dos son en parte teóricas y en parte prácticas: Observación y Práctica Docente y Folclore y Tango. Esta última, por otra parte, tiene una vinculación superficial con la Educación Física.

Se argumentó que el actuar de la UNLaM es ilegal porque no se corresponde con el derecho a la igualdad y no discriminación y el derecho a la educación reconocidos en nuestra Constitución Nacional y en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ellos la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Los derechos a la educación y a la igualdad también se encuentran reconocidos en las leyes 23.592 sobre “Actos Discriminatorios”, 22.431 sobre “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados” y 24.521 sobre “Educación Superior”.

Emiliano Naranjo sostiene que “la negativa de la Universidad me impide acceder en condiciones de igualdad a la instancia educativa que deseo, lo cual en sí mismo configura un perjuicio en tanto restringe la realización de mi propio plan de vida”. Asimismo, el hecho de no contar con dicho título restringe sus posibilidades laborales. Entre otras cosas, el hecho de no tener título de Profesor le impide ser titular de un cargo público docente por la desventaja comparativa en la puntuación que brinda el título de Licenciado respecto del de Profesor. “Todos estos perjuicios refuerzan el sojuzgamiento que se hace de mi capacidad productiva relegándome, así, a un lugar de marginación. Los daños, en este sentido, son continuos, actuales y futuros de modo inminente, pues de no remediarse la situación, se estaría avalando un acto discriminatorio cuyos daños a mi persona se perpetúan en el tiempo de modo inadmisible en un Estado de derecho como el nuestro”, concluye Naranjo.

Otras repercusiones

En 2010, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) dictaminó que la falta de adecuaciones en la currícula del Profesorado de Educación Física dictado en la UNLaM, constituye una actitud discriminatoria encuadrable en el artículo 1º de la Ley Nº 23.592 que penaliza los actos discriminatorios..

Asimismo, numerosas personas y organizaciones de la sociedad civil han manifestado su apoyo a la solicitud de Naranjo a través de la página web http://www.efdeportes.com/docentes-discapacitados-de-educacion-fisi…, en el marco de la Campaña denominada “Proyecto Docentes Discapacitados de Educación Física. Hacia una Educación Física realmente inclusiva en Iberoamérica”, lanzada en diciembre de 2010.

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