Empleo y discapacidad en Poder Judicial

Acordada Nº 12/2010 – CSJN – Creación de la “Unidad de Discapacidad e Integración Laboral” dependiente de la Dirección de Recursos Humanos.

Bs., As., 29/06/2010

EXPEDIENTE Nº 4200/2006

En Buenos Aires, a los 29 días del mes de junio del año dos mil diez, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

I) Que mediante acordada n° 4/08 este Tribunal dispuso la creación de un registro de personas con discapacidad que se postulen para ingresar en el Poder Judicial.

II) Que en concordancia con lo establecido por las leyes 22.431 y 25.689, que establecen el sistema de protección integral de los discapacitados, corresponde adoptar medidas destinadas a llevar a la práctica el cumplimiento efectivo del cupo minimo del 4 % establecido en el art 8 de la ley 22.431.

III) Que este Tribunal considera procedente crear la Unidad de Discapacidad dependiente de la Dirección de Recursos Humanos.

Por ello,

ACORDARON:

1º) Crear la “Unidad de Discapacidad e Integración Laboral” que actuará en la órbita de la Dirección de Recursos Humanos de este Tribunal.

2º) Dicha Unidad tendrá a su cargo:

a) Administrar y actualizar el Registro de Aspirantes con Discapacidad, creado por Acordada 4/08 C.S.J.N.

b) Efectuar el seguimiento en la integración de agentes con discapacidad que ingresen a este Tribunal.

e) Proponer las pautas de capacitación en materia de integración, a fin de ser impartidas al personal de las dependencias que incorporen agentes con discapacidad.

d) Efectuar la evaluación de factibilidad en materia de acceso edilicio y demás caracteristicas requeridas en materia de integración de acuerdo a cada ingresante en particular.

e) Evaluar las necesidades de las distintas dependencias de la Corte en miras a definir las caracteristicas de los puestos de trabajo que se requieran.

f) Tramitar las solicitudes de personal con discapacidad efectuada por los distintos organismos.

g) Entender en la elaboración de perfiles de candidatos.

h) Proceder a la elaboración de censos, inforrnes estadísticos y de resultado.

i) Realizar las tareas que en orden a su competencia le sean encomendadas por el Tribunal.

Todo lo cual dispusieron y mandaran, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, doy fe.

Fdo.: RICARDO LUIS LORENZETTI – ELENA I. HIGHTON de NOLASCO – CARLOS S. FAYT – ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI – JUAN CARLOS MAQUEDA – CARMEN M. ARGIBAY
HECTOR DANIEL MARCHI

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