Es debido a que la actual redacción del artículo 53 de la Ley N° 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) implica que, en los hechos, una persona con discapacidad que contrae matrimonio deja de percibir la pensión derivada de su padre o madre fallecida. Esto es, para el Diputado del FPV, Horacio Pietragalla Corti, autor de la iniciativa “a todas luces, inaceptable”.
Con este proyecto se apunta a evitar que el requisito de soltería o viudez incluido en dicho apartado, sea extensivo a los casos de hijos o hijas con
discapacidad. La intención es que en ningún caso se deje a la persona con discapacidad desprovista de la prestación previsional dado el alarmante
desempleo que afecta a este colectivo social. A nivel mundial, la Organización Internacional del Trabajo calcula que el desempleo entre las
personas con discapacidad asciende al 80%.
El legislador autor del proyecto, considera que “de no modificarse esta norma, las personas que quieran mantener su pensión se verán desalentadas
a casarse, como ocurre hasta hoy, afectándose así su plan de vida y autonomía” y manifiesta que esto implica una violación del artículo 28
(“Nivel de vida adecuado y protección social”) y el articulo 23 (“Respeto del hogar y de la familia”) de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad.