Discapacidad y derechos humanos

El modelo de los derechos humanos incorpora la discapacidad dentro de un paradigma de la discapacidad que ha estado surgiendo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Esta declaración reconoce que todas las personas tienen derechos políticos, civiles, económicos, sociales, culturales y de desarrollo a pesar de las diferencias individuales. En este sentido, un modelo de la discapacidad basado en derechos reconoce la variación de  las características humana asociadas ala discapacidad como inherente a la condición humana.

Las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad aprobadas por la Asamblea General en 1993, significan el reconocimiento de las Naciones Unidas al enfoque de derechos humanos   conferido a la discapacidad. Las Normas Uniformes fueron el resultado directo de una filosofía de la discapacidad basada en derechos establecida con la aprobación del Programa de Acción Mundial y el cual se mantuvo como eje central durante la Década de las Personas con Discapacidad.

Aunque las personas con discapacidad son titulares de los mismos derechos humanos que el resto de las personas , los gobiernos y los organismos de vigilancia internacional de los derechos humanos históricamente han realizado una pobre labor para asegurar que las personas con discapacidad disfruten plenamente de sus derechos .Se ha afirmado incluso que las personas con discapacidad han sido “invisibles” al sistema internacional de derechos humanos. Se espera que añadiendo la CRPD al otro núcleo de tratados de derechos humanos, contribuirá a asegurar la plena consecución de todos los derechos humanos para las personas con discapacidad mediante:

  • El incremento de la visibilidad de las personas con discapacidad tanto en el sistema internacional de derechos humanos como en las sociedades en general.
  • Aclarando las obligaciones de los gobiernos con los derechos humanos de las personas con discapacidad, y asegurando que los Estados Partes de la CRPD realicen cambios reales en todos los niveles para poner en práctica sus obligaciones legales hacia las personas con discapacidad.
  • Alentando a los organismos de vigilancia existentes para los tratados de derechos humanos a que presten atención a las cuestiones de la discapacidad cuando ellos examinan  el cumplimiento de los gobiernos con los otros componentes del núcleo de tratados sobre derechos humanos.
  • Alentando a otros organismos y agencies internacionales (tales como la UNICEF, la UNIFEM, WHO y el Banco Mundial) a que presten atención a los temas de las discapacidad en el desarrollo de su trabajo.
  • Estableciendo sistemas para un monitoreo amplio y detallado de la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en todo el mundo.
  • Estableciendo sistemas para la cooperación internacional mediante los cuales todos los grupos de apoyo puedan compartir conocimiento e ideas, y trabajar de conjunto para mejorar la vida de las personas con discapacidad.
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