La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) aprobó, por Disposición 752/2012, el “Protocolo General de Actuación Ante Personas con Discapacidad Nº 1″, que será de aplicación obligatoria para todo el personal policial de las terminales aéreas.
Entre las pautas específicas de actuación el protocolo establece que “las personas con discapacidad física que tenga un dispositivo de asistencia para viajar en forma independiente no será sometida a un proceso de inspección especial si al pasar por la inspección no activa el sistema de seguridad”.
En el caso de personas que no puedan pasar por sus propios medios a través del pórtico detector de metales, “deberán efectuarse controles manuales y registros utilizando la paleta detectora de metales”.
Para proceder a la revisión de personas con discapacidad visual “los agentes deberán dirigirse a ellas por su nombre o tocar suavemente su brazo a los efectos de llamar su atención”.
Antes de proceder al registro “se deberá informar previamente cuáles son los controles que se realizarán sobre su cuerpo, indicando claramente que un oficial de la PSA procederá a realizar un registro manual desde arriba hacia abajo”.
En igual sentido, cuando por cuestiones de seguridad se deba efectuar otro tipo de control como atravesar marcos detectores de metales, Sentinel II o Body Scanner “se deberá informar en forma clara y detallada cuáles son los controles a los que será sometido”.
Para proceder al registro de personas con discapacidad auditiva “no se llevarán a cabo procedimientos especiales” pero de ser posible, “el oficial podrá dirigirse a los acompañantes para que le comunique los controles de seguridad que se ejercerán sobre su persona”.
Fuente: www.prensa.argentina.gov.ar