El próximo presidente del Superior Tribunal de Justicia, Víctor Sodero Nievas, propuso modificar el esquema de nombramientos de los magistrados y funcionarios para cubrir rápidamente las cuarenta vacantes existentes en el Poder.
También defendió la facultad del STJ para designar jueces sustitutos y dijo que existe un planteo de inconstitucionalidad contra la ley de Ministerios Públicos.
Planteó, además, que "se debe reparar el gran retraso" por falta de recursos humanos que hay en el ministerio público.
En diálogo con "Río Negro", Sodero Nievas -quien asumirá en febrero la conducción del STJ- refutó todas las críticas a las designaciones de los jueces sustitutos y habló sobre las "fallas" en la "implementación del nuevo sistema de exámenes de oposición y antecedentes" que demora designaciones en el Consejo de la Magistratura.
Sin fundamentos
"Se discute sin ningún fundamento porque surge de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Ley Orgánica responde a ese parámetro".
"Si sería ilegítimo pretender sustituir el Consejo de la Magistratura y, por eso, deben darse dos condiciones elementales: una expectativa que no se pueda cubrir el cargo por un plazo mayor de tres meses y que el juez sustituto tenga carácter provisional o transitorio.
- ¿La designación de un juez sustituto se ha trasformado en una regla?
- Es excepcional y siempre fue a pedido de los Colegios de Abogados.
- ¿Qué falla en el Consejo de la Magistratura que existe tanta mora en las designaciones?
- Falló la implementación del nuevo sistema de exámenes de oposición y antecedentes. Parece una comedia de enredos donde todo el mundo puede calificar y no se puede utilizar criterios disímiles para la evaluación, y tomar pruebas que no se pueden comparar.
La discrecionalidad se ha ejercido de manera irracional, votando según funcionarios que no me gustan o que me parecen que no me van a responder. Ahí viene el descalabro del sistema que ha perdido razonabilidad, sensatez, cordura y sentido común, originando un gran desmérito para toda la justicia.
- ¿Qué pasará entonces?
- Hay que volver rápidamente a la experiencia del pasado. No digo al unicato donde legisladores, abogados y jueces se ponían de acuerdo para elegir un juez sino a un sistema de acuerdo rápido.
Concentrar en tres días: la evaluación de antecedentes, los exámenes y la aprobación o desaprobación. Una verdadera olla de presión existe sobre el Consejo de la Magistratura con las juntas que deciden por antecedentes, impugnaciones, tertulias y sobrevaluaciones. Son tantas las idas y venidas, y los intereses que al final termina todo desvirtuado.
Cuarenta vacantes
- ¿Cuántos funcionarios y jueces están pendientes de designación?
- Son 40 cargos, sin contar otros 50 en condiciones de optar por la jubilación (régimen del 82 por ciento móvil). El acto de elección tiene que ser presidido por la inmediatez, oralidad y concentración en un acto único. Si logramos que la Legislatura reforme esa ley de designación y se podrá liquidar en tres meses esos 40 cargos pendientes. Hoy se está en un camino sin salida y es el momento para corregir.
- ¿El ministerio público también tiene pendiente organismos auxiliares por falta de presupuesto?
- No están postergadas por razones presupuestarias sino porque la Procuración tiene que responder a parámetros fijados por el STJ para los cuerpos técnicos auxiliares. Se están adecuando normas y procedimientos. Está el espíritu de reparar el gran retraso que tiene el ministerio público, pues no se designan funcionarios desde mayo de 2007 que, en su momento, la Procuradora se opuso a la espera de una ley de concurso.
Estamos en un punto crítico de retraso y hay que repararlo urgente. No es una crítica a la Procuración, pues se creyó que no se superaría el año pero pasaron dos años y medio
Cuestionamientos
- ¿Hay cuestionamientos jurídicos a la ley de Ministerio Público, podría ser declarada inconstitucional?
- Lo resolverá en febrero el STJ, integrado por mí, y los camaristas (Roberto) Maturana y (Francisco) Cerdera. Por eso, no puedo opinar porque soy el único juez del Superior Tribunal de Justicia que está habilitado en la acción de inconstitucionalidad de la Ley 4199 que planteó el sindicato por los artículos -63 y 64- sobre asignaciones presupuestarias . (AV)