NEUQUÉN (AN y ACE).- La
fiscalía rebatió todos los argumentos
de los defensores de los
militares que pretenden la anulación
del juicio, así como el desprocesamiento
y la absolución de
los ocho militares acusados de
delitos de lesa humanidad.
Los fiscales Manuel Balboa y
Marcelo Grosso aseguraron que
los jueces “no tienen impedimentos”
procesales para evaluar
la prueba que fue presentada durante
estos cuatro meses de audiencias.
Derrumbaron los argumentos
defensistas que plantearon que
los testimonios escuchados durante
el debate “eran nulos”, y recordaron
que los recursos de
“cosa juzgada”, “prescripción”
de los delitos cometidos y el justificativo
de “obediencia debida”;
ya fueron rechazados por la Corte
Suprema, por lo que carecen de
validez argumentativa.
La fiscalía cuestionó la postura
de la querella del Ceprodh
respecto de que todos los dichos
de quienes integraron las fuerzas
de la represión en 1976 no debían
ser escuchados por haber sido
partícipes de los hechos en investigación,
e insistió en que el
planteo político “pretende que el
Tribunal caiga en la orfandad probatoria.
Hubo prueba testimonial
sin impedimentos para que los
jueces la evalúen”, dijo.
Balboa reafirmó la solidez del
testimonio del fotógrafo de inteligencia,
Miguel Suñer, quien dio
detalles de quiénes eran los que
secuestraban, interrogaban y se
ocupaban de la desaparición de
las víctimas que pasaban por el
centro clandestino en 1976.
“El juez (Rodolfo) Rivarola
obró dentro de las facultades
otorgadas para hacerlo, no
cambió información por impunidad
como lo dijo el defensor
Gerardo Ibáñez; esa conducta es
imposible en la persona de Rivarola”,
dijo el fiscal. Insistió en
que “no hubo obstáculo procesal”
en la declaración de Suñer.
También atacó el planteo de la
defensa oficial de que la declaración
de Suñer debía ser considerada
“ilegal”, recordó que tampoco
los jueces de la Cámara de
Bahía Blanca vieron impedimento
en documentar lo que dijo
el fotógrafo y que los jueces podían
evaluar sin problemas todo
lo que declaró “sobre la actuación
de terceros”.
Recordó que el fotógrafo falleció
en 2005 –luego de varias
declaraciones ante distintos
jueces– y que la defensa nunca
cuestionó en vida su testimonio.
La fiscalía reiteró que los
graves delitos de los que están
acusados los militares son “de
lesa humanidad” y por esta razón
“imprescriptibles”, por lo que los
militares no pueden hacer planteos
de prescripción como si se
trataran de “delitos comunes”.
Le respondió a los defensores
que si no se llegó antes a estos juicios
fue “por el accionar de las
mismas Fuerzas Armadas”.
Ejemplificó que con el “documento
final” los militares trataron
de imponer el criterio de que sólo
podían ser juzgados “por Dios” y
dejar el castigo de los graves delitos
cometidos a “sus propias
conciencias”. Enumeró luego las
presiones sobre legisladores y políticos
para sancionar la ley de
Punto Final y los levantamientos
militares que derivaron en la excusa
de la “Obediencia Debida”
para impedir la condena