| En diciembre del año pasado, el Concejo Deliberante neuquino sancionó la ordenanza 10692, pero aún no fue reglamentada por el Ejecutivo municipal, lo que significa que no puede ser aplicada. Esta norma regula el desarrollo de la actividad teatral independiente en lugares habilitados como salas propiamente dichas y en espacios definidos como de "uso compatible". Esta figura permite que los espectáculos teatrales puedan presentarse, bajo determinadas condiciones, en galerías comerciales o de arte, clubes, establecimientos escolares, sindicatos, mutuales y locales públicos y privados. La 10692 estipula que "cada vez que se desarrollen las actividades establecidas en la presente ordenanza, el titular de la licencia comercial y/o responsable del local deberá notificar previamente a la dirección municipal de comercio: la capacidad de localidades, la distribución de las localidades dentro del local, así como la disposición y ubicación del escenario y el cronograma de actividades o funciones a realizar". Esta normativa, al ser reglamentada habilitará también un Registro Único Municipal de Teatros, donde quedarán asentados grupos y compañías teatrales, salas y locales autorizados para el desarrollo de actividades teatrales. | |