RIO NEGRO WEB
REGISTRARSE
TITULOS SECCIONES SUPLEMENTOS OPINION CLASIFICADOS SERVICIOS NUESTRO DIARIO PRODUCTOS ONLINE RSS RSS
podio RURAL eH! Red de diarios ECONOMICO ENERGIA
  Domingo 27 de Junio de 2010  
 
 
>>Ediciones ANTERIORES
   
 
  SE LIMITAN LOS EMBARGOS DE AFIP
 
 

a Corte Suprema de Justicia de la Nación, con cuatro votos a favor y tres en contra, puso fin a los embargos preventivos dictados por el organismo dentro de las atribuciones conferidas por la ley 11.683, sin previa autorización judicial en la causa "Intercorp SRL" de fecha 15/6/2010.

Este tipo de medidas se había convertido en un mero cobro administrativo, producto de las amplias facultades de las que gozaba el agente fiscal.

La sentencia ejecutiva es inapelable, por lo tanto al contribuyente sólo le queda la posibilidad de acudir a una acción de repetición, lo cual da una clara evidencia de los efectos de la aplicación de esta medida fiscal.

Concretamente, el máximo tribunal dictaminó como inconstitucional el inciso 5 del artículo 18 de la ley 25.239 (actual artículo 92 de la ley 11.683), que disponía la autorización para embargar con la sola notificación al juez interviniente.

Con esta medida se resguardan los derechos constitucionales de defensa en juicio, división de poderes y propiedad privada en el entendimiento de que el organismo recaudador no puede unilateralmente ser juez y parte en los juicios ejecutivos tal cual sucedía en la práctica, como así también se abre un puerta de defensa a los contribuyentes de evitar medidas ejecutivas sin una defensa previa.

El máximo tribunal apunta referente al juicio de ejecución fiscal que "contiene una inadmisible delegación, en cabeza del fisco nacional, de atribuciones que hacen a la esencia de la función judicial", puesto que "el agente fiscal pueda, por sí y sin necesidad de esperar siquiera la conformidad del juez, disponer embargos, inhibiciones o cualquier otra medida sobre bienes y cuentas del deudor".

La opinión de la corte convalida las críticas que se venían exponiendo referentes a que las ejecuciones fiscales obedecían de un mero trámite administrativo de cobro compulsivo.

Con esta medida, de ahora en adelante el organismo va a tener que contar con la orden judicial para poder embargar, no así para los embargos ya dictaminados, ya que la corte expresamente los dispuso en su fallo.

(*) Contador

Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.

www.csbya.com.ar

   
   
 
 
 
Alternativ@s en Facebook Encontranos en Facebook
Alternativ@s es el espacio para que organices tus salidas culturales, conozcas a los artistas de la región y mucho más. Ingresa.
Salud
  Violencia de género: Noticias que salvan vidas Amnistía Internacional lanzó en Argentina un manual para el abordaje periodístico sobre el tema.
Salud
  Por la licenciada Laura Collavini
Esta prohibido ceder el volante a personas sin habilitación para manejar.
  Vea imágenes enviadas por nuestros lectores. Ustedes también puede participar CLICK AQUI.
»Contenidos, microprogramas y archivos multimedia. Una manera distinta de abordar la realidad.
Podcasts
»Un espacio destinado a compartir reflexiones, ideas, conocimientos, y mucho más, ingresá!
Blog eh!
Blog Mediomundo
Blog Vientos de Cine
Blog Hijas de Eva
Blog Fuera del Expediente
Blog En defensa propia
Blog Plantas y Mascotas
El blog del Coya
Lo mejor del dia
Blog Cronicas de la Moda
 

Río Negro on line te invita a que compartas tus imágenes. Sumate!

  El espacio de los pescadores. Envíen sus fotografías!
  Vea Imágenes de lectores
Sea protagonista de la Información. Click para enviar Imágenes.
  •Edición especial Rio Colorado
•Edición especial Río Negro
  ¡Nero gratuito!
Una de las herramientas más prácticas y rápidas para la grabación de CDs y DVDs
AIC Autoridad de Cuencas
AIC Autoridad de Cuencas

Link:
» Tapa Impresa
» Titulares
» Registrarse
» Ayuda
» Contáctenos

» Publicidad ONLINE

 
»A un año de la tragedia que conmovió a Neuquén
»La democracia que no llega a los parajes rurales rionegrinos.
 
  Diario Río Negro
Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina.
Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
  Todos los derechos reservados | Copyright 2007 |CERTIFICA