VIEDMA (AV).- Las industrias que deban inscribirse en el SIGA tendrán que cumplir los requisitos que establece la normativa recientemente publicada y posteriormente se les otorgará un clave generada automáticamente por el sistema. También se instituyen las pautas para las solicitudes de reinscripción o baja del establecimiento, cambio de razón social, cambio de nombre de establecimiento, modificaciones edilicias y cambios de domicilio.
El Nivel II realizará la auditoría al establecimiento, cuyo informe posterior será cargado al SIGA. El Nivel III y el IV -que es la asesoría legal del ministerio- procederán al análisis de la información y el otorgamiento de dictamen, especificándose si se emite o no el certificado de establecimiento elaborador.
Para el caso de los productos, el procedimiento será similar. Los interesados en solicitar la inscripción, reinscripción o baja del producto, cambio de gramaje, de envase, de ingredientes, de marca u homologación procederán con el mismo criterio, completando los respectivos formularios y cumpliendo con la toma de muestras establecidas.
Habrá formularios para completar en el caso de solicitud de inscripción de establecimientos y productos en el registro nacional. Para los productos se detallarán las materias primas, se especificará si el alimento es aditivo, convencional, para regímenes o suplemento dietario. También quedará asentada la composición.