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  Viernes 21 de Noviembre de 2008  
  Edicion impresa pag. 12 » Regionales  
  Nueva pena e inhabilitación para un médico  
El STJ anuló la absolución por la venta de la clínica Cruz Azul. Lo sentenciaron a 2 años.
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  Miguel González Robinson tiene condenas que fueron apeladas.
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  Miguel González Robinson tiene condenas que fueron apeladas.
 

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Un nuevo revés judicial volvió a sacudir al conocido médico y empresario Miguel Jesús González Robinson luego que el Superior Tribunal de Justicia revocara una sentencia absolutoria y le aplicara dos años de prisión en suspenso y tres años de inhabilitación especial para participar en la administración de una persona jurídica con fines comerciales.

El máximo órgano judicial de la provincia tuvo por probado que el acusado es penalmente responsable del delito de "quiebra fraudulenta impropia" relacionada con la venta y liquidación de la clínica "Cruz Azul" y le impuso la condena que oportunamente habían solicitado el fiscal Enrique Sánchez Gavier y el juez Juan Lagomarsino.

El 12 de diciembre de 2007, la Cámara Segunda del Crimen, integrada en la ocasión por los jueces Luis María Escardó y Horacio Carlos Osorio, de la Cámara Civil y Comercial, y por el juez Juan Lagomarsino, de la Cámara del Trabajo, absolvió por mayoría al médico a quien el fiscal le imputaba no haber ingresado a los libros el dinero obtenido por la venta del fondo de comercio de la clínica que conducía, que años más tarde fue declarada en quiebra y no satisfizo los créditos de sus acreedores.

Los jueces Osorio y Escardó entendieron que no se había acreditado la intención de fraude por parte del médico-empresario, y que la quiebra de la clínica "Cruz Azul" se produjo ocho años después de que González Robinson vendiera las acciones, en tanto que el juez Lagomarsino compartió el criterio de la fiscalía, en cuanto a la existencia del dolo y la pena que debía aplicarse al procesado, de dos años de prisión en suspenso.

Durante el debate, el acusado negó que hubiera vendido un fondo de comercio al policlínico "Arbos" y explicó que en la venta de la totalidad de las acciones actuó como apoderado de los 18 socios de la clínica "Cruz Azul", y en ese acto entregó la totalidad de la documentación comercial y médica (acciones e historias clínicas). Justificó no haber consignado en los libros de la empresa el importe de la venta "porque no tenía libros, los entregué cuando vendí", y agregó que cuando pidieron la quiebra, en 1998, no era gerente, y que creía que no tenía por qué justificar qué hizo con el dinero luego de la venta.

Tanto el querellante como el fiscal pidieron dos años de prisión en suspenso para el acusado, el mínimo de la pena prevista para el delito atribuido. Sus abogados pidieron la absolución.

Edgar García Sánchez fue el abogado querellante y quien propició la quiebra de "Cruz Azul SA" por la falta de pago de sus honorarios, y además de la pena pidió compensación económica, en tanto que el fiscal Enrique Sánchez Gavier solicitó también para el acusado que le impongan tres años de inhabilitación para ejercer el comercio.

Al fundamentar su voto en disidencia, Lagomarsino expuso que el origen de la causa se remonta a 1990 y a una demanda que interpuso "Cruz Azul" contra el sanatorio "Cumelén" y concluyó con la imposición de las costas a la primera.


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