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  Sábado 02 de Agosto de 2008  
  Edicion impresa pag. 19 » Regionales  
  La Justicia ordenó al ISSN que acepte a Jazmín  
La niña que padece Síndrome de Down debe ser afiliada en cinco días.
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  El ISSN había aceptado darle cobertura a Nancy Arias y parte de su familia, pero no a su hija Jazmín.
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  El ISSN había aceptado darle cobertura a Nancy Arias y parte de su familia, pero no a su hija Jazmín.
 

NEUQUÉN (AN).- La Justicia de Familia resolvió de forma favorable el recurso de amparo presentado por la mamá de Jazmín, la niña con Síndrome de Down cuya madre pugnaba por que fuera aceptada como afiliada adherente del Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN).

En consecuencia, pese a que cuenta con la posibilidad de apelar, la obra social está obligada a aceptarla en los próximos cinco días hábiles y proveerle la misma cobertura que sí aceptó dar a todo su núcleo familiar.

El fallo de la jueza Isabel Kohon, que cita en extenso la Convención de los Derechos del Niño, la Constitución provincial, y la ley 611 de creación del ISSN, entre otro contundente cuerpo jurídico, sostiene que la obra social "no ha acreditado motivo razonable" para la negativa a concederle cobertura a la niña, sobre todo si se contrastan los derechos que estaban en juego y la argumentación con que no fue aceptada.

El organismo había manifestado que por su reglamentación interna se reservaba el derecho a rechazar total o parcialmente cualquier solicitud de incorporación de afiliados adherentes.

Kohon consideró que, al margen de impedirle la afiliación, no ahondar en más explicaciones ocasionó otro daño a Jazmín: "sin invocar fundamentos razonables se la excluye de un igual tratamiento que al resto de su familia directa", afirma, y añade que impedirle la cobertura es un acto "violatorio de derechos de raigambre constitucional", ya que es "obstáculo para el goce y disfrute de otros derechos fundamentales como el derecho a la salud y a la vida".

Más adelante afirma que "el derecho a la igualdad es primordial en toda sociedad democrática, así como también el disfrute del derecho a la salud y a la vida", algo que "adquiere mayor peso cuando estos derechos se refieren a niños y adolescentes, y aún más cuando se trata de niños y adolescentes que padecen alguna discapacidad".

Kohon citó la ley de creación del ISSN. En su artículo 42 se señala que sus funciones estarán destinadas a realizar en todo el territorio de la provincial los fines del Estado en previsión y seguridad social.

La jueza dice que entre esos fines se encuentran "en un lugar de preeminencia" los establecidos en la ley 2.302 de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia. De ella transcribe párrafos como: "será consideración primordial el interés superior del niño".

En diálogo con "Río Negro", Nancy Arias, la madre de Jazmín, dijo que "es un paso muy valioso, que sienta un precedente muy importante no sólo para la lucha nuestra, sino también para la de otros padres que todos los días reciben los embates de la discriminación".

Agregó que "los familiares no se deben dejar estar y deben defender sus derechos. Estamos muy felices de que Jazmín pueda disfrutar de los suyos".


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Los comentarios que aparecen a continuación son vertidos por nuestros lectores y no reflejan la opinión de la Editorial Río Negro S.A. Los comentarios se publican sin editarlos y sin corregirlos.
Nos dejo su opinión
02/08/2008, 19:20:34
Marian
La verdad que algunas personas de las que aquí opinan no tienen ni idea de lo que se trata el tema. Jamás tendría que haber fallado la jueza a favor de nadie, ya que quién debía hacerse cargo era la obra social del padre y a ellos exigirle. Como anécdota les comento que mi prepaga, Swiss Medical, por ejemplo, se "cuida tanto" de no dejar de ganar siempre, que a partir del día que se cumple 50 años, de ahí en más cada año como regalo de cumple te manda un lindo aumento (independientemente de los aumentos generales que este año han sido del 44%) y si no lo aceptas te envia sus cordiales saludos y que te vaya muy bien donde sea que elijas ir. Cuiden su ISSN que afuera la cosa es muy complicada de sostener y aunque uno sea muy sensible la caridad debe empezar por casa, porque a este paso la obra social provincial dejará de existir más temprano que tarde.
02/08/2008, 17:19:14
Ely
Por otro lado, sería importante acotar que un sindrome de Down NO sería una enfermedad, que se "padece" que se "sufre", es un gen más en donde debieran haber 2 comparando al resto de las personas Pueden estar más ó menos propensos a determinadas PATOLOGÏAS como por ejemplo afecciones cardíacas, O NO....si ésto es un condicionante para ser admitido en ésta u otra obra social, pues quizás debiera realizarse un estudio genético a TODAS las personas ANTES de ser aceptadas, pues uno hoy puede y "parece" estar sano, pero para adivinar el futuro hay que hacer estudios genéticos a tooodo el mundo, pues con el Fenotipo NO alcanza. Todos tenemos ó no, predisposiciones genéticas que nos predisponen a distintas enfermedades ( valga la redundancia)
02/08/2008, 17:19:08
Ely
Estoy a favor del fallo de la Dra Kohon Bravo por Jazmín y su flia!!! Soy afiliada al ISSN, no por elección sino por el empleo público, no tuve la oportunidad de la Libre elección , pero entiendo que uno debe gastar donde uno quiera y le parezca mejor su dinero.De hecho existen leyes para defender los derechos del consumidor Respecto al ISSN, no somos los trabajadores precisamente quienes debemos cuidarla...sino quienes la conducen, en todo caso si de esto se trata , propongo que cada una de las conducciones informe y transparentice las cuentas a la sociedad en vez de negar cobertura, en especial a los niños
02/08/2008, 17:05:36
gatotom
El día en que el ISSN se funda y las "almas caricativas" que aquí opinan livianamente se queden sin cobertura, van a salir desesperados a protestar, a escrachar, a cortar calles y a quemar gomas. Pero entonces será demasiado tarde. No soy un insensible, pero cuando el Instituto se vaya a los caños, yo no quiero figurar entre los miopes que "lucharon" con entusiasmo para que ello ocurra.
02/08/2008, 16:47:17
eltate
correcto, todas las obras sociales deberian aceptarla. Deberia haberla aceptado OSDE, la Swiss Medical o cualquier otra., La pregunta es porque la jueza obliga que lo haga nuestro ISSN, y esto no representa nada contra Jazmin. El tema es que deberia haberla aceptado la primer obra social a la que recurrio.
02/08/2008, 15:23:56
LG
Disculpen ,no entiedo, si el ISSN no es un organismo más del estad provincial y es en realidad la obra social de los empleados públicos... porque a sus directivos los elije el gobernador y no los trabajadores?? Hay cosas en esta provincia que sinceramente repugnan
02/08/2008, 15:17:58
estela
bravo por la sra jueza, lamento que las otras personas den esos comentarios se nota, su falta de sufrimiento , o son los empleados politicos que tiene ISSN y con tener que cumplir las leyes se quedan sin plata para otros gastos personales, les doy todas las mejores energias para que a ud nunca les toque pasar por un caso parecido u de negacion de insumos y cobertura medica por nesedad, pero BUENISIMO SRA JUEZA no se quiere mudar a Villa la Angostura la nesesitamos .
02/08/2008, 15:02:27
FIDIAS
El ISSN, da para todo, es un Obra Social formada con los aportes de policias, enfermeros, médicos, maestros, trabajadores del EPAS, EPEN, etc., etc., Ya soporta, hace varios años, más de 6000 pensionados -los subsidiados de la Ley 809- y su grupo familiar. Historicamente muchos profesionales tomaban algunas "horitas cátedra", para tener la obra social, cobertura turistica etc., etc. Los que tanto se sensibilizan por los chicos, les recomiendo q´ se den una vuelta por la calle Godoy al Fdo. y detrás de la barda tendrán cientos de chicos en condiciones de vida pauperrima, no estaría mal que se acerquen y treanformen su sensibilidad en hechos concretos.
02/08/2008, 14:02:30
Jorge
Porque tiene que ser el ISSN?. Soy un afiliado a la obra social de la provincia y no estoy de acuerdo que el instituto se tenga que hacer cargo, habiento tantas otras obras sociales privadas que podrian haber demandado. Porque no se le exigie a la obra social del papá como seria lo mas logico. Nadie se opone a que la nena tenga cobertura, pero ¿porque ese capricho que tiene que hacerse cargo el ISSN? y porque no se demanda a las demas obras sociales?.
02/08/2008, 13:48:48
Vivi
Como trabajadora que aporta todos los meses al ISSN para tener cobertura, en lo personal me parece perfecto que se acepte a Jazmin. Hay mucha gente que necesita de verdadera ayuda, como en este caso. Todos tenemos derecho a la salud y a la vida. Ademas, no entiendo el por que de los cuestionamientos: la mama de Jazmin va a aportar como socio adherente por su hija, no va a ser gratuito. Gente: que nunca les pase, no escupan para arriba, hay que ser solidarios.
02/08/2008, 12:26:45
Ani
Por lo que leo respecto del caso de Jazmin, creo que es fantastico que la justicia avale y proteja los derechos primordiales de todos, y sobre todo de los niños, como es el derecho a la salud. No me importa que pre paga o que obra social se haga cargo, gente no seamos egoistas, aunque sean empleados publicos o no, el derecho a la salud y el resguardo de los niños es lo que debe importarnos en primer lugar. Jazmin y todos los niños lo merecen.Felicito a los papas que la lucharon y a la justicia que los protegio.
02/08/2008, 11:52:53
Justicia pa`la tribuna
Una locura. si el ISSn ahora tiene que ceptar a todas las personas que presentan patologías previas sin ser afiliados directos se funde en 5 días. La obligación de garantizar la salud que establecen los pactos internacionales citados por la jueza... era del ISSN o del Estado Nacional y provincial? Me parece que temiendo una reacción mediática desfavorable se le dio la razón a quien no la tenía y se interpretó cualquier cosa: se confunde Estado con ISSN, discriminació con derecho de admiisón tendiente a evitar la quiebra del ISSN y derechos del niño con caprichos del padre.
02/08/2008, 11:46:36
marcelo
Coincido con Pancho y Mechi. en cuanto a la opinión de Dolo me parece que no es discriminatorio exigir que las prestaciones que deban suministrársele a la niña sean dadas por la obra social a la que corresponde y no a cualquier otra que la madre elija. O sea si el objetivo de la madre era la cobertura integral, podía obtenerla de la obra social de camioneros y era lo que correspondía. Paradójicamente el fallo discrimina al ISSN porque es la única obra social que no puede ejercer el derecho de admisión que todas las demás ejercen a diario, y ahora debe cubrir un tratamiento que le correspondía cubrir a los chicos de Moyano. Esto sólo puede generar miles de reclamos que terminen afectando gravemente la solvencia del ISSN en desmedro de todos.
02/08/2008, 10:26:06
Dolo
PANCHO: Deseo que NUNCA te atropelle un auto y te deje discapacitado, porque recién ahí vas a tener la posibilidad de entedender de lo que se trata todo esto. Lo que no quiere decir que lo vayas a entender. A la Sra Nancy le digo que tuvo suerte en encontrar en la jueza a una persona sensata, cosa que sabemos no abunda en este país. La felicito por el mensaje que le da a su familia y a otras familias.
02/08/2008, 09:39:56
mechiarizu
Es indignante el avasallamiento que hace la justicia de un espacio que corresponde a los trabajadores. El ISSN no es un organismo mas del estado provincial: es la obra social de sus trabajadores que se sostiene con el aporte de los mismos. De aqui en mas esperemos una catarata de reclamos de "avivados" acostumbrados a vivir de la dadiva oficial, que sin duda conllevaran al deterioro de las ya endebles prestaciones. El ISSN no es un "negocio" como lo es cualquier prepaga. Seria logico que a partir de ahora se cierre el ingreso de adherentes y se vaya arbitrando los medios para desprenderse de a poco de los ecistentes y que la obra social vuelva a ser lo que fue en su origen: DE Y PARA LOS TRABAJODRES DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN.
02/08/2008, 07:38:51
pancho
me parece una barbaridad lo que hace la justicia, la misma deberia haber obligado al sindicato del cual depende el padre de Jazmin a cubrir toda su atenciòn. La Obra Social del ISSN es de los empleados del Estado, de esta forma se sientan antedecentes para nuevos casos. Siempre el ISSN debe cubrir todo lo que otras obras sociales no cubren. Espero que el ISSN continue con apelaciones porque esto no es nada bueno para la misma.
 
 
 
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