TUCUMÁN (Télam).- La Justicia tucumana obligó a un abuelo a contribuir al sostenimiento de sus tres nietos, dado que el padre de éstos, pese a haber sido condenado en un juicio de alimentos, no cumplió con esa obligación, informaron ayer fuentes judiciales.
La sala II de la Cámara en Familia y Sucesiones confirmó la sentencia de primera instancia, que había impuesto al abuelo paterno, por petición de la madre de los menores, la obligación alimentaria complementaria frente a la imposibilidad económica del padre (éste está divorciado de la mujer).
Los camaristas María Stefanini y Pedro Parra rechazaron el recurso de apelación que utilizado por el abuelo (los nombres se mantienen en reserva por razones legales), por considerar que sólo había que recurrir a los parientes más próximos cuando faltaran los progenitores, lo que, a su entender, no se daba en el caso.
El abuelo también había invocado que la madre de los menores era una profesional, que tenía un inmueble, y también había cuestionado el hecho de que la abuela materna no había sido obligada a correr solidariamente con los alimentos de los nietos. Pero los magistrados concluyeron que se había probado que el abuelo "es un profesional, que forma parte de una sociedad anónima".