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Jueves 12 de Julio de 2007
 
Edicion impresa pag. 32 y 33 > Policiales y Judiciales
No hallan culpables directos y condenaron al viudo por encubrimiento
Tras maratónica lectura, el Tribunal ordenó 5 años y 6 meses de prisión para el viudo. Dos camaristas dicen que Carrascosa ayudó a simular el “accidente”. Otro lo puso en duda.
El viudo esperaba anoche con tranquilidad el fallo sobre su presunto rol en el crimen.
El viudo esperaba anoche con tranquilidad el fallo sobre su presunto rol en el crimen.
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BUENOS AIRES (DyN).- Carlos Carrascosa fue condenado a cinco años y seis meses de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal 6 de San Isidro por el delito de "encubrimiento agravado" en el crimen de su esposa, María Marta García Belsunce, el 27 de octubre de 2002, en el country El Carmel de Pilar.

El Tribunal ordenó también la inmediata detención de Carrascosa, a quien, no obstante, lo absolvieron "por unanimidad" por la acusación de ser "autor de homicidio calificado, agravado por el vínculo".

 Los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 6 de San Isidro rechazron el pedido de revocatoria de la inmediata detención de Carrascosa, planteado por la defensa. apenas terminada la lectura y rodenó su detención.

El viudo, tras escuchar  la condena por el asesinato de su esposa, salió de la sala ccn custodia policial y en el camino besó y se abrazó con más de una decena de familiares que lloraban. 

Primero firmó las actas judiciales correspondientes y sin ser esposado recorrió el pasillo de la sala de audiencias hasta el móvil policial que lo trasladó hasta la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) de San isidro donde quedará detenido.

Después de más de 6 horas de lectura y debido a lo avanzado de la noche (a las 0.10), el tribunal decidió acortar  el trámite  de 400 a 200 fojas y pasar directamente a la parte resolutiva, por lo cual se postergó la difusión del resto d elos fundamentos.

 Hasta la resolución, se leyó el voto de  la presidenta del cuerpo, juez María Etcheverry, que aseguró convencida que tuvo un rol central en “un encubrimiento deliberado” mientras el juez Luis Rizzi sembró dudas al respecto en su segundo voto. El tercer integrante  el juez Hernán San Martín dirimió la disputa al votar en favor de la condena por encubirmiento.

 Etcheverry dijo en uno de sus párrafos que “la mecánica del encubrimiento fue improvisada. El o los autores tuvieron poco tiempo para llevar adelante su cometido, pero lo tuvieron”.

Según su fallo, Carlos Carrascosa ocupó un papel fundamental a la hora de instalar la hipótesis del accidente, pero –hasta esta noche– a jueza no lo había imputado directamente de los otros indicios que sirvieron para hablar del encubrimiento.

“La rápida difusión de la idea del accidente hizo que se multiplicaran las hipótesis”, dijo la jueza y mencionó los dichos de Irene Hurtig, hermanastra de María Marta y su esposo Guillermo Bártoli a la hora de desacreditar las dudas sobre esa versión. El detalle no pasa inadvertido si se tiene en cuenta que el fiscal Diego Molina Pico apuntó hacia ellos a la hora de señalar que Carrascosa no habría actuado solo y que el matrimonio habría estado en la escena del crimen momentos antes de la llegada de la ambulancia.

Puntualmente, el fallo había avalado que hubo una intencionalidad a la hora de deshacerse del pituto (la sexta bala) al tirarla por el inodoro y aseguró que el cadáver fue acondicionado para evitar que resaltaran las heridas de los cinco balazos que tenía en la cabeza.

La jueza cuestionó la falta de intervención policial, apuntó contra la versión del “insólito accidente” y aseguró que la familia no manifestó sus dudas al fiscal Diego Molina Pico al día siguiente, cuando se presentó en el country El Carmel.

El debate de la recta final del juicio comenzó alrededor de las 18, después de tres horas de demora, con el rechazo por parte del Tribunal de un planteo de la defensa de Carrascosa para que se declare la nulidad del juicio. Posteriormente, la jueza  Etcheverry comenzó con la lectura de su voto, que se extendió hasta cerca de las 22, tras lo cual comenzó a leerse el fallo de Luis Rizzi.

El juez Rizzi puso en duda “la intención de ocultar” el asesinato de María Marta y dijo expresamente no compartir el voto de la magistrada Etcheverry.

En este sentido, dijo que en la instalación de la hipótesis del accidente doméstico “no hubo delito”, es decir no tuvo “el claro objetivo de esconder el asesinato”.

El escenario  se encaminó así hacia una condena “blanda”  por el encubrimiento agravado del crimen, ya que habría desplegado maniobras para ocultar el asesinato y proteger a los asesinos.

Esta salida sirvió como una salida salomónica que intente conformar –aunque no satisfacer– las expectativas generadas en torno del proceso oral.

No obstante, el Tribunal de San Isidro ordenó que continúen las investigaciones, pero no alcanzó para desentrañar en la opinión publica el misterio sobre quién mató a María Marta la tarde del 27 de octubre de 2002, en la tranquilidad del country de Pilar.

 

 
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