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Miércoles 20 de Junio de 2007
 
Edicion impresa pag. 11 > Regionales
LA NUEVA LEY

" Los integrantes del Ministerio Público forman parte del Poder Judicial, y tienen las mismos derechos y garantías que estos, así como de igual inmunidad, inamovilidad e intangibilidad de remuneraciones.

" El MP se divide en MP Fiscal y MP de la Defensa.

" El MP está integrado por: Procurador General, Fiscal General, Defensor General, fiscales de Cámara, secretarios de la Procuración, agentes fiscales, defensores del fuero Penal, defensores de Pobres y Ausentes, defensores de Menores e Incapaces, y adjuntos de Fiscalías y Defensorías.

" Son funciones del Procurador General impartir instrucciones, promover y ejercer la acción penal pública de manera directa cuando lo considere necesario, fijar la política general y -en particular- la política criminal del Ministerio Público conformando los criterios de persecución penal, crear unidades especializadas sobre delitos complejos, remitir al STJ el requerimiento presupuestario del MP, integrar el Consejo de la Magistratura para la designación o remoción de miembros del MP, asume el rol de acusador para juzgar a magistrados, cuando el enjuiciado sea del MP el rol de acusador lo asumirá el Fiscal General.

" El Procurador será asistido por 3 secretarías y éstas por relatores.

" En las causas que actúan defensores públicos, los jueces regulan honorarios. Son cobrados cuando el vencido es la parte contraria, para uso del MP.

" Se impone un régimen de sanciones.

 
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