El asesor legal del municipio barilochense, Manuel Vázquez, dijo que el cronograma electoral -que normalmente se desarrolla en tres meses- deberá ajustarse a un plazo abreviado de 30 días como lo impone el artículo 124 del Código Electoral.
"En ese lapso -indicó el letrado- habrá oportunidad para revisar y corregir los padrones. Y también si hubiera un partido nuevo que no se hubiese presentado, ahora se podrá presentar". Confió también en que no se producirán nuevas impugnaciones judiciales.
El asesor jurídico del Deliberante, Federico Lutz -quien había evaluado como "poco feliz" la redacción del fallo del STJ- entendió ayer que la convocatoria municipal para el 1 de julio "deja en claro que será con el proceso completo" y permitirá la incorporación de otros candidatos.
Rodrigo, por su parte, consideró que de ahora en más las aclaraciones las deberá pedir la Junta Electoral Municipal. Insistió en que el artículo 124 del Código Electoral "está mal aplicado en este caso porque es para otro supuesto", por ejemplo cuando el proceso previo es inobjetable y la elección se frustra debido a una catástrofe natural o un robo de urnas. (AB)