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Jueves 07 de Diciembre de 2006
 
Edicion impresa pag. 6 > Nacionales
Un paso más hacia la distorsión tributaria
La reciente reforma de Ganancias para petroleros contraría la Constitución y alienta la evasión impositiva.
El paro en los pozos afectó la provisión de hidrocarburos, una posibilidad que no todos los gremios tienen a la hora de reclamar.
El paro en los pozos afectó la provisión de hidrocarburos, una posibilidad que no todos los gremios tienen a la hora de reclamar.
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"Un buen impuesto mal recaudado es casi el equivalente de un mal impuesto bien recaudado", afirmó el especialista en Derecho Tributario César Ameghino, en una cita que la realidad se empeña en mantener en vigencia. Y con cada nueva modificación que aprueba el Congreso de la Nación, el sistema impositivo argentino da un paso más en una espiral de distorsiones e inequidades, conspirando no sólo contra la disciplina fiscal sino también contra el orden jurídico.

La reforma recientemente aprobada por el Congreso para permitir que los trabajadores petroleros se liberen de pagar gran parte del Impuesto a las Ganancias contraría la Constitución Nacional, además de incrementar la irritación que ya generaba en la población la insuficiente actualización inflacionaria de la base imponible del tributo.

Es que tanto el artículo 4 como el 75 inciso 2º de la Constitución Nacional definen que el Congreso tiene la facultad de establecer contribuciones directas "equitativa y proporcionalmente" iguales en todo el territorio de la Nación. Asimismo, al consagrar la igualdad ante la ley y la eliminación de toda prerrogativa de sangre ni de nacimiento, el artículo 16 confirma que "la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas".

Es sabido que la Constitución es la ley suprema y que toda otra norma debe estar en relación de coordinación y subordinación con ella, por lo cual no existe condición de excepción ni emergencia política ni económica capaz de permitir el desconocimiento de pautas tan claras.

Además de la ya conocida permeabilidad del gobierno a las medidas de fuerza, es posible suponer que, en el caso, influyó en su actitud cedente el intento de no profundizar una crisis energética, debido a que la presión gremial afectó la provisión de hidrocarburos al país y también a Chile. Pero el método elegido para hacerlo no ha resultado ni legal ni políticamente correcto.

Por antipático que sea pagar los impuestos, es el único modo de sostener el Estado y permitir que éste vaya en auxilio de los sectores menos afortunados. Pero, en el marco de una escasa vocación tributaria, el gobierno asume una posición dual, ya que por un lado persigue a los evasores y por otro cede ante la fuerte presión de los trabajadores del petróleo. En suma, la desigualdad en la aplicación de la carga impositiva no hace más que fomentar el espíritu de evasión en quienes no tienen el poder de presión demostrado por ese sector, y magnificar la virulencia de las acciones de quienes sí tienen poder de entorpecer o dificultar la vida de la comunidad.

Pero esa obligación generalizada de pagar impuestos no implica de ningún modo que la carga deba repartirse con cualquier otro criterio que no sea el de progresividad en relación con los ingresos.

En realidad, si bien el sueldo básico de un empleado petrolero ronda los 2.000 pesos, esa suma se duplica y algo más si se mira el haber bruto, en gran medida reconociendo el esfuerzo físico y el desarraigo familiar que requiere la actividad. Pese a la dispersión de la escala de acuerdo a la antigüedad y otros rubros, en general una persona que trabaja en un pozo de petróleo o de gas percibe un salario bruto no inferior a los 4.500 pesos, que lejos está de parecerse al ingreso global inicial de otros sectores de la construcción, la industria o el agro.

La norma sancionada excluyó "los conceptos comprendidos en los artículos 34 y 39 de la Convención Colectiva de Trabajo (CCT) N 396/04 de la base imponible a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias de los trabajadores amparados por dicha convención", lo que implica que el Estado subsidia parte de los ingresos de los trabajadores, mientras que -al insistir estos con la presión- las empresas se comprometieron a hacerse cargo del resto de la suma correspondiente al impuesto.

La conducta gremial puede ser entendida como de legítima defensa sectorial, y la de las empresas -como una decisión privada exenta de revisión pública-, pero no así la del Poder Ejecutivo que diseñó la reforma, ni tampoco la del Congreso que se apuró en sancionarla.

Prueba del efecto irritativo que tuvo el trato diferencial dispensado por el gobierno a los petroleros es que la semana pasada, representantes de 20 gremios concurrieron al Ministerio de Trabajo de la Nación para pedirle a su titular, Carlos Tomada, que suba el piso salarial sobre el que se calcula el Impuesto a las Ganancias y que eleve el tope salarial por debajo del cual se adquiere el derecho de percibir salario familiar. Y que ayer, la CGT debatía el tema con igual finalidad.

Y no es para menos la reacción que, es fácil suponer, se reproduce también en todos aquellos sectores que no pertenecen al mundo del trabajo en el sector hidrocarburífero.

Según datos actualizados publicados por "La Nación", "uno de cada 10 asalariados paga Impuesto a las Ganancias. Son 650.000 trabajadores que le dejarán este año al Tesoro 4.200 millones de pesos, según las estimaciones de la AFIP. Además, a casi 20.000 jubilados les retienen también por Ganancias por unos 30 millones de pesos anuales".

El régimen del Impuesto a las Ganancias considera base imponible a "toda retribución derivada de la realización en el territorio de la Nación Argentina de cualquier acto o actividad susceptible de producir beneficios". Su amplitud comprende cuatro categorías de montos imponibles: las rentas del suelo, las rentas de capitales, los beneficios de las empresas y auxiliares de comercio, y la renta del trabajo personal.

Y con la modificación, el gobierno nacional acaba de crear una quinta, al excluir sólo para el sector petrolero del monto imponible las suman netas habituales en concepto de vianda, movilidad y compensación de horas extras.

 

ALICIA MILLER

amiller@rionegro.com.ar

 
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07/12/2006, 10:06:03

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nos dejo su opinion

Gabriel Flores
Si bien acuerdo en gran parte con lo expresado por Alicia Miller, creo que el problema no se reduce al interes sectorial de lograr excepciones sino a nuestro desconocimiento general, debido a nuestra escasa cultura tributaria, sobre cuáles son los impuestos que mas nos convienen. Permanentemente reclamamos "que los ricos paguen mas" y sin embargo hacemos presión para que el impuesto mas progresivo, como lo es el impuesto a las ganancias, sea practicamente derogado mientras no hacemos nada para eliminar el impuesto mas regresivo de todos como lo es el IVA. Parece ser que nadie se da cuenta que Francisco Macri paga exactamente el mismo IVA que don Juan Perez que vive en alguna de las tantas tomas de Neuquén o don José que vive en medio de la cordillera. Si hubiera una cultura tributaria suficiente deberíamos cambiar urgentemente el foco de la discusión y comenzar a discutir en serio la eliminación del IVA y que la base tributaria se apoye definitivamente en el Impuesto a las Ganancias ya que es de la única forma que quienes mas ganan paguen mas que aquellos que ganan poco o nada; obviamente habrá que buscar un piso imponible que esté por encima de la canasta familiar y no afecte demasiado a aquellos que están tratando de sacar la cabeza del Agua. Lic. Gabriel Flores
07/12/2006, 14:06:08

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Juan Carlos Alloa
Con respecto a la reforma del impuesto a las Ganancias que el Congreso realizó sobre el sector petrolero, más allá de discutir si está bién o mal, pregunto ¿ porque el sector judicial está excluido de tributar dicho impuesto?.- Tengo entendido que ellos cuetnan con ley de intangilibilidad de susu salarios.- ¿ No es eso crear ciudadanos de primera y de segunda? ¿ No deben ser ellos los que deben dar el ejemplo?
Diario Río Negro.
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