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Sábado 09 de Septiembre de 2006
 
Edicion impresa pag. 16 > Regionales
Juez natural

La Constitución nacional establece en su artículo 18 el principio del juez natural como doble garantía: para el imputado -que no será juzgado por comisiones especiales- y para la ciudadanía, al reducir la posibilidad de que alguien "elija" al juez que considera preferible.

La misma Constitución protege como inviolable la defensa en juicio de la persona y sus derechos.

Pero las normas no admiten el ejercicio abusivo de los derechos, cuando se exceden los límites de la buena fe, la moral y las buenas costumbres.

Estas son las disposiciones que parecen en conflicto ante el caso planteado. Aunque el conflicto resulte sólo aparente.

Al menos tres jueces se excusaron de actuar en esta causa, en la que tres abogados del foro están imputados. Uno en la línea de subrogancias la analizó y dictó procesamientos que fueron confirmados.

Francisco Sánchez tenía abogado, y a uno prestigioso. Resulta al menos llamativo que, después de ser procesado por el juez Moldes, haya decidido "reforzar" su defensa precisamente con un profesional que ha motivado en otros expedientes el apartamiento del magistrado.

El límite entre los derechos y el imperio de la Justicia no parece aquí nada difuso.

 

ALICIA MILLER

amiller@rionegro.com.ar

 
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