"Hay que desterrar las entregas directas definitivamente cuando hablamos de adopción", sostuvo como ley primera el doctor Norberto Liwski, vicepresidente del Comité de los Derechos del Niño/a y Adolescente de Naciones Unidas al ser consultado sobre el debate que se presenta en Neuquén con el proyecto de ley del diputado Ricardo Rojas.
"La entrega directa desde hace años ha sido tolerada legalmente por algunos jueces y comprendida equivocadamente por la sociedad cuando se evidenció siempre que esta práctica casi siempre no reúne todos los mecanismos éticos imprescindibles y que eventualmente oculta también algún modo de tráfico de niños o transacción de un niño en estado de abandono", expresó Liwski a "Río Negro".
El debate de la Legislatura neuquina debiera mantenerse en dos planes de armonización, agrega Liwski:
* Por un lado, la ley que surja debe adecuarse perfectamente a la legislación nacional vigente (Ley 25.854) y la Convención sobre los Derechos del Niño, ley nacional 23.849 y el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. Si bien la autonomía provincial debe estar siempre ésta nunca debe atentar contra una legislación más amplia, superior y nacional. Por lo tanto la adhesión neuquina a la ley nacional 25.854 debe ser clara.
* Por otro, la ley que se apruebe debe garantizar la superación y el destierro de los problemas y dramas que la práctica tradicional de las entregas directas provocó en las adopciones en esta zona. Por la charla que tuve que todos los interlocutores válidos en Neuquén sobre este tema coincidieron en este propósito y el proyecto de Rojas se enfoca en este criterio. "La ley debe contemplar mecanismos rigurosos que eviten cualquier posibilidad de transacción o despojo por parte de los pretensos adoptantes sobre las gestantes, ya sea directamente o a través de intermediarias".
Esta gran autoridad de los derechos de la infancia sostuvo que "el Registro Unico genera una equidad total entre los aspirantes a adoptar porque evita presiones e influencias que pueden alterar el propósito inicial y final de la adopción: de ser una institución reparadora del abandono que vive un niño".
Liwski recordó que "las prácticas en distintas jurisdicciones llevan a recomendar que el Registro Unico debe depender indefectiblemente del Poder Judicial, nunca del Poder Ejecutivo. En este último poder es muy posible que el espíritu del Registro Unico no sea bien resguardado como lo puede hacer el Poder Judicial".
"Veo en Neuquén el ánimo y la convicción de inaugurar un ciclo donde todos los actores apuestan y optan por la legalidad y la transparencia en el acto de adopción, garantizadas siempre de modo estricto", aseguró finalmente Liwski, quien sigue como particular interés el desarrollo de las políticas pertinentes a los derechos de los niños y adolescentes en la provincia de Neuquén. (H. L)