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“Lavado de dinero” y algo más
La Unidad de Información Financiera acumuló 2.095 “reportes de operaciones sospechosas” en el 2006.
Los casos aumentaron entre enero y noviembre un 45% más que en idéntico lapso del 2005.

BUENOS AIRES.- Cuando Hugo Chávez, presidente de Venezuela, estaba por llegar una vez más a la Argentina para comprar bonos por 500 millones de dólares, anticipar que “próximamente” realizará otra operación similar y acordar con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) la construcción y puesta en marcha en su país de 56 fábricas, comenzó a investigarse al empresario venezolano Guido Alejandro Antonini Wilson. Había arribado antes a un sector del aeroparque metropolitano en un vuelo chárter contratado por Energía Argentina SA (Enarsa) –pagó entre 60.000 y 90.000 dólares para el viaje de su presidente, Exequiel Espinosa, y un par de acompañantes– y trajo una valija con 790.550 dólares no declarados ante la autoridad aduanera a quienes intentó convencer de que eran... libros.
Como en un primer momento se supuso una maniobra de “lavado de dinero”, la Dirección General de Aduanas solicitó a la Unidad de Información Financiera (UIF) que evaluara el caso y hasta una jueza en lo Penal Económico inició una causa de oficio caratulada como “infracción al régimen de equipaje” previsto en el Código Aduanero. Sin ser detenido ni aclarar la situación, el responsable del ilícito partió raudamente al Uruguay y desde allí hacia Miami (Estados Unidos), al parecer su lugar de residencia, “olvidando” su vuelto... El resto de la historia, aún inconclusa, es conocido.
 Se supuso inicialmente “lavado de dinero” porque, a pesar de los recaudos que se adoptan, sigue siendo una modalidad delictiva muy practicada en el mundo. La Argentina no constituye una excepción ya que aumentaron los “reportes de operaciones sospechosas”. Entre los más notorios:
* ¿Cómo no recordar que un tribunal de Liechtenstein bloqueó en julio pasado 10 millones de dólares de la empresa santacruceña Austral Construcciones, atribuida a Lázaro Báez, muy vinculado al presidente –como informó “Río Negro”– y con negocios vinculados con las obras públicas y la producción petrolera?
* En mayo último, el empresario de espectáculos Daniel Grinbank denunció penalmente a la mexicana Corporación Interamericana de Entretenimientos (CIE), que presidió y de la cual se desvinculó hace seis años, por supuestas operaciones de “lavado”.
* Personal aduanero descubrió y secuestró 500.000 euros, en diciembre del 2006, que tres ejecutivos de la firma española Cirsa, que maneja los casinos flotantes en la ciudad de Buenos Aires, pretendieron ingresar disimulados en bolsos con regalos navideños para los empleados. Cirsa descartó que fuera un intento de “lavado” y afirmó que había declarado dicha suma en el aeropuerto de Barajas, en Madrid y que debía permanecer en el avión que transportó a su gente en un vuelo no regular.
* Más atrás en el tiempo, en febrero del 2004 no pareció profundizarse lo planteado por el fiscal Diego Molina Pico al elevar a juicio la causa por el crimen de María Marta García Belsunce, cometido el 27 de octubre de 2002. Hasta entonces, el móvil no estaba claro, pero el fiscal –sobre la base de una carta anónima que manifestó le fue enviada– sostuvo que había sido asesinada por “negocios sucios” vinculados con el “lavado de dinero” del narcotráfico proveniente del Cartel de Juárez.
En la Argentina, se sancionaron y promulgaron en el 2000 dos leyes:
* La 25.241, que incorporó las figuras del “informante”, “agente encubierto” y “arrepentido” para combatir las asociaciones terroristas, antes sólo aplicadas a la represión del narcotráfico y los secuestros extorsivos.
* La 25.246, que modificó artículos del Código Penal para abarcar el encubrimiento y “lavado de activos” de origen delictivo y creó la UIF, con autarquía funcional en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (ver aparte), para investigar el “lavado” proveniente de acciones de asociaciones subversivas, el narcotráfico y el contrabando de armas. La organización y puesta en funciones de la UIF culminó al año siguiente mediante el decreto 1.500 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN),
Ese último año, la Argentina asumió el carácter de miembro pleno del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre Blanqueo de Capitales (GAFI), por lo que debió aplicar sus recomendaciones y adaptar la legislación y hasta someterse a evaluaciones y mecanismos de control cruzados.
Tras los atentados contra las Torres Gemelas en Nueva York, el 11 de setiembre de 2001, el GAFI incorporó la lucha contra el financiamiento del terrorismo. Por la resolución 1.373 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Grupo de Acción Financiera de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), se reclamó a los países que incorporaran a sus códigos los delitos del terrorismo y su financiamiento, ya que utilizan los mismos canales que el “lavado”.
Sin embargo, la Argentina fue aplazada por el GAFI, en el 2005, al no ratificar las convenciones antiterroristas de Barbados y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ni adecuar su legislación. De nada sirvió que diputados de diferentes bloques presentaran, un año antes, un proyecto de modificación de la ley vigente. Al no avanzarse, el GAFI emitió otro reporte negativo. Aquí, entonces, se integró una comisión con representantes de los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y Economía y Producción, así como del Banco Central. Para acelerar el trabajo, los diputados invitaron a participar a los senadores para considerar las reformas pendientes.
Por las presiones del GAFI y el gobierno norteamericano, el PEN remitió al Congreso un proyecto, el 20 de diciembre pasado, cuando en ese ámbito se acumulaban 13, incluso consensuados por legisladores de diferentes extracciones. Con el objeto de otorgarle “mayor legitimidad” (¿?), aparte lo envió a la ONU, donde la Argentina firmó la Convención Internacional de Lucha contra el Financiamiento del Terrorismo, en 1999, ratificada por ley nacional en el 2005. Y si bien en el organismo internacional opinaron que era una “iniciativa equilibrada”, mereció objeciones de organismos locales defensores de los derechos humanos. Plantearon que una vez convertida en ley, afectaría garantías constitucionales por la “vaguedad y amplitud” de la figura penal, como argumentaron desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
“La Argentina cooperó bien con los Estados Unidos a nivel operacional y ha comenzado a resolver las debilidades institucionales y legales que habían socavado sus esfuerzos antiterroristas”, destacó el Departamento de Estado norteamericano en su último informe anual sobre la lucha contra el terrorismo en el mundo. Además, puntualizó que Kirchner “aprobó un ‘borrador’ de ley antiterrorista y contraterrorismo financiero que fue enviado al Congreso”.
Finalmente, la cámara baja convirtió el citado proyecto en ley, el 13 de junio pasado, e incorporó al Código Penal la figura de “asociación ilícita terrorista y financiación del terrorismo”, con penas de prisión de 5 a 20 años para quienes se propongan “aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”. El delito debe responder a “un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político; estar organizado en redes operativas internacionales; disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos, o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas”. Fueron previstas condenas de 5 a 15 años a quien “recolectare o proveyere bienes o dinero, con conocimiento de que serán utilizados, en todo o en parte, para financiar a una asociación ilícita terrorista de las descriptas o a un miembro de éstas”. La norma, asimismo, confirió mayor protagonismo y operatividad a la UIF, incluso para prevenir la financiación del terrorismo.

Acciones del BCRA

BUENOS AIRES.- “El Banco Central de la República Argentina se ha puesto al frente de la lucha contra el financiamiento del terrorismo y el lavado de dinero en el país” y busca trabajar con sus colegas de América latina “a fin de liberar a esta región del mundo de delitos que aquejan a nuestra sociedad”, según destacó Martín Redrado, presidente de la entidad, en la Cumbre Regional sobre Prevención del Financiamiento del Terrorismo, el año pasado. Expresó su convicción de que la lucha contra ese flagelo mencionado en último término “tiene raíces fundamentalmente ideológicas”, por lo que se diferencia de las encaradas para enfrentar otros crímenes globales, como el lavado de dinero, “donde el objetivo central es el rédito económico”.
Subrayó, además, que “la complejidad se agrava aún más porque el terrorismo se financia mediante actividades tanto legítimas como ilegítimas”. Las legítimas “van desde emprendimientos comerciales hasta obras de caridad”, agravadas porque “muchos contribuyentes ignoran el destino real de su dinero o aportes”. Entre las ilícitas, citó: “el tráfico de drogas, lavado de dinero, falsificación de productos, secuestros, extorsión, contrabando y delitos tecnológicos”.
Se adecuó la normativa a los estándares internacionales, es decir, “adoptando las prácticas más avanzadas para ejercer una supervisión efectiva de los sistemas financiero y cambiario, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de prevención contra ambos crímenes”.
Desde el 2005, el enfoque financiero estuvo “dirigido a bloquear el flujo de fondos hacia los participantes de este tipo de organizaciones”, con disposiciones que instruyeron a las entidades a cumplir las resoluciones de la ONU”. Para eso, se establecieron:
* “La obligatoriedad de informar a la autoridad monetaria sobre activos financieros y operaciones de sujetos identificados”.
* “Una guía de transacciones tendientes a identificar operaciones sospechosas de acuerdo con los lineamientos del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre Blanqueo de Capitales (GAFI)”.
* “Nuevas exigencias de control, solicitando a las entidades financieras consultar, también, las listas de personas sospechosas elaboradas por países como los Estados Unidos, Inglaterra o Canadá, e informar sobre la existencia de cuentas en el país cuyos titulares integren esos listados”.

Compromisos asumidos por la Argentina

BUENOS AIRES.- La Unidad de Información Financiera (UIF), según la ley 25.246, promulgada en mayo del 2000, es la encargada de analizar, tratar y transmitir información para prevenir e impedir el “lavado de activos”. Seis años después se revisaron las recomendaciones a fin de reflejar los cambios experimentados.
La Cámara de Senadores de la Nación aprobó su reestructuración, el 12 de julio del año pasado y concentró el poder de decisión en un presidente, que debe elegirse mediante un sistema similar al aplicado para los jueces de la Corte Suprema de Justicia. Hasta su reglamentación, el nombramiento fue una facultad conferida al Poder Ejecutivo Nacional (PEN). También se eliminó el directorio de 11 miembros y reemplazó por un consejo asesor.
La UIF puede decidir investigaciones reservadas sobre cuentas de particulares, como consecuencia del levantamiento del secreto bancario, y, en forma parcial, del fiscal. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sólo aceptó hacerlo ante denuncias que le formularan.
En principio, la necesidad de abarcar todos los aspectos relevantes se fundamentó en las 40 recomendaciones que decidió aplicar el Grupo de Acción Financiera Internacional sobre Blanqueo de Capitales (GAFI) y cuya adopción promovió entre todos los países que lo componen, incluida la Argentina.
El GAFI aprobó una nueva metodología, un par de años después del ataque terrorista a las Torres Gemelas de Nueva York del 11 de setiembre de 2001, que elaboró con los organismos multilaterales de crédito –el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional–, a fin de privilegiar la prevención de las prácticas de lavado de activos, cumplir con los estándares e instrumentos internacionales suscriptos y no imponer costos innecesarios. Se apuntó no sólo a la lucha contra el lavado sino también el narcotráfico, la corrupción, el crimen organizado, la evasión fiscal y sectores marginales de la economía.
Al incrementarse los “reportes de operaciones sospechosas” (ROS), mayormente generados por la UIF, a principios del año pasado la AFIP creó “una unidad orgánica con nivel de división denominada ‘Lavado de dinero’, para llevar adelante los programas de detección y control de movimientos transaccionales ilícitos e instrumentos monetarios”. Fue en respuesta a críticas de la UIF de falta de colaboración, pero no significó que la AFIP estuviera dispuesta a que la UIF accediera al secreto fiscal.
En seminarios de “lavado de dinero” y financiamiento del terrorismo, se resaltó la necesidad de una clara tipificación del delito, que incluso simplificara la labor de los organismos de prevención, y tuviera suficiente flexibilidad como para adaptarse y modificarse de acuerdos a las situaciones que se presentaran.
Por otra parte, la AFIP aplica desde el 17 de julio de 2006 el programa de “Unidad de transparencia comercial”, con un software diseñado para el intercambio de información entre las aduanas de los Estados Unidos y la Argentina, que permite investigar y combatir el “lavado de dinero” a través del tráfico de mercaderías.
La UIF comunicó que entre enero y fines de noviembre pasado acumuló 2.095 “reportes de operaciones sospechosas” (ROS), mientras que en idéntico lapso del 2005 registró 1.445, o sea que aumentaron el 45%. En las denuncias participaron: el sector privado, con el 70% de las mismas, y también los cambiario y financiero, sin olvidar a las 2.445 personas que no estaban obligadas a informar –como sí lo están escribanos y contadores–, en el citado período del 2006, frente a 185 del precedente.
La Cumbre Regional sobre Prevención de Financiamiento del Terrorismo fue organizada por el Banco Central con los auspicios y las participaciones de organismos internacionales y de diferentes países, en marzo del 2006. En ese ámbito, el canciller Jorge Taiana aseveró que los actos de terrorismo internacional constituían –y constituyen– “una amenaza para la paz y la seguridad internacionales”, tal como fueron caracterizados por el consejo de seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Hasta opinó que “pueden poner en peligro la estabilidad, la democracia y el desarrollo socioeconómico de las naciones”.
Taiana destacó que la Argentina, “fiel a sus compromisos en la lucha contra el terrorismo internacional”, era parte de los 12 convenios entonces vigentes en la materia y que ya había firmado el decimotercero, la Convención para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear (2005). Destacó el significado de la Convención Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo (1999), aquí ratificada el 22 de agosto de 2005, y la Convención Interamericana contra el Terrorismo (2001).

MIGUEL ANGEL FUKS



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