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LíMITES AL TRABAJO LOS FINES DE SEMANA | ||
Una nueva iniciativa que busca modificar el régimen laboral vigente en materia de descansos y compensaciones durante los fines de semana avanza a paso firme en el Congreso y cuenta con media sanción del Senado de la Nación. De convertirse en ley, marcaría un antes y un después tanto para los empleados de comercio e industria como para los empresarios, ya que las implicancias económicas serían muy importantes tras su aprobación. Actualmente la Ley de Contrato de Trabajo establece que corresponde pagar con un 100% de recargo las horas que se trabajen los días sábados después de las 13, así como también los domingos y feriados. Asimismo, el marco vigente determina que se deben otorgar francos compensatorios. Sin embargo, con la posterior publicación del decreto 2284/91 de desregulación económica, dichas restricciones de horarios y días fueron suprimidas para la prestación de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines. Así el planteo, hoy las empresas pueden disponer que los empleados trabajen los fines de semana sin que reciban una compensación por hacerlo esos días, excepto que el convenio colectivo que los agrupe así lo establezca; en cambio, en el caso de los empleados de comercio, hoy dependen del acuerdo de partes entre el sindicato y la empresa para que este beneficio sea reconocido. Conforme el proyecto, los legisladores apuntan a que el trabajo a partir del sábado a las 13 y hasta las 24 del domingo, sea remunerado con un recargo del 100%, contrariamente a lo que estipula el decreto de desregulación actual, modificando el artículo 204 de la LCT entre otros, acotando los casos de excepciones a la prohibición de trabajo sólo a casos de fuerza mayor, peligros, accidentes o aquellos que "las leyes y reglamentaciones prevean", dejando así un criterio muy ambiguo. En referencia a los francos compensatorios, la normativa vigente le da preponderancia a la empresa y le permite administrar los descansos de los trabajadores en función de las necesidades de producción. Este punto se modificaría con la aprobación del nuevo articulado dado que el descanso compensatorio se deberá gozar obligatoriamente en la semana siguiente. Inevitablemente el proyecto va a generar que muchas empresas deban reacomodar sus esquemas de trabajo y se les encarecerá, sin duda, el costo laboral.
MARIA MARTHA PODSKUBKA (*) Contadora Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar |
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