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Regalito navideņo | ||
Para finalizar el año de las moratorias, el organismo recaudador ha reglamentado un último plan de pagos tan esperado por los contribuyentes en orden a sanear aquellas deudas no incluidas en la gran moratoria sancionada hace más de un año bajo la ley 26.476. En aquel entonces, se solicitaba al gobierno poder incluir dentro de la moratoria deudas devengadas con posterioridad al 31/12/07 argumentando que los efectos de la crisis se estaban sintiendo con posterioridad. Con un poco de demora, pero con un período bastante importante en cuanto a su alcance, el nuevo plan de pagos permite regularizar todas aquellas deudas vencidas con posterioridad al 1/1/08 y hasta el 31/10/09, es decir que aquel reclamo del sector empresarial fue tenido en cuenta para oxigenar las cuentas fiscales y recomponer la situación fiscal de los contribuyentes.Según datos del organismo, con este nuevo plan de pagos se prevé recaudar $ 8.000 millones que deben cerca de 800.000 contribuyentes, de los cuales el 24% de las deudas provienen del sector comercial, mientras que un 22% de la industria. En conjunto registran poco menos de la mitad de los vencimientos impagos en los últimos dos años.Lo novedoso de este plan es que permite la inclusión de los anticipos de impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta y el impuesto sobre los Bienes Personales, con la limitante de que las cuotas no podrán extenderse más allá de mayo del año próximo o del vencimiento de la declaración jurada, si este fuera anterior. El plan permite regularizar la deuda en hasta 24 cuotas con una tasa del 9,8% de interés anual de financiación y la reformulación de todos aquellos planes de pagos que estén vigentes, caducos o rechazados por deudas exigibles al 31/10/09. Permite la regularización de deudas fiscales, de seguridad social y aduaneras con excepción de las retenciones de seguridad social, el IVA por importación de servicios, ART, obra social, servicio doméstico, aporte al Renatre y las cuotas de planes de facilidades de pagos.Al igual que el resto de los planes de pago, la adhesión se realiza por internet con clave fiscal, con débito automático desde una cuenta bancaria y se podrá realizar un plan de pago para retenciones y percepciones, otro para aportes de seguridad social y otro para las deudas impositivas y de seguridad social. El plazo para el acogimiento es hasta el 28 de febrero próximo. Esta medi-da tiene como finalidad contrarrestar los efectos de la crisis del año anterior y ser el andamiaje para el despegue económico del año próximo. Federico JosÉ Parrilli consultorio@csbya.com.ar ContadorChinni, Seleme, Bugner y Asoc.www.csbya.com.ar |
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