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Modificaron por decreto la ley de Riesgos de Trabajo
Los juicios iniciados "terminarán, concluirán, se pagarán y procederán" con los montos actuales. La SRT no autorizará incrementos en las alícuotas hasta el año que viene; trascendió que podrían ser del 40%, promedio.

Incrementa los costos laborales; agrava el acuciante y creciente problema de la litigiosidad y pone en riesgo a miles de empresas y sus fuentes de trabajo", fueron críticas al decreto 1694/2009 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) que modificó parcialmente la ley de Riesgos de Trabajo (LRT). Las formularon cinco de las entidades empresarias del Grupo de los 7: la Unión Industrial Argentina (UIA), las cámaras argentinas de Comercio y de la Construcción; la Asociación de Bancos Argentinos y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (no participaron la Sociedad Rural y Confederaciones Rurales Argentinas). Y hasta lamentaron que "luego de cinco años de negociaciones no se haya arribado a una solución consensuada para resolver un problema clave que hace a la supervivencia de las empresas, principalmente pequeñas y medianas".

Carlos Tomada, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Mtess), no dudó en recordar las dificultades para acordar una reforma integral en cinco años de negociaciones, por "la intransigencia de la UIA" y consideró las críticas "pura adjetivación y conjeturas sin sustento".

El decreto "eleva los montos de las desactualizadas indemnizaciones, elimina topes y establece pisos" y quienes lo impulsaron aguardan que las medidas reduzcan los juicios en un 60%.

La ley 24557 de Riesgos de Trabajo (LRT) fue promulgada en 1995 por el gobierno menemista, que la preparó "a medida de los empresarios". Vigente desde 1996, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interpretó varios de sus artículos como anticonstitucionales. Para Tomada, "el sector empresario la siguió defendiendo porque les daba seguridad jurídica", pero aseveró que tiene un carácter "inequitativo y desprotector".

Curiosamente, un proyecto oficial del 2005 superaba todos los problemas constitucionales y fue rechazado, no obstante plantear una opción excluyente en materia de acción civil.

Después de que el PEN eliminara en octubre del 2008 las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y reestatizó el sistema previsional, la Confederación General del Trabajo (CGT) reclamó una modificación de la LRT. No faltaron trascendidos de que se encararía algo similar con las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), que recaudaban por aportes y contribuciones unos 4.500 millones de pesos anuales, casi un tercio de la de las AFJP.

A fines del año pasado, el Mtess intentó que una nueva LRT surgiera por consenso entre la UIA, la CGT y la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), que únicamente coincidieron en los retrasos de las indemnizaciones y eliminar el "techo", fijar un "piso" de 250.000 pesos y elevar las rentas mensuales para los accidentes menos graves.

La UART reconoció que la mayor siniestralidad vial e inseguridad excedían el asesoramiento y el cuidado de las empresas en los accidentes "in itinere" (entre el domicilio y el lugar de empleo) y que el costo del seguro de responsabilidad civil debería ser marginal.

Como el gobierno nacional pareció que impulsaría comités mixtos de seguridad e higiene en la futura ley, a pedido de la CGT, la UIA supuso que cogestionarían cuestiones donde la organización y la responsabilidad patrimonial e indemnizatoria correspondían a los empleadores.

Las empresas deben declarar a las ART acerca de si existen o no riesgos laborales en sus instalaciones y si las mismas cumplen con las normas de seguridad e higiene, de acuerdo con lo que se reglamentó el 3 de agosto pasado.

"Si las empresas y los sindicatos no llegan a un acuerdo para definir una nueva LRT, el Estado tomará intervención", prometió la presidenta Cristina Fernández de Kirchner (CFK) el 1 de setiembre pasado. A su vez, Tomada afirmó que no se enviaría ningún proyecto al Congreso hasta el 2010.

La Asociación Argentina de Compañías de Seguros, el 21 de octubre pasado, señaló que era "imperioso" dictar una norma que tuviera en cuenta los dictámenes de los magistrados y concluyó en que las ART "vienen realizando importantes esfuerzos para mantener la calidad prestacional requerida".

Con modificaciones al régimen vigente -algunas pactadas por los interesados-, CFK firmó el decreto 1694, el 5 de este mes, como el aumento de 50.000 a 180.000 pesos del "piso" de las indemnizaciones por accidentes laborales para las categorías más bajas.

"Lo que se busca es preservar los intereses de los trabajadores, aumentando sustantivamente las indemnizaciones; resolver los problemas de litigiosidad -disminuirían casi el 60%- generados por aquellas que quedaron absolutamente atrasadas e incorporar una serie de enfermedades no contempladas", explicó Tomada.

Las alícuotas momentáneamente se mantendrían en los niveles actuales, ya que la SRT no autorizará subirlas hasta el 2010, cuando se renovarán los contratos. En ese momento, trascendió que tales alzas podrían llegar al 40% promedio. En cuanto a los juicios iniciados, el ministro sostuvo que "terminarán, concluirán, se pagarán y procederán" con los montos actuales.

Los pagos que se abonen durante el período de incapacidad serán calculados de la misma forma que en la ley de Contrato de Trabajo (LCT), o sea que el accidentado percibirá lo mismo que si estuviera en actividad. El decreto, por otra parte, atendió reclamos por las prestaciones médicas y creó el Registro de Proveedores Médicos, con el propósito de que la SRT ejerza más controles. Asimismo, se "bancarizaron" los pagos de todas las indemnizaciones, las que fueron excluidas del impuesto al cheque, y mejoraron y garantizaron los accesos de los familiares de los accidentados.

Hubo recomendaciones a la SSN y la SRT para que fueran reducidos los costos de comercialización y otros factores que incidieran en las alícuotas, y se implementaran medidas para conformar mutuas (aseguradoras sin fines de lucro) de trabajadores, empleadores o mixtas.

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) dispondrá las normas y las metodologías para que los empleadores accedan a una prestación adicional por responsabilidad civil para afrontar las demandas que se originen. Si bien la ley preveía el pago escalonado de las indemnizaciones, el PEN entendió que debe hacerse en una sola vez.

Mediante un decreto adicional se busca incorporar las várices, hernias y lumbalgias al universo de enfermedades, pese a que la UIA y la Cámara Argentina de Comercio no están de acuerdo y la CGT rechazó la posición empresaria. El devenido en G-5 (por no contar con las dos entidades agropecuarias) insistió en eliminar el acceso a la vía judicial después de la indemnización y en excluir los accidentes "in itinere".

La cartera laboral argumentó que las medidas descomprimirán la situación y contribuirán a la discusión de la reforma el año que viene. Asimismo, reconoció que la responsabilidad del empleador desde y hacia el lugar de trabajo resulta "un principio de justicia social que no puede ser borrado", aunque no olvidó que existieron y existen abusos de los trabajadores.

"Este decreto no limita sino que incentiva la proliferación indiscriminada de los reclamos judiciales al elevar los montos y mantener la posibilidad de acumular indebidamente los beneficios", machacó el G-5. Aparte, señaló que en los primeros nueve meses del año se formalizaron unos 70.000 juicios y pronosticó un "injustificado y sustancial incremento de los costos laborales".

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) que abonaron cuotas hasta cuatro veces más caras que el promedio, arremetieron contra la UIA por negociar sin contemplar sus especificidades, ante lo cual el gobierno prometió hacer lo posible para reducir tales costos. De cualquier manera, cuando suban las alícuotas el costo de la cuota pactada, en promedio, como porcentaje de la masa salarial, pasaría del 2,36% (ver cuadro) al 3%. A su vez, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came) expresó que a las pymes "les conviene el decreto 1694/09" para bajar los costos y crear mutuas, aunque "quedarían como materias pendientes algunos temas, de los cuales el más importante son los accidentes ´in itinere´ que deberían estar cubiertos por la seguridad social y sobre los cuales el empresario no puede ejercer prevención ni vigilancia".



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