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DGR NEUQUÉN ANUNCIA SU MORATORIA

l gobierno de la Provincia del Neuquén, a través del decreto 1.422/09 (disponible en www. dprneuquen.gov.ar), ha definido que a partir del día 14/9/09 comenzará a regir un nuevo régimen de regularización de obligaciones tributarias.

El mismo contempla la posibilidad de incorporar obligaciones correspondientes al impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y Sellos, incluyendo aquella deuda que se encuentra en planes de pagos vigentes y/o caducos, deudas en curso de discusión administrativa o en proceso de fiscalización y aquellas que están en gestión judicial.

Los beneficios anunciados consisten en quitas parciales de intereses resarcitorios, intereses de financiación, recargos y multas, que oscilan entre un 70% y un 10% de acuerdo al grado de cumplimiento del contribuyente, la fecha de acogimiento al plan y la forma de pago. De acuerdo a ello, será importante contemplar diversas cuestiones clave en cuanto a los topes temporales y formas de pago, a fin de evaluar la posibilidad de acceder al mayor beneficio ofrecido por el régimen.

La primera cuestión "temporal" a evaluar será determinar si el contribuyente posee su situación fiscal regularizada al 31/10/08. De ser así los beneficios ofrecidos serán mayores respecto de aquel que posea incumplimientos, premiando de esta manera al "buen contribuyente".

La segunda cuestión clave será la consideración de la fecha de acogimiento al plan: hasta el 30/10/09 se ofrecerán mayores quitas, contando con una segunda instancia hasta el 18/12/09, tal como sucediera con la ya finalizada moratoria de AFIP.

Por último, se podrá realizar la cancelación de deuda mediante pago contado o a través de un plan de facilidades de hasta 36 cuotas, bajo la premisa de que a mayor plazo de financiación se obtendrán menores quitas de intereses resarcitorios y de financiación.

La combinación óptima de las condiciones expuestas en cuanto a cumplimiento del contribuyente, fecha de acogimiento y forma de pago permitirá alcanzar quitas de hasta un 70% de los intereses resarcitorios y un 50% de las multas (habrá que analizar cada caso en particular).

La Dirección Provincial de Rentas ha adelantado que se encuentra trabajando intensamente en la recaudación de los tributos, intimando deudas de los distintos impuestos y continuando con la gestión de cobro por la vía de apremio en caso de persistir el incumplimiento.

En caso de corresponder, sería conveniente realizar las consideraciones pertinentes a fin de acogerse a esta nueva moratoria, de manera de ponerse al día con sus impuestos realizando un buen aprovechamiento de los beneficios ofrecidos.

 

Cr. Juan Cruz Tonelli

consultorio@csbya.com.ar

 

Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.

www.csbya.com.ar



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