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Proyectan una nueva ley para los riesgos del trabajo en la Argentina
Se buscará proteger la seguridad y la salud de los involucrados, mejorar la prevención, preservar los derechos de los accidentados y dar mayor .previsibilidad a las empresas.

Las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social se comprometieron a consultar un "borrador" del proyecto de ley de riesgos del trabajo (LRT) con todos los sectores interesados. En el mismo incluyeron aspectos de una propuesta de la Confederación General del Trabajo (CGT), como los de prevención, compatibilización del lucro con la seguridad social y mejora continua de las condiciones laborales, para lo cual se incrementarían las responsabilidades de los empleados, los empleadores y las aseguradoras de riesgos de trabajo (ART), que no serían "estatizadas", como en determinado momento del año pasado llegó a comentarse.

Aunque la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) en principio no recibió dicho "borrador" -tiempo atrás hizo llegar su proyecto al Congreso de la Nación-, expresó su satisfacción por la perspectiva de que se conceda una reparación mayor que la que podría obtenerse por la vía civil, con lo que se evitaría una excesiva litigiosidad.

Desde hace años Carlos Tomada, titular de la citada cartera, explica que en la futura norma es preciso "lograr el mayor consenso posible", proteger "la seguridad y la salud de los trabajadores", mejorar la prevención, preservar los derechos de los accidentados y dar mayor previsibilidad a las empresas.

El ministro recordó que "la actual ley tiene 25 tachas de inconstitucionalidad" de la Corte Suprema de Justicia desde el 2004 y coincidió con directivos de la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acerca de la necesidad de que este año se sancionara una nueva. Carlos de la Vega, presidente de la entidad, espera que permita a los empleadores "prever de la mejor manera el costo que se genera a partir de este tipo de contingencias".

Ahora el ministerio previó 95 modificaciones al régimen todavía vigente, comités de higiene y seguridad mixtos, o sea, integrados por trabajadores y empresarios -quienes en general hubieran preferido que tales cuestiones se trataran en los convenios colectivos- para colaborar en la prevención de los riesgos y la promoción de la salud; el aumento de las indemnizaciones y la unificación de la ley 19587 de higiene y seguridad en el trabajo de 1972 y la LRT 24557 vigente desde 1996.

"Cambiar una ley requiere de consenso para que sea aplicable", declaró Tomada. El 20 de octubre de 2006 estaba convencido de que se demoraba por falta de acuerdo entre las partes y que tenía que proporcionar previsibilidad jurídica.

Mientras tanto la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) avanzó, en agosto pasado, en la ampliación y optimización de las inspecciones de los gobiernos provinciales, acuerdos de estándares mínimos de controles y fortalecimiento de los combates a los trabajos no registrados e infantil. Los convenios tuvieron como objetivo disminuir los accidentes y las enfermedades profesionales, identificar los establecimientos y actividades que ocupan a chicos y la correcta registración de los trabajadores y su declaración en el Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS). El superintendente Juan González Gaviola precisó que el organismo colaborará con la capacitación de los recursos humanos para aumentar la fiscalización y controles en las jurisdicciones y nombrará prevencionistas en las provincias a fin de asistir a los inspectores locales. La SRT cooperará con el "Plan nacional de salud y seguridad en la construcción de obras públicas" y fortalecerá las investigaciones de los accidentes graves y mortales determinados por su resolución 283/02.

Hugo Moyano, secretario general de la CGT, hasta presentó al Congreso un proyecto de ART y el 29 de agosto de 2007 estaba dispuesto a consensuar con el empresariado sobre las bases de una nueva LRT. Hasta mantuvo conversaciones informales con dirigentes de la Unión Industrial Argentina (UIA).

Estadísticas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) demostraron en el 2007 que el 8,5% de los 7,5 millones de trabajadores registrados sufrió un accidente laboral; la mayoría de ellos pertenecía a los sectores de la construcción, agropecuario y pesquero (por el personal embarcado).

Además, el 11% de esos episodios se registró "in itínere", considerado como "todo acontecimiento que cause lesiones, incapacidad o muerte del trabajador ocurrido en el trayecto entre su domicilio y el lugar de trabajo o viceversa, en tanto el recorrido no hubiera sido interrumpido o alterado en interés particular del trabajador sin mediar la comunicación al empleador".

Para Juan Carlos Lascurain, presidente de la UIA, resultaba "incomprensible" que los empresarios tuvieran que hacerse cargo de tales accidentes y que hubieran aumentado las notificaciones de enfermedades profesionales.

A principios de octubre pasado, Héctor Recalde, diputado nacional del Frente por la Victoria y presidente de la comisión de Legislación del Trabajo, docente universitario y asesor de la CGT, dijo que un texto consensuado con el gobierno nacional y los empresarios podría tratarse después del proyecto del presupuesto nacional 2009. Pero no fue así.

Entre las medidas previstas, figuran la creación de una ART en el Banco de la Nación que actúe como "testigo" y ayude a mejorar el mercado. Las centrales fabril y obrera coincidieron en la continuidad de las ART, cuestionada por la CTA por su "carácter lucrativo" y el convencimiento de que la prevención y la reparación de los riesgos laborales forman parte de la seguridad social.

Después de eliminar las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP), parecía que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) consideraría una propuesta de la CGT para reformar integralmente el régimen vigente y estatizar el sistema, que recaudó 4.500 millones de pesos por año en aportes y contribuciones.

La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) insistió en que debe valorizarse el rol de las ART en la prevención, pagos de salarios caídos e indemnizaciones y atención médica integral y traslados. Consideró que realizan estas acciones a costos competitivos y con buenos servicios y que la aceptación del sistema se manifiesta en su cobertura (casi 7,8 millones de trabajadores) y baja morosidad (2%).

En el 2008 se iniciaron 27.170 demandas, un 5,8% más que en el 2007, reveló la UART, mientras el número de litigios contra los empleadores y las ART por accidentes y enfermedades fue siete veces superior al de los del 2004, cuando se iniciaron 7,2 juicios por cada 10.000 trabajadores cubiertos, en tanto el año pasado treparon a 35,6.

Apenas trascendió el "borrador" y antes de que comenzaran las consultas, desde la UIA dejaron entrever que no lo aprobarían si se mantuvieran el pago de los accidentes "in itínere" y la doble vía judicial, ante lo cual Recalde subrayó que "no se puede ir contra el Código Civil prohibiéndole un derecho solamente al trabajador". Como posible solución se mencionó la creación de un fondo especial con aportes de las empresas, acerca del cual Tomada desmintió que la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) fuera a pagar tales accidentes.

El proyecto que se conoció extraoficialmente tuvo en cuenta los reclamos empresarios y de las ART para que se cerrara la lista de enfermedades profesionales, no obstante las solicitudes de la CGT y la CTA para que se reabriera. De cualquier manera, a esa lista se incorporaron las tres que desencadenaron más juicios: várices, hernias inguinales y traumatismos de columna, que durante dos años se pagarían con el superavitario "Fondo fiduciario de enfermedades profesionales".

Por otra parte, serían premiadas con cuotas más bajas las empresas con mejores prevenciones y menores tasas de accidentes y castigarían con aumentos a aquellas con elevado número de siniestros.

También en los primeros dos años de vigencia de la futura ley, se protegería con cuotas especiales a las pequeñas y medianas empresas de hasta 25 trabajadores.

 

Objetivos que no siempre se cumplieron

La ley 24557 de Riesgos del Trabajo (LRT), vigente desde 1996 y que ahora el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) pretende reemplazar por una nueva, evidentemente tuvo objetivos que el transcurso del tiempo demostró que no siempre se cumplieron.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social los publicitó así durante años:

- Resarcir los daños causados por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, incluyendo la rehabilitación del trabajador perjudicado.

- Disminuir las enfermedades y accidentes de trabajo a través de la prevención.

- Impulsar la recalificación y reubicación profesional del trabajador damnificado.

- Promover la negociación colectiva laboral para las mejoras de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.

Hasta ahora los comprendidos por dicha ley son los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, los funcionarios y empleados públicos nacionales, provinciales y municipales y, en general, toda persona obligada a prestar un servicio de carga pública. Las empresas están obligadas por la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) a contratar una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) -todas las existentes son privadas- o autoasegurarse para cubrir a todos sus empleados en los casos de accidentes laborales o enfermedades profesionales.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) considera "accidente" todo acontecimiento ocurrido por la ocupación o en ocasión de la misma o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado el trayecto por causas ajenas a su desempeño (estudios, otro empleo o atención de un familiar directo enfermo y no conviviente), que deberá declarar por escrito ante el empleador dentro de los tres días hábiles de requerido.

Se consideran enfermedades profesionales aquellas que están incluidas en el listado de enfermedades profesionales elaborado y revisado anualmente por el PEN.

 

Miguel ángel Fuks

miguelangelfuks@yahoo.com.ar



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