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Cambios en ROE verde

La ONCCA estableció un pago mínimo de derechos de exportación requerido para habilitar el régimen opcional en el marco del mecanismo denominado "ROE verde". La resolución 5253/2008 dispuso que los operadores deberán acreditar el pago de los derechos de exportación de al menos el 90% de la cantidad declarada. Asimismo, estableció que los operadores a los cuales se les haya autorizado la solicitud de exportación podrán rectificar durante el plazo de vigencia del ROE verde los datos del consignatario o destinatario de la mercadería, la dirección y el país de destino. Por otra parte, se permitirá una tolerancia en más de hasta el 5% del tonelaje dado en la declaración jurada de venta al exterior, conforme a lo dispuesto en la resolución 685/1992.



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