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"¿Recuperación o castigo?" | ||
El 15 de junio, feriado nacional, nos encontró a los docentes de la Escuela Nº 289 dando clases "normalmente". Ante tanta confusión y caos generalizado, pudimos tomar una decisión unificada como grupo de trabajadores, más allá de nuestro desacuerdo con la recuperación planteada en el acta paritaria firmada por el gobierno y la Unter, porque creemos en el legítimo derecho de huelga y que la recuperación de los contenidos no tiene que ver con la cantidad de días de clase que se puedan dictar. En este desorden, en este desgobierno, cualquier cosa que decidamos los trabajadores -ir a trabajar o no hacerlo- está bien. Éste es un gobierno que se aprovecha de una situación de conflicto con los trabajadores docentes para exigirles que garanticen 180 días de clase, cuando jamás en lo que va de la historia de la educación pública de Río Negro él mismo lo pudo lograr, por distintos motivos; el principal, las malas condiciones edilicias de las escuelas y la falta de mantenimiento. En nuestra escuela, por ejemplo, los días perdidos por problemas edilicios fueron los siguientes: 11 en el 2004, 33 en el 2005, 29 en el 2006 y más de 25 en el 2007. Quisiéramos saber cuánto se les descuenta de su sueldo a los funcionarios responsables por no cumplir con sus obligaciones y cuando desatienden sus compromisos por estar en campaña proselitista. La comisión directiva de Unter, en lugar de defender los derechos de los trabajadores de la educación, firma acuerdos que van en contra nuestra, generando una situación de desamparo y de abandono de los afiliados al sindicato y dejándolos librados a resolver en forma particular o a dar respuestas individuales, absteniéndose de generar los espacios de discusión para dar una respuesta política organizada ante tanto abuso e irracionalidad por parte de la patronal (sugiriendo en algunos casos asistir a actos municipales como forma de "recupero" de contenidos). Entre otras cuestiones: - Se desconoce el legítimo derecho de huelga. - Se hacen hábiles los días inhábiles para algunos trabajadores. - Es ilegal diferenciar entre los trabajadores que realizaron la huelga y aquellos que no la hicieron. - El trabajo forzado u obligatorio se plantea como medida de disciplinamiento o castigo por haber realizado medidas de fuerza. Es perjudicial la interpretación de la normativa al firmar un acuerdo que castiga a los trabajadores. Con este proceder, tanto del gobierno como la comisión directiva de Unter niegan y se contradicen en lo acordado y mientras tanto son responsables de la fragmentación que se da hacia el interior de las instituciones educativas en su conjunto y entre los trabajadores. Más allá de la respuesta ética que quisimos brindarle a nuestra comunidad, la mayoría de los alumnos no asistió a esta jornada de trabajo. Nos preguntamos: en los próximos feriados y en la semana de receso invernal, ¿pasará lo mismo que el 15? Porque, si no podemos recuperar contenidos, lamentablemente lo tomamos como un castigo por pretender luchar por mejoras salariales y condiciones dignas de trabajo. P/docentes de la Escuela Nº 289 Livia Barros, DNI 16.478.975 Mónica Riquelme, DNI 18.845.361 (Siguen otras 23 firmas) - Roca |
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