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"La eterna paritaria docente"

En principio quiero aclarar que no soy afiliado al gremio docente y que soy empleado del Consejo Provincial de Educación desde hace más de 31 años.

Considero sumamente importante que los empleados (representados por la entidad gremial) y el empleador tengan habilitada la instancia paritaria para analizar, evaluar y discutir las temáticas que hacen a la relación laboral.

Y la relación laboral y paritaria no significa únicamente situación salarial. Es amplio el abanico de temas que pueden y deben tratarse en el ámbito aunque últimamente parece como que se ha convertido en una "eterna paritaria" para resolver la cuestión salarial.

Y entonces cuando se vive de paritaria en paritaria emerge la duda en cuanto a si este espacio está cumpliendo con el sentido para el que fue instituido.

Una paritaria para tratar el salario de los trabajadores debe plantearse como objetivo, sin lugar a dudas, el mejoramiento del haber mensual de una manera justa y equitativa.

Y precisamente porque no hubo un mejoramiento justo y equitativo para el conjunto de los docentes sino un desmerecimiento de la labor de algunos para el beneficio de otros, es que la paritaria perdió su más digno y razonable sentido.

Los acuerdos de ambas partes (entidad gremial y ministerio de Educación) para mejorar el nivel salarial de algunos cargos docentes en detrimento de otros no es precisamente una paritaria. Sí, es una negociación.

Para ser más claro, con el último haber salarial correspondiente al mes de agosto de 2008 el ministerio de Educación abonó a cargos docentes de menor jerarquía básicos superiores a los que abonó a cargos de mayor jerarquía. Así no funciona una paritaria.

Ante lo preocupante y peligroso que resulta esta desigualdad en el tratamiento de una cuestión tan delicada como el salario, la pregunta es ¿cómo corregir este desorden? Y la respuesta es clara y transparente: "Cumpliendo la ley". Esto es aplicando el artículo 53º de la Ley 391 (estatuto del docente). Y para ello se requiere un Estado provincial que no sea transgresor y una entidad gremial que elimine definitivamente la aceptación de la ilegalidad.

Daniel Alberto Vitullo, DNI 11.158.241

Roca



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