El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) dispuso que la autorización para el traslado de vinos, mostos y otros productos tendrá una vigencia de 30 días corridos. "El traslado de productos vitivinícolas caducará indefectiblemente a los 30 días corridos posteriores a su autorización", señala la Resolución C. 31/2010, que aclara que, "si no se hubiese hecho uso del mismo, se deberá transmitir su anulación". Por otra parte, en su resolución C. 30/2010, el INV modificó los aranceles previstos para los análisis de alcohol etílico y metanol y fijó un valor básico de $ 39 para los primeros 2.000 litros, y de $ 0,12 por cada 2.000 litros siguientes.