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  Domingo 23 de Enero de 2011  
 
 
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  Promoción industrial: extienden los beneficios por 15 años más
El Poder Ejecutivo Nacional la adoptó para "no desmejorar las perspectivas tendientes a la recuperación y crecimiento económico del país".
 
 
 
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Mediante el decreto 699/10 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), del 20 de mayo pasado, se extendió la vigencia de los beneficios promocionales regulados por la ley 22.021 y sus modificaciones para los impuestos a las ganancias y al valor agregado de los proyectos industriales radicados en La Rioja, San Luis, San Juan y Catamarca, y concedieron otros. Para los emprendimientos existentes y aquellos por encararse se establecieron exigencias para las inversiones; la preservación de las fuentes de trabajo y la generación de empleos, de acuerdo con el compromiso asumido en el decreto provincial correspondiente o el nivel de ocupación promedio si éste fuera mayor durante el 2009 (ver aparte), y límites en función de la masa salarial de cada uno.

La ley 22.021 y sus modificaciones y extensiones establecieron disposiciones especiales, primero para el desarrollo económico de La Rioja y luego los de las tres provincias citadas, facilitando las radicaciones fabriles. Las cuatro, en realidad, fueron incluidas hace más de tres décadas en el régimen de promoción bautizado como "Acta de reparación histórica".

El decreto 699/10 entraría en vigencia y tendría plena operatividad práctica cuando cada uno de los gobiernos de las provincias involucradas expresen su adhesión y suscriban el acuerdo correspondiente. De paso se recordó que el decreto 165/02 del PEN declaró la emergencia ocupacional, que mantuvo su vigencia y fue ratificada por disposiciones adicionales y prórrogas.

Como en anteriores ocasiones, la nueva medida desencadenó reacciones adversas de algunos sectores y gobiernos provinciales. El de Mendoza efectuó una presentación ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra la prórroga, planteando que la medida no tenía "los sustentos legales suficientes", aunque aclaró que eso no había "resentido" la vinculación con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner (CFK), a quien propuso "aprovechar la oportunidad para armar un proyecto de promoción que contemple a todo el país".

Héctor Acosta, juez federal de San Rafael (Mendoza), resolvió el 10 de junio último la medida cautelar solicitada por la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael y suspendió provisoriamente la vigencia del decreto de marras y ordenó al gobierno nacional que se abstuviera de darle operatividad hasta el dictado de una sentencia definitiva. Surgieron dudas por la jurisprudencia de la CSJ, debido a la posibilidad de que interpretara la suspensión como un exceso en las atribuciones constitucionales conferidas al Poder Judicial. Contra ese fallo del magistrado mendocino, dos colegas suyos de San Juan y La Rioja declararon cinco días más tarde la vigencia de la promoción industrial en esas provincias.

Si la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) constatara algún incumplimiento a las obligaciones relativas al personal, la extensión perdería efectos. Si ese incumplimiento fuera comprobado por la autoridad de aplicación, deberá comunicarlo al organismo recaudador para percibir dentro de los 30 días la restitución de los beneficios utilizados en exceso.

La AFIP anunció el 7 de octubre pasado que designará un auditor para controlar el destino de los beneficios de cada una de las 1.178 empresas con promoción industrial o fiscal. Esta fue una iniciativa del 2006, pero recién últimamente la Secretaría de Seguridad Social cuenta con la estructura para aplicarla. En aquel momento disponía de 107 empleados y ahora de 2.000, en su mayoría provenientes de ex administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP). Apoyándose en el "Programa de fiscalización permanente" (PFP), personal de la Afip controlará las plantas de las empresas que se benefician si cumplen con los compromisos de producción y mano de obra asumidos y determinará la real existencia del emprendimiento para, llegado el caso, evitar usos indebidos de los beneficios y frustrar la simulación de muchas empresas, que en lo formal aparentan cumplir (ver cuadro).

Más allá de la prórroga que se pretende mediante el decreto 699/10, la justicia federal viene reconociendo sistemáticamente a las empresas promovidas el derecho a actualizar el monto de los bonos de sus cuentas corrientes computarizadas, a fin de cumplir con sus obligaciones productivas.

Débora Giorgi, ministra de Industria, afirmó en San Juan, el 11 de agosto último, que el decreto de marras estaba en vigencia y evitaba "la deslocalización de empresas y la competencia desleal"; hasta descartó que Mendoza pudiera recibir una compensación de la Nación. CFK, a su vez, solicitó que los mandatarios de las cuatro provincias beneficiadas buscaran "una salida política a la polémica", ya que "el desarrollo del país debe ser equilibrado".

Celso Jaque, el gobernador mendocino, desistió el 23 de setiembre pasado del amparo planteado ante la CSJ porque desde el PEN le formularon una serie de promesas. Días después dispuso la publicación de avisos acerca de "un acuerdo histórico con la Nación": iguales beneficios que las provincias vecinas para siete departamentos y beneficios diferenciales para los once restantes.

Tierra del Fuego sostuvo, por su parte, que dicha generalización "atentaría" contra las provincias con regímenes de estímulo para atender situaciones de menor desarrollo relativo.

Oscar Mario Jorge, gobernador de La Pampa, instruyó a la fiscalía de Estado para que demandara al gobierno nacional ante la CSJ, por interpretar que la medida perjudicaba las radicaciones de empresas. Llegó a recordarse, inclusive, que en la provincia, durante 1997, el entonces mandatario Rubén Marín, presentó una demanda similar, situación que se resolvió en el 2009 mediante un acuerdo por el cual La Pampa obtuvo un resarcimiento de 500 millones de pesos a cambio de frenar el juicio?

El Ministerio de Transporte, Industria y Comercio de San Luis convocó a todos los interesados en gozar de los beneficios que se implementarán a partir del decreto 699.

La Legislatura de Río Negro aprobó, el 18 de noviembre pasado, el proyecto de ley que establece el régimen general de promoción económica y crea el "Fondo de fomento industrial" y el "Consejo de desarrollo industrial", que otorgan beneficios a firmas que se radiquen en áreas de servicios fabriles, incubadoras de empresas y parques tecnológicos. Además, derogó la ley 1.274 por la que en 1977 se implementaron disposiciones consideradas desfasadas por el transcurrir del tiempo y las nuevas realidades.

Diferentes gobiernos del Neuquén destacaron la permanencia y los aportes de la Copade (Subsecretaría del Consejo de Planificación y Acción para el Desarrollo), "independientemente de quien gobernara los destinos de la provincia". La Constitución provincial del 2006 estableció en su artículo 251 que "la acción de gobierno, en cuanto a la promoción económica y realización de la obra pública, responderá a una planificación integral que contemple todas las relaciones de interdependencia de los factores locales, regionales y nacionales". El 252 determinó que "la planificación será dirigida y permanentemente actualizada por la Copade, cuyos miembros serán designados por el Poder Ejecutivo provincial, con aprobación de la Legislatura".

La Unión Industrial Argentina (UIA) respaldó los reclamos de las provincias que cuestionaban -cuestionan-la decisión del PEN de extender la promoción a La Rioja, San Juan, Catamarca y San Luis y remarcó "la necesidad de considerar otras regiones postergadas que no cuentan con mecanismos similares", como las del nordeste (NEA) y noroeste (NOA). Desde la Unión Industrial del Chaco opinaron que "la discusión no debería centrarse en quitar a las provincias con promoción los incentivos que claramente necesitan sus ciudadanos, sino en ampliar la consideración a aquellas jamás beneficiadas por políticas diferenciales y urgentemente necesitadas de las mismas".

Funcionarios de Corrientes propusieron a los de Misiones, Chaco y Formosa llevar al PEN una posición unificada del NEA, porque los indicadores económicos de la región son "mucho peores que los de esas cuatro provincias beneficiadas".

La ley 13.656 de promoción industrial de la provincia de Buenos Aires busca estimular nuevas inversiones productivas, aumentar la capacidad y modernizar las empresas desburocratizando los trámites, con menos requisitos para las pequeñas y medianas empresas (pymes) y exenciones impositivas. En el 2010 contribuyó a que se sumaran 14 firmas y un nuevo agrupamiento fabril, que invirtieron 884 millones de pesos y recibieron 190 millones en beneficios fiscales por sus radicaciones. Por otra parte, para incrementar las radicaciones en el distrito bonaerense de Carmen de Patagones, el año último se ofrecieron terrenos en el "Sector industrial planificado", y en noviembre pasado exenciones tributarias municipales, provinciales y nacionales.

"El modelo de empleo público está agotado", descubrió Daniel Peralta, gobernador de Santa Cruz, al reglamentar una ley que promete ventajas para las empresas que se instalen en la provincia. Entre otras ventajas, se cederá el uso de tierras para industrias; otorgarán préstamos de fomento para las inversiones y facilidades para la locación de inmuebles del Estado, y entregarán aportes no reintegrables por el uso de puertos santacruceños.

Un dictamen sobre promoción industrial, que contempla un cupo fiscal regional y nacional que beneficiaría a todas las jurisdicciones provinciales, fue aprobado por la mayoría de los integrantes de un plenario de las comisiones de economía nacional e inversión; de presupuesto y hacienda; de justicia y asuntos penales; de coparticipación federal de impuestos, y de economías regionales, micro, pequeña y mediana empresa de la Cámara de Senadores de la Nación, con la oposición de los oficialistas y sus aliados.

 

Extensión de los beneficios por 15 años más

Por el decreto 699/10 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), el 20 de mayo pasado se amplió por 15 años más la promoción industrial para La Rioja, Catamarca, San Juan y San Luis, que exime de los pagos de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y de Ganancias a las empresas allí radicadas. La extensión de lo acordado por la ley 22021, que regía desde 1979 y culminaba en el 2012, se debió a que las autoridades se sintieron obligadas a adoptar "medidas adecuadas" para "no desmejorar las perspectivas tendientes a la recuperación y crecimiento económicos del país".

Aquellos beneficios serán los correspondientes al 2009 y no podrán exceder en ningún caso el 45%, para lo cual las empresas titulares de los proyectos tendrán que mantener la cantidad mínima de personal comprometido o el nivel de empleo promedio afectado a la actividad, en el caso de que éste fuera mayor durante el 2009.
Tanto para los proyectos industriales existentes como para los nuevos, habrá requerimientos de inversiones y empleos, como también límites a los beneficios obtenidos en función de la masa salarial.

Las disposiciones entrarían en vigencia y operatividad práctica cuando cada uno de los gobiernos provinciales involucrados formule su adhesión y suscriba el acuerdo correspondiente.

A cambio de ello las empresas promovidas deberán mantener el personal mínimo comprometido, fijado en el decreto provincial particular de concesión de los beneficios, o el nivel de empleo promedio efectivamente afectado a la actividad impulsada, en el caso de que éste fuera mayor durante el 2009. 

 

MIGUEL ÁNGEL FUKS

   
   
 
 
 
 
  Diario Río Negro
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