El Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), que es el único que rige a partir de la eliminación de las AFJP, determina que para el cálculo de la jubilación un trabajador debería considerar sus 10 últimos años de aporte, omitiendo el resto de su historia laboral. Esto implica que, si su mejor cargo en su carrera profesional no lo desempeñó en esos años, entonces no será reconocido en su jubilación.
Esto define que toda la población estará incluida en un sistema mancomunado, donde los trabajadores actuales financian a los jubilados presentes y, cuando los primeros se jubilen, los trabajadores de ese entonces financiarán su jubilación.
Es de destacar que en Argentina se sigue manteniendo una estructura fragmentada, ya que coexisten en el sistema diversas cajas: Sistema de Reparto Nacional, algunas cajas provinciales como la de la provincia de Buenos Aires, Santa Cruz y Neuquén, las cajas de Profesionales (de Ciencias Económicas, de Médicos, de Ingenieros, etcétera) y de las Fuerzas Armadas y Seguridad. De todas ellas, la de mayor peso por la cantidad de personas que involucra es la primera, y es la que integra el SIPA.
Para comenzar a realizar el trámite jubilatorio, la ley Nº 26.425 define que el trabajador deberá acreditar 30 años de aportes y tener 60 años de edad para el caso de las mujeres y 65 para el caso de los hombres. Pasados estos requisitos, se puede empezar a pensar cuál sería la jubilación que percibiría en los siguientes meses.
Para el cálculo de la jubilación ordinaria, en el caso de una persona que trabajó en relación de dependencia, la ley establece que se debería tomar el promedio del sueldo de los últimos 10 años, y a ese valor se le aplicaría el 1,5% por cada año de aporte. De modo que una persona que aportó durante 30 años, sea al sistema público o al privado, percibiría el 1,5% por cada uno de esos 30 años, aplicados al promedio de los últimos 10 años. A ello se le agregaría la prestación básica universal (PBU) que, según estimaciones privadas, rondaría hoy los 326 pesos.
Así, una persona que recibió un sueldo promedio de 2.000 pesos en los últimos 10 años de aporte, y que cumple con las condiciones para realizar el trámite de jubilación, cobraría alrededor de 900 pesos más 326 pesos de la PBU, o sea percibiría aproximadamente un total de 1.226 pesos (ver recuadro). A este número habría que ver si corresponde adicionar-le zona, asignaciones familiares u otros adicionales que podrían incorporarse al haber básico.
Para el cálculo del salario promedio no debe tenerse en cuenta el sueldo anual complementario y sólo se deben considerar los haberes sujetos a aportes y contribuciones actualizados y percibidos durante el período de 10 años inmediatamente anteriores a la cesación de servicios. El método de actualización está reglamentado por la Anses.
Por otro lado, este promedio no podría exceder el tope sujeto a aporte: al calcular los 10 años, la remuneración tope hasta marzo del 2007 es de 4.800 pesos y, en adelante, de 7.800 pesos.
(Redacción Central)