on el comienzo del 2010, ha entrado en vigencia una gran cantidad de normativas impositivas, predominando en ellas continuas medidas del fisco nacional tendientes a informatizar los trámites e incrementar la generación de registros, entre las cuales se destacan:
* Nuevo procedimiento para la solicitud del "Certificado de exención" de las entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias, el cual permitirá al contribuyente gestionarlo con mayor simplicidad y al fisco realizar una evaluación periódica del cumplimiento de los aspectos previstos en la normativa (reemplazo de la RG 1815/05 por la 2681/09).
* Reemplazo del régimen de información sobre operaciones de constitución, transferencia, cancelación o modificación de derechos reales sobre bienes muebles registrables (formulario manual 381 sustituido por el certificado de transferencia de automotores "CETA") y modificación del régimen de información vinculado con las operaciones de compraventa de vehículos automotores y/o motovehículos usados, realizados por habitualistas (reemplazo de la RG 3580/92 y modif. de la 2032/06 por la 2681/09).
* Ley 26.565, referida al Monotributo, con una profunda reforma del régimen. Recientemente ha sido prorrogado al 1/5/10 el régimen de retención de Ganancias e IVA para sujetos monotributistas (RG 2745/09).
* Sustitución del régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social correspondientes a "empresas constructoras", a fin de facilitar su aplicación, control y fiscalización (reemplazo de la RG 4052/95 por la 2682/09).
* Nuevo "Régimen de Información" a cargo de las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito para consumos superiores a $ 3.000 mensuales, entre otros (RG 2743/09).
* Nuevo procedimiento vía web para solicitar "certificados de exclusión" sobre determinadas ganancias e incorporación de un régimen de autorretención (modif. de la RG 830/00 por la 2703/09).
* A nivel provincial, publicación del nuevo Código Fiscal de la Provincia del Neuquén, previendo variaciones sustanciales tanto a nivel procedimental (consultas vinculantes, domicilio fiscal, sanciones, prescripción, recursos y bonificaciones) así como también en cada uno de sus impuestos (ley 2680 y dto. 2348/09).
Es destacable la decidida política del fisco nacional en cuanto a la generación e informatización de datos, cuestión clave que sin lugar a dudas le permitirá continuar sumando herramientas utilizables en su tarea de "fiscalizador".
Juan Cruz Tonelli (*)
consultorio@csbya.com.ar
(*) Contador.
Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.
www.csbya.com.ar