| | | | | | | | CONSULTOR IMPOSITIVO | | DGR NEUQUÉN DEVUELVE RETENCIONES INDEBIDAS | | | | | | | | desde julio del 2002 se encuentra vigente la resolución 376/02 de la Dirección Provincial de Rentas del Neuquén, mediante la cual se puso en funcionamiento un régimen de recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre las acreditaciones bancarias realizadas por contribuyentes de la provincia. Éste establece que serán las entidades financieras las que, en función de un padrón de contribuyentes elaborado mensualmente por la Dirección de Rentas, aplicarán las alícuotas correspondientes sobre las acreditaciones realizadas. Asimismo, las retenciones realizadas sobre contribuyentes puros y/o directos funcionan bajo un sistema denominado Siarquen, el cual ha ido incrementando notablemente su padrón y seguirá haciéndolo con el objetivo de facilitar y asegurar determinados niveles de recaudación.Esto ha conducido a que, en el afán de aumentar significativamente las nóminas, se incrementen los casos de sujetos erróneamente incorporados al padrón y retenidos indebidamente, para los cuales no existía un procedimiento preciso para su reclamo. Por ello la Dirección Provincial de Rentas ha salido a dar una respuesta a este inconveniente, aprobando a partir del 1 de julio pasado la resolución 176/09, mediante la cual se determinó el procedimiento a seguir por los contribuyentes directos que hubieran sufrido retenciones bancarias indebidas y deseen solicitar su devolución.Los contribuyentes afectados podrán iniciar su reclamo y/o consulta personalmente ante el Departamento de Agentes de Retención y Percepción (Misiones y Alcorta, 1º piso), por teléfono al 4496968 o vía e-mail a retenciones@dprneuquen. gov.ar o pdolci@dprneuquen.gov.ar.Será el Departamento de Agentes de Retención y Percepción de la Dirección de Rentas, a cargo del Cr. Alfredo Pérez Dolci, el encargado de analizar cada caso en particular y realizar mensualmente un “padrón de devoluciones”. Se recomienda que al momento de realizar el reclamo/consulta por las vías mencionadas se aporte la mayor cantidad de antecedentes a fin de facilitar su análisis, logrando así rápida resolución y en su caso devolución.Merece aclararse que las consultas y reclamos presentados o enviados por correo electrónico serán analizados y evacuados por el mismo medio, sin que su respuesta tenga un carácter vinculante.Sin duda que la medida tomada por el organismo recaudador apunta a darle un ordenamiento a estas situaciones de manera de poder dar respuesta a los sucesivos reclamos recibidos. Habrá que saber aprovechar esta nueva herramienta dispuesta para recuperar lo que es nuestro. Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar | | | | Cr. Juan Cruz Tonelliconsultorio@csbya.com.ar | | | | | | | | | | | | | | |