| | | | | | | | CONSULTOR IMPOSITIVO | | FORMULARIO 960: PAGáS, PEDÍS, GANÁS | | | | | | | | Con la publicación de la RG 2611/09 de la AFIP (BO 27/5/09) se ha aprobado el formulario 960 que deberá ser exhibido obligatoriamente a partir del 4/6/09 por todos los sujetos que realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales.Dicho formulario, a través de sus mensajes “Exija su factura”, “IVA y vuelta”, “Todas las semanas sortea un cero km” y “Pagás, pedís, ganás”, pretende difundir de forma adecuada y masiva entre los consumidores finales la existencia del programa denominado “IVA y vuelta” que fue aprobado por la RG 2583/09 (ex LOTERIVA).Se recuerda que dicho sistema se encuentra destinado a promover la participación de los ciudadanos en el control del cumplimiento de los deberes formales por parte de los responsables de los impuestos que se encuentran bajo la órbita de la AFIP, estableciendo un sistema de sorteos y premios sobre la base de los comprobantes recibidos por las operaciones de compra, de obras, locaciones y prestaciones de servicios efectuadas por las personas físicas.De esta manera se ha desplazado el viejo formulario 611 con sus conocidas leyendas “Espere, no se vaya sin su factura” y “Por su compra exija siempre tique o factura y recuerde que los únicos tiques válidos son los que tienen impreso el logotipo fiscal al pie del comprobante”.Se mantiene vigente la exigencia dispuesta en cuanto a la obligación de ubicar el formulario en un lugar visible y destacado próximo a aquel en que se realice el pago, debiendo en aquellos casos en que se utilicen varios puestos habilitados en una sola línea exhibir uno cada tres puestos de pago.Por último, el formulario podrá ser solicitado en la dependencia de AFIP en la cual el contribuyente se encuentre inscripto o bien podrá ser descargado desde la web (http://www.afip.gob.ar/formularios/archivos/pdf/F960.pdf) debiendo su impresión conservar los parámetros establecidos en cuanto a diseño, formato, medidas y colores.Habrá que esperar para evaluar si el impacto de estas medidas publicitarias logra posicionar el concurso, logrando una importante participación de los consumidores que permita lograr el objetivo deseado, controlar la emisión y registración de comprobantes (soporte básico para la determinación de los tributos).(*) Chinni, Seleme, Bugner y_ Asoc.www.csbya.com.ar | | | | Cr. Juan Cruz Tonelli (*) consultorio@csbya.com.ar | | | | | | | | | | | | | | |