| BUENOS AIRES.- No se atenuó la polémica desencadenada el 12 del actual, cuando la Cámara de Senadores de la Nación convirtió en ley el proyecto del Poder Ejecutivo que modificó la estructura de la Unidad de Información Financiera (UIF). Este organismo, con autarquía funcional y dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fue creado por la ley 25.246, a fines de 2000, que le asignó el control y la prevención de las operaciones de lavado de dinero (el ingreso al sistema financiero del proveniente de actividades ilícitas). Se originó, al parecer, ante un reclamo de los Estados Unidos para que la Argentina se comprometiera en esa lucha, tal vez por los escándalos del cartel de Juárez y los “negocios” en el país de la viuda de Pablo Escobar Gaviria, el asesinado narcotraficante de Medellín. “En la Argentina no existe voluntad política para combatir el lavado”, denunció Alicia López, durante 20 años funcionaria del Banco Central, hasta que solicitó una licencia para integrar otros 4 la UIF y presidirla. Advirtió, además, acerca de la falta de coordinación con los principales participantes del “andamiaje antilavado” y que sus facultades fueron acotadas por diferentes motivos, y no sólo presupuestarios. Tras renunciar a la UIF y al BCRA, exhortó al gobierno nacional a que tuviera “mayor participación en la prevención”. Originalmente, la UIF tuvo 13 miembros, pero Fernando de la Rúa decretó durante su presidencia que fueran 5, en 2001, con el argumento de la escasez de recursos e interrumpió el proceso de selección. Desde noviembre pasado, quedó a cargo de un director que no se alejó como los otros. Desde 2002 existe una Unidad Antilavado de la Superintendencia de Seguros de la Nación (UASSN) para recabar, recibir y analizar información “sensible” relativa al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, vinculada en especial con la UIF. El diputado Jorge Argüello (Frente para la Victoria), presentó en la Cámara baja, en mayo pasado, un proyecto de ley para incorporar aspectos requeridos por el Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI) y reformular el organigrama de la UIF (ver aparte). En el mismo ámbito, por entonces se creó una comisión de estudios con representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, de Economía y Producción y el citado de Justicia, así como el Banco Central, a la que luego se invitó a senadores. El tratamiento parlamentario fue impulsado por informes negativos generados por el GAFI. Sin la aprobación de todo el arco opositor, se dispuso finalmente que la UIF quedara conformada por un presidente y un vicepresidente designados por el Poder Ejecutivo Nacional, a propuesta de la cartera de Justicia, y un consejo asesor de 7 representantes del BCRA, la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Comisión Nacional de Valores, la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico, y los Ministerios de Economía y Producción, del Interior y de Justicia. El presidente puede decidir investigaciones reservadas sobre cuentas bancarias de particulares, sin autorización judicial previa, ya que en noviembre último se levantaron los secretos bancario y fiscal (éste, parcialmente, sólo ante denuncias de la propia AFIP). Esto mereció observaciones de quienes interpretaron que puede dar lugar a manipulaciones políticas con la información de los datos económicos de personas y empresas investigadas. En las designaciones, el PEN utilizará un mecanismo de consulta pública similar al que implementó para completar las vacantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En forma quizás deliberada, aquí se separó el tratamiento del lavado del correspondiente al terrorismo. Debe recordarse que tras los atentados en los Estados Unidos del 11 de setiembre de 2001, la resolución 1.373 del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas y el GAFI recomendaron que todos los Estados previnieran y reprimieran la financiación de actos terroristas; tipificaran como delito la provisión o recaudación intencional de fondos –directos e indirectos– para perpetrarlos y congelaran, sin dilación, los fondos y demás activos financieros o recursos económicos de las personas que los cometieran o intentaran cometerlos, participando en ellos y/o facilitando su comisión. Cuando Roberto Lavagna era ministro de Economía y Producción, en la gestión ya presidida por Néstor Carlos Kirchner, elaboró un proyecto específico que archivaron en la Casa Rosada. Tampoco avanzaron propuestas presentadas en el Congreso, donde sí fueron ratificadas las convenciones antiterroristas postergadas y se decidió profundizar la discusión de la problemática en el marco de la “Convención de la ONU sobre crimen organizado transnacional”, resguardándose los límites establecidos por el Tratado de Roma. Paralelamente, representantes de diferentes bloques coincidieron en no introducir reformas al Código Penal que no estuvieran debidamente explicitadas e informadas, por tener presente lo acaecido con la última modificación, en materia de prescripción y la llamada “secuela de juicio”. Mientras tanto los Estados Unidos, la Argentina, Brasil y Paraguay bautizaron “Tres más uno” el acuerdo para intercambiar informaciones acerca de actividades de carácter dudoso, como contrabando y lavado de dinero, y para financiar el terrorismo en la zona de la “Triple Frontera”, que incluye a Foz de Iguazú (Brasil), Puerto Iguazú (Argentina) y Ciudad del Este (Paraguay). Si bien la Cámara de Diputados ratificó las convenciones antiterroristas, postergó el debate de una ley específica. El PEN impulsó un proyecto para modificar el artículo 1º del Código Penal e incorporar los convenios vigentes para perseguir el lavado y modificar el 213 para introducir en el capítulo VI la financiación de actos de terrorismo. Propuso prisión de 8 a 20 años para quien “cooperare a la formación, financiación o mantenimiento de una asociación ilícita que ponga en peligro la vigencia de la Constitución” y provoque “la muerte o lesiones corporales a cualquier persona, con el fin último de intimidar a la población. También para quien tenga conocimiento de las maniobras”. Además, planteó incorporar al artículo 213 bis penas de 3 a 8 años para quienes participen en agrupaciones permanentes o transitorias (aunque no estén comprendidos en el artículo 210), “que persigan imponer ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor”. A todo esto, se busca reforzar la cooperación entre los Estados Unidos y la Argentina. El lunes 17, firmaron un acuerdo Lino Gutiérrez, embajador saliente de dicho país, y Alberto Abad, titular de la AFIP, para poner en marcha el “Programa de transparencia comercial” que, valiéndose de un software especial y de tecnología inteligente, permitirá a las respectivas aduanas intercambiar y cruzar informaciones para investigar y combatir el lavado de dinero en el tráfico de mercaderías. Recomendaciones fundamentales BUENOS AIRES.- En el marco de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (Ocde), los siete países más industrializados del mundo (G7) crearon, en 1989, el Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (Gafi). Buscaron que elaborara y promoviera medidas para combatir el ocultamiento del origen ilegal de productos de naturaleza criminal e impedir su utilización en actividades delictivas futuras y que afectaran a aquellas económicas lícitas. Los 29 países –entre ellos la Argentina– y dos organismos –la Comisión Europea y el Consejo de Cooperación del Golfo– que lo integraron se comprometieron a aceptar la disciplina de estar sujetos a una vigilancia multilateral y a evaluaciones mutuas. Como el Gafi recibió el mandato de elaborar normas para mejorar la cooperación internacional en esa materia, al año siguiente dio a conocer 40 recomendaciones que constituyeron el marco legal y el ámbito de aplicación e incluyeron hasta pautas para mejorar la asistencia mutua. La intención fue establecer un sistema de control eficaz, cuya aplicación fuera supervisada a través de un doble enfoque: un ejercicio anual de autoevaluación y un proceso más detallado según el cual cada miembro estuviera sujeto a un examen sobre el terreno. Además, el grupo debía realizar análisis de las disposiciones adoptadas para aplicar, si fuera preciso, medidas esenciales contra el blanqueo de marras. Entre 1990 y 1995, el organismo elaboró notas interpretativas para aclarar la aplicación de determinadas normas, algunas de las cuales fueron actualizadas tras revisarse las recomendaciones que sugerían cambios. En el 96, aquellas recomendaciones fueron actualizadas para afrontar los nuevos desafíos económicos y las innovaciones tecnológicas. Tres años después, se adoptó otra interpretación vinculada con los criterios informativos que las entidades financieras debían aplicar si sospechaban que los fondos provenían de actividades delictivas. En diciembre de 2001 se aprobaron 8 “recomendaciones especiales” y en junio de 2003 volvieron a revisarse las 40 originales, reemplazándolas por otras tantas nuevas. El Gafi aprobó una nueva metodología, en 2003, con la participación del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, que puso el acento en la prevención de las prácticas de lavado de activos. Desde entonces las instituciones y sujetos obligados a reportar están obligados a informar acerca de todas las operaciones sospechosas y estudiar las “transacciones complejas, insólitas, inusuales, significativas o fuera de los parámetros habituales, así como aquellas no significativas pero periódicas que no tengan un fundamento económico o legal evidente”. La necesidad de reforzar vínculos BUENOS AIRES.- El impulso del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) permitió sentar las bases de “políticas uniformes”, explicó Jorge Argüello, diputado nacional justicialista y presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, autor de la nueva ley de lavado de dinero a la que se incorporaron cambios reclamados no sólo por ese organismo sino también por el gobierno de los Estados Unidos. Persuadido de que “es responsabilidad de todos los países poner su mejor empeño en reforzar los vínculos para enfrentar delitos que desconocen fronteras”, el citado legislador recordó que, en su momento, la respuesta de la Nación a los compromisos asumidos se intentó encarar con la ley 25.246, sancionada por el Congreso en 2000. Luego, con el decreto 1.500 del Poder Ejecutivo Nacional de 2001, culminó el proceso de organización y puesta en funciones de la autoridad de aplicación de la ley, o sea la Unidad de Información Financiera (UIF). Entonces, la Argentina asumió el carácter de miembro pleno del Gafi, adhesión que la obliga a aplicar sus recomendaciones, adaptar disposiciones y hasta someterse a evaluaciones permanentes y mecanismos de control cruzados (ver aparte). Históricamente, las recomendaciones privilegiaban las políticas represivas destinadas a facilitar la persecución de delitos consumados, señaló Argüello. Por eso la ley 25.246 modificó los artículos 277, 278 y 279 del Código Penal. En materia de antilavado, se identificaron tres objetivos: privilegiar las políticas preventivas, cumplir con los estándares e instrumentos internacionales suscriptos y no imponer costos innecesarios a los actores de las actividades involucradas. En semejante problemática, confluyen la lucha contra el lavado de dinero, el narcotráfico, la corrupción, el crimen organizado y la evasión fiscal, como asimismo las intenciones de incorporar al circuito formal a vastos sectores marginales de la economía. Si bien gran parte del lavado proviene de delitos financieros o del narcotráfico, Argüello subrayó que incluye a los perpetrados por “las bandas de criminales que organizan secuestros planificados y necesitan recursos para cometerlos”. Por supuesto, mencionó que la Argentina fue víctima de dos atentados terroristas, aún no resueltos por la Justicia, ni siquiera en cuanto se refiere al financiamiento de la conexión local. El país fue aplazado nuevamente en la evaluación del Gafi del año pasado, por no ratificar las convenciones antiterroristas de Barbados y la Organización de las Naciones Unidas ni adecuar su legislación a los estándares internacionales. Entonces se remarcó, en especial, “la oponibilidad de los secretos a la autoridad de aplicación; la incorporación de nuevos sujetos obligados a informar; la eliminación de las excusas absolutorias, y la represión de las actividades que financian el terrorismo”. De cualquier manera. cuando la Argentina fue “aplazada” por el Gafi en el 2005 (ver aparte), diputados de diferentes bloques habían presentado un proyecto de modificación amplio de la ley. Durante años, el lavado fue tratado como una forma de encubrimiento, pero lamentablemente el delito organizado evolucionó y hubo como una delimitación de roles. Quien comete un delito muchas veces entrega lo producido a un tercero, no responsable del precedente y que puede quedar impune, por lo que para evitar semejante impunidad se planteó tipificar el autolavado. “Estamos en presencia de un tipo penal pluriofensivo, por ejemplo, en cuanto al orden socioeconómico o la salud de la economía nacional –alerto Argüello–. Por eso, consideramos preciso definir con precisión el bien jurídico protegido”. |