| BUENOS AIRES.- El delito de las marcas “truchas”, o sea las que imitan engañosamente las verdaderas, es el que más aumentó en el mundo durante los últimos años, como consecuencia de los avances tecnológicos y las comunicaciones, según el especialista Roberto Porcel, autor del “Manual de falsificación marcaria”. Las operaciones sumaron 540.000 millones de dólares en el 2005, conforme estimó la World Customs Organization. En un 70% se originarían en China y abarcarían principalmente cosméticos, medicamentos, juguetes, partes de vehículos y hasta autos de la ignota marca “Tayota”. En los Estados Unidos persiguen el flagelo fronteras adentro, con el FBI, y afuera consiguieron el apoyo de la Interpol, donde lo consideraron cercano al terrorismo, el narcotráfico y el lavado de dinero. En la Argentina, hace años lo vincularon con la inacción e incapacidad del Estado, pese a los reiterados anuncios de operativos para desbaratar las redes actuantes. La evasión impositiva que provoca aquí equivale para Porcel a casi el 5% del Producto Bruto Interno, sin calcular la influencia de los delitos conexos, que duplicaría el perjuicio. Entre estos últimos, se encuentran los provocados a los titulares de las marcas y los comerciantes que actúan legalmente. Otro abogado, Carlos Magnani, del estudio Clarke y Modet, aseveró que “sólo en la Argentina la venta de productos falsificados mueve anualmente 9.540 millones de pesos”. Sin embargo, hubo estimaciones locales de 16.000 millones, cantidad que llegaría a 30.000 millones con los delitos conexos, entre los que se encuentra el contrabando. La Cámara Industrial Argentina de la Indumentaria (CIAI), que en las pasadas dos décadas denunció a las autoridades prácticas de competencia desleal y ofreció su colaboración para coordinar acciones que pongan fin a las mismas, supuso que el 50% de las ventas del sector llegó a estar compuesto por mercaderías falsificadas. A su vez, y en idéntico sentido, la Cámara Argentina de Productos de Fonogramas y Videogramas (Capif) calculó el 53%, y Business Software Alliance (BSA) reveló que la tasa de piratería de software trepó al 77%. “Un poco en broma, en el sector decimos que una marca no llegó a la cima si no la falsifican”, dijeron en la Cámara de Grandes Marcas. Aún se recuerda que el impacto de ciertas actividades ilícitas en el país se estimó que llegaría a unos 23.536 millones de pesos en el 2003, de acuerdo con un estudio de la consultora IFPC para la Cámara Argentina de Comercio (CAC), comentado en este suplemento. El mismo señaló falsificaciones por 9.540 millones, en tanto los 13.996 millones restantes surgieron de productos robados, trabajo “en negro”, subfacturación de importaciones y contrabando. Históricamente, la mayor cantidad de mercaderías falsificadas llegaron de Asia y luego de Europa del Este, Africa y algunas naciones sudamericanas. En la Dirección General de Aduanas (DGA) precisaron los lugares donde se producen u originan las que aquejaron a la Argentina desde la pasada década “en forma más virulenta”, para lo cual describieron una “media luna de riesgo” que parte de Chile (Iquique) y abarca las fronteras de Bolivia y Paraguay (sobre todo Encarnación y Ciudad del Este) y llega a la zona franca de Montevideo (Uruguay). De cualquier manera, copias de originales son realizadas en forma clandestina en el país, y cada vez con mayor calidad y cuidado. En el caso de la indumentaria, en miles de talleres irregulares que ocupan a inmigrantes indocumentados y, en ocasiones, a sus hijos menores (por eso la Argentina y Bolivia intensificaron los trámites para atender la situación de dos millones de residentes nacidos en el Altiplano). Como se sabe, la mayor parte de esa gente trabaja interminables jornadas –de hasta 18 horas y más–, casi en condiciones de esclavitud, con un sistema de “cama caliente” y soportando el hacinamiento y la escasa y deplorable alimentación. No obstante, en ciertos sitios se encontraron máquinas bordadoras de marcas, importadas de Japón a un costo de 100.000 dólares cada una, con las que imitaban las tres tiras de “Adidas” y el cocodrilo de “Lacoste”. Pudo comprobarse que muchos de esos talleres cuentan con la protección o integran auténticas mafias que los preservan de controles, aunque para ello cometan actos violentos. Falsificaciones de todo tipo se venden en ferias mayoristas y minoristas, ubicadas en distintas zonas liberadas, principalmente del conurbano bonaerense. El “megacomplejo” conocido como “La Salada” abarca unas 20 hectáreas del partido de Lomas de Zamora y es el más grande del país, con unos 10.000 puestos, sobre todo dedicados a la venta de indumentaria, zapatillas, aparatos electrónicos, CD, DVD, relojes y perfumes. Hay quienes afirman que son mercaderías provenientes del contrabando, robos de “piratas del asfalto” y fábricas y talleres clandestinos que imitan las características de los productos originales y circulan versiones de que contarían con respaldo de funcionarios municipales, policías bonaerenses y hasta integrantes del Poder Judicial, aparte de los vecinos que allí trabajan. En ese increíble ámbito no faltaron enfrentamientos entre puesteros y de éstos, a su vez, con miembros de la fuerza de seguridad. Inspectores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) salieron heridos cuando en oportunidades pretendieron ingresar para efectuar controles sin custodia. Las ventas totales del “megacomplejo” superarían los 1.200 millones de pesos anuales y se concretarían en sus tres ferias “cerradas”: “Punta Mogotes” (cuyos 2.200 puestos son preferidos por los comerciantes debido a las mejores características de los productos), “Ocean” (mil) y “Urkupiña” (otros mil). Los demás puestos están en las “internadas”, en calles adyacentes acusadas por las “cerradas” de vender “baratijas”. Lunes y jueves –días en que funciona–, arriban para abastecerse clientes de casi todas las ciudades del país, en vehículos particulares y unos 200 micros y 100 combis. Esto explica por qué en las calles con mayor movimiento de esos lugares, se instalan puestos de venta ilegal callejera, en ocasiones desalojados mediante procedimientos más o menos espectaculares. En Buenos Aires, este año, habría menos en lugares fijos, de acuerdo con el relevamiento mensual efectuado por la CAC, y aún se recuerda cuando el Ejecutivo porteño envió a la Legislatura, en diciembre de 2005, un proyecto de ley para habilitar 790 puestos en 395 cuadras, rechazado por un centenar de dirigentes de cámaras y centros comerciales y de los sindicatos de Empleados de Comercio y de la Industria del Vestido y Afines. Las falsificaciones de las primeras marcas no sólo se encuentran en dichas ferias y puestos sino también en negocios, a veces bastante exclusivos, con el consiguiente impacto negativo para los legítimos fabricantes. Estas circunstancias podrían relacionarse con el hecho de que muchos habitantes de la Argentina siguieron siendo “marqueros”, a pesar de que perdieron capacidad adquisitiva. La artillería legal disponible no resulta suficiente BUENOS AIRES.- El artículo 172 del Código Penal alcanza a quien, de cualquier manera y forma, defraude los derechos establecidos por la ley 11.723 de propiedad intelectual, promulgada el 28 de setiembre de 1933. Reprime con prisión de un mes a 6 años a quien defraude a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño. Las ediciones ilícitas son consideradas casos especiales, para los que se prevé la misma pena y el secuestro de las mismas. Quien represente u ofrezca públicamente obras teatrales o literarias sin autorización o se atribuya indebidamente la calidad de autor, derechohabiente o la representación de quien tuviere los derechos, será sancionado con prisión de un mes a un año o multa. Con la modificación del código, las patentes y los derechos de autor se encuentran en mejor situación frente al problema de las denominaciones comerciales. El artículo señalado determina que la propiedad corresponde a los autores en vida y a sus herederos o derechohabientes durante 30 años más. Bajo el paraguas de la ley 11.723, luego se incluyeron la propiedad del software, de la música y del video. La ley 22.362 de marcas, promulgada el 2 de enero de 1981, reprime con prisión de 3 meses a 2 años y multas a quienes falsifiquen o imiten fraudulentamente la que esté registrada o una designación, la usen, pongan en venta o vendan, realicen las mismas actividades y hasta comercialicen productos o servicios con tales características. Establece el derecho de propiedad sobre marcas registradas para distinguir productos y servicios: una o más palabras con o sin contenido conceptual, dibujos, emblemas y monogramas, grabados, estampados, sellos, imágenes, bandas, envases y envoltorios y combinaciones de colores, letras y números aplicados en los mismos, incluso con un dibujo especial, las frases publicitarias, los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con los propósitos consignados. La defraudación de los derechos prevista por la ley 24.481 de patentes de invención y modelos de utilidad, modificada por la 24.572 promulgada el 22 de marzo de 1996, es penada con prisión de 6 meses a 3 años y multa. Lo mismo se aplica a quien, a sabiendas, produzca o haga producir uno o más objetos violando los derechos del titular de la patente o del modelo de utilidad. La ley 25.986, sancionada en el 2004, autoriza a la Dirección General de Aduanas a prohibir la importación o la exportación de mercaderías cuando verifique marcas falsificadas, copias piratas o que vulneren otros derechos de las propiedades intelectual o industrial. |