Abordar el tema de los victimarios nos remite inexorablemente, cuando de abuso y violación infantil se trata, a iniciar el recorrido repasando brevemente el lugar de las víctimas y las dificultades que se nos presentan.
Es ampliamente conocido que el más severo de los maltratos es el mal llamado abuso sexual infantil, que no debemos temer nominar como violación infantil, y que constituye sin lugar a dudas un delito penalizado por la ley. El abordaje del mismo suele centrarse en el diagnóstico del niño, niña o adolescente que se sospecha ha sido víctima de dicha agresión.
En este contexto me pareció interesante profundizar un poco en relación con los diagnósticos de abuso infantil y precisar algunas definiciones y contextos. Por ejemplo, la descripción clínica, si bien está relacionada con la legal, se enfoca al impacto traumático de las experiencias en el niño, niña o adolescente.
Estos impactos traumáticos dependerán de la comprensión y del significado que atribuya a los comportamientos abusivos, atributos que pueden modificarse durante el proceso evolutivo.
Lo importante es tener en cuenta que, aun en ausencia de efectos traumáticos observables, el niño, niña o adolescente debe ser protegido de futuros abusos (definición de Servicios de Protección Infantil) y que este tipo de comportamientos constituye un delito (definición de la Justicia Penal).
Existen tres características que definen los comportamientos abusivos: a) las diferencias de poder que conllevan posibilidad de controlar a la víctima física o emocionalmente; b) las diferencias de conocimientos que implican que la víctima no pueda comprender cabalmente el significado y las consecuencias potenciales de la actividad sexual, y c) la diferencia en las necesidades satisfechas: el agresor/a busca satisfacer sus propios impulsos sexuales.
Desequilibrio de poder
Éste implica que el agresor/a controla a la víctima y que el encuentro sexual no ha sido planeado ni realizado de manera consensuada. Este desequilibrio puede deberse a relaciones de parentesco, vínculos jerárquicos y de autoridad, a la diferencia de estatura, tamaño corporal y/o fuerza física que permiten que el agresor/a pueda manipular al niño, niña o adolescente mediante la intimidación y/o la coerción física y/o emocional, mediante sobornos, promesas o engaños.
Si una de las partes implicadas (el agresor/a) tiene conocimientos más avanzados acerca del significado y los alcances del comportamiento sexual, se pueden considerar abusivos los hechos investigados.
El mayor grado de conocimiento puede deberse a que, evolutivamente, está más desarrollado o a que es más inteligente que su víctima. Esta cuestión se presta a polémicas en cuanto al tope de edad que se establece para determinar que un niño o una niña haya sido victimizado/a, si éste tiene que ser diferente para ellos como para ellas. Es polémico también en cómo considerar los comportamientos sexuales entre una chica de 16 ó 17 años y un muchacho de 20 ó 21 (cuando se producen sin que mantengan una relación afectiva).
Sin embargo, no existen dudas cuando la persona involucrada en estos comportamientos tiene algún tipo de retraso madurativo o de minusvalía física o emocional. En estos casos no importa si la víctima tiene la misma edad o si es mayor que el agresor/a.
Diferencia en las necesidades satisfechas
Es sabido que en los casos de abusos sexuales a niños, niñas o adolescentes, el objetivo de los comportamientos no es la gratificación sexual mutua. Lo habitual es que el agresor/a esté satisfaciendo exclusivamente sus propias necesidades sexuales. Esta gratificación diferencial ocurre más allá de que el agresor/a consiga excitar sexualmente a la víctima.
Al ser el agresor/a más poderoso/a que el niño/a puede imponer comportamientos sexuales que pueden resultar dolorosos, intrusivos o abrumadores. Puede además, para que no se resista, ya que éste carece de conocimientos suficientes sobre las implicancias sociales y personales que tiene involucrarse en este tipo de acercamientos, lo que determina la incapacidad del niño/a para consentir dichas conductas.
Por otro lado, más allá de los comportamientos y formas en que se manifieste un abuso o violación sexual, el objetivo central es la gratificación del agresor/a, principalmente en relación con el placer que le produce el sometimiento, que va más allá de la gratificación sexual genital.
En este punto podemos adentrarnos en la figura del agresor, que como sabemos no está aún tipificada y que resulta muy difícil de delinear de modo taxativo.
Me permito un breve paréntesis para insistir en la idea de comenzar a llamar a las cosas por su nombre siguiendo el planteo que nos hizo la Dra. Eva Giberti: "Para la organización patriarcal propia de la canónica del Derecho, abuso sexual es aliviante respecto de violación. Siempre permite la aparición de la tangente que sostiene: ´No se puede hablar de violación porque la penetración en esa niña de siete años no fue total; el ingreso peneano no trascendió la zona vulvar donde se produjo la emisión espermática´.
La tangente siempre se diseña en favor del violador, de modo tal que pueda eludirse la palabra violación acompañada en el imaginario social por la figura del victimario. De ese modo se pueden deconstruir las premisas ideológicas de quienes escuchan que no ignoran quiénes violan pero que ideológicamente eligen no reconocer. Así se recurre a la expresión abuso sexual internacional e hipócritamente avalada. Complemento del agotamiento al hablar del abuso surge el mito del abusador abusado".
Aquí nos adentraríamos en un terreno peligroso y continúo citando a la Dra. Giberti: "Se pretende fundar una política que alivie la responsabilidad de quien delinque contra niños y niñas. Carece de toda ingenuidad recurrir a la tesis de la repetición compulsiva, que practicaría el violador, asociándola a la postura de la mímesis, es decir, de la imitación que describió Girard en su planteo del chivo expiatorio, apuntando a una imitación recíproca: el abusador/violador estaría convirtiéndose en el doble de quien lo victimizara, es decir, se busca crear la cadena en la cual ese sujeto sería sólo un eslabón repetido y repitente de la cadena en la cual está fatalmente inmerso. A él lo violaron, luego él violará, incluyéndolo de ese modo dentro del circuito determinístico".
Éste es un camino resbaladizo, es cierto que los abusadores han sido niños abusados, probablemente sí, pero eso no significa que no son delincuentes y que tienen plena conciencia de sus actos y por lo tanto merecen su castigo en prisión.
No podemos siquiera pensar en utilizar esto como atenuante, sí nos debe llamar a la reflexión respecto de cómo proceder cuando se detecta una situación de abuso infantil, qué se debe hacer, cómo se debe intervenir, cómo tratar las secuelas postraumáticas. Debemos tener bien en claro que siempre deja secuelas y que no podemos predecir la gravedad de las mismas.
No podemos decir que todo niño o niña victimizado/a será un futuro victimizador/a, no se puede simplificar de esta manera una temática sumamente compleja. Ésta es una idea que tortura a muchos padres y madres de niños que han sido víctimas. La pregunta aparece siempre, ¿será luego él o ella un victimario/a? No es algo inexorable, inevitable, determinado? de ninguna manera, lo que sí resulta sumamente importante es cómo se interviene con ellos, qué tipo de tratamiento se implementa.
Muchas veces hemos escuchado: es chiquito, se va a olvidar, seguramente no se acuerda, cómo puede saber si "no entiende". Nada más alejado de la realidad, en esto debemos ser muy claros, no hay manera que no deje huella, sí podemos decir que lo que se haga después determinará el tipo de daño que dejará. El tratamiento del abuso infantil involucra a toda la familia, a los adultos protectores y está ligado al castigo al agresor, fundamental para la normal evolución del tratamiento.
Si debiéramos describir características que hemos hallado durante todos estos años de tarea, en los que nos hemos encontrado con muchos agresores de niños/as, cara a cara, tanto durante el proceso de evaluación de los pequeños/as, como de ellos mismos, o durante el proceso de juicio oral, nada define mejor que el título de esta ponencia, al que le agregaría la palabra complejas, es decir las complejas máscaras del abusador. La idea de máscara, doble cara, doble fachada, está siempre presente. Lejos está de la idea de un sujeto aberrante, monstruoso, deformado, que asusta cuando se lo ve; todo lo contrario, se trata de un señor o señora que tiene el mejor concepto en el vecindario, buen profesional, comerciante o lo que sea a lo que se dedique, amable, simpático, siempre bien dispuesto, incluso durante el proceso en el que se lo está investigando. Cuántos errores se han cometido por esta mascarada, cuántos niños y niñas han sido victimizados una y otra vez porque los funcionarios e incluso los colegas no podían creer que un señor tan "buen padre" fuera capaz de semejante barbaridad. (Ver aparte)
Si nos adentramos en una evaluación más profunda de personalidad de los agresores, allí también nos encontramos con dificultades, debemos hilar muy fino para descubrir los indicios en las técnicas.
Preponderantemente hemos visto signos de inmadurez psicosexual, es decir sexualidad infantil, rasgos perversos y muchas características psicopáticas, pero generalmente en una estructura de base neurótica, que cuando la evaluación es analizada por profesionales sin la suficiente experiencia o influenciados por la doble cara, puede llevar a resultados nefastos para las víctimas. Lamentablemente hemos tenido varias experiencias de este tipo, incluso recuerdo haber presenciado, como perito de parte, una toma pericial en sede judicial que jamás olvidaré por lo inconsistente de la misma y con resultados absurdos, que obviamente objetamos y que aún está en trámites.
Para describir un poco más al agresor, debemos recorrer los aspectos de la psicopatía que consideramos se encuentran en los abusadores de niños/as.
Sabemos que los psicópatas se caracterizan básicamente por su desprecio hacia las normas establecidas por la sociedad. Carentes de principios morales, sólo valoran a las demás personas en la medida en que puedan serles de alguna utilidad práctica, de modo que no tienen reparo alguno en atropellar los derechos ajenos cuando éstos representan un obstáculo para el logro de sus propósitos.
Su falta de sentimientos de culpa se traduce en todo tipo de justificaciones para sus actos, de modo que el psicópata se muestra a sí mismo como incomprendido o víctima de la sociedad, guiándose siempre por sus propias reglas y no admitiendo nunca el menor remordimiento o vergüenza por sus atropellos. Son depredadores infrenables e imposibles de tratar en quienes la violencia es planeada, decidida y carente de emociones.
Cleckley enumera los siguientes rasgos característicos de las personalidades psicopáticas: atracción superficial; ausencia de ansiedad neurótica; ausencia de trastornos del juicio; irresponsabilidad; conducta antisocial habitual, inadecuadamente motivada; buena inteligencia; falta de remordimiento y vergüenza; incapacidad para amar; incapacidad de aprender con la experiencia; falta de autocrítica; reacción desproporcionada o fantástica al alcohol; pobreza de reacciones afectivas; fracasos frecuentes e inexplicables y, por último, falta de sinceridad. En resumen, el psicópata tiene poca capacidad para adaptarse satisfactoriamente al medio ambiente, es voluble, egocéntrico, muestra un predominio de las tendencias instintivas y una deficiente disposición para amar.
Los tipos psicopáticos formulados por K. Schneider, autor que con más rigor ha descrito los rasgos de las personalidades psicopáticas, define una serie de grupos. Todos éstos se presentan no sólo en diferentes grados de intensidad, sino también en todas sus combinaciones. Dentro de estos grupos destacamos los que hemos hallado de modo recurrente en los violadores de niños, niñas y adolescentes:
* Psicópatas explosivos. Son aquellas personas que ante el motivo más insignificante montan en cólera y pierden el autocontrol. Cualquier palabra los ofende, determinando inmediatamente una respuesta insultante o agresiva. Fuera de estas reacciones, tales individuos son casi siempre tranquilos y dóciles. Con frecuencia muestran una gran sensibilidad al alcohol, desencadenándose con facilidad reacciones explosivas y violentas.
* Psicópatas desalmados. Con este nombre se designan las personalidades psicopáticas caracterizadas por un embotamiento afectivo. Son individuos que carecen de sentimientos de compasión, vergüenza, arrepentimiento y conciencia moral. Conocen perfectamente las normas morales, pero no subordinan a ellas su conducta. La frialdad de sentimientos se manifiesta tempranamente, siendo frecuentes en la infancia la inadaptabilidad escolar, el precoz despertar de la sexualidad (que podríamos asociar a victimizaciones sufridas) e incluso la comisión de delitos, ya de modo solitario o en grupos junto con otros sujetos asociales. Tienen extraordinaria importancia social estos psicópatas por su acentuada peligrosidad, dando lugar a todo tipo de delitos, desde crímenes brutales hasta atentados contra la propiedad.
Respecto de la responsabilidad (v.), la tendencia actual es considerar a los psicópatas imputables y, por tanto, sujetos a sanción penal, sin tener en cuenta para nada su psicopatía, ya que tales personalidades poseen la facultad necesaria para conocer la punibilidad del hecho y para actuar con arreglo a este conocimiento, aunque los motivos de su actuación radiquen más en el temor al castigo y en el egoísmo que en verdaderos valores morales.
En todo lo que venimos desarrollando se desprende inevitablemente la repetición compulsiva del delito, es decir la imposibilidad del tratamiento de estos delincuentes. En este contexto, la posibilidad de la creación de la base de datos genéticos, creada por ley en nuestra provincia -que incluirá y cito textual "los resultados de los estudios genéticos realizados en todas las investigaciones penales, especialmente, en las que se investiguen delitos contra la vida, la integridad sexual, la identidad o la libertad de las personas"- podría convertirse en una herramienta de suma utilidad a la hora de realizar investigaciones.
La información de esta base de datos será secreta y solamente se encontrará disponible para jueces, fiscales y defensores intervinientes en relación con las causas en que se encuentren investigando, a los fines de que los tengan como prueba y puedan cotejarlos con otros datos.
Por otra parte, la ley instituye la creación del Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual, en la órbita del Ministerio de Justicia provincial, que almacenará los datos personales de todos los condenados por delitos sexuales que se encuentren con sentencia judicial firme.
Me gustaría detenerme un instante en este punto. Es sumamente importante que esto se implemente, pero no podemos perder de vista algunas cuestiones: muchas situaciones de violaciones de niños, niñas y adolescentes no dejan elementos que permitan ser incluidos en una base de estas características, es decir no hay fluidos u otros elementos para ser registrados, sólo hay dolor y vidas de niños y niñas truncadas en su desarrollo, ¿cómo podríamos registrarlos?
Lo que sí me parecería un avance, y debo decir que hace mucho tiempo que desde nuestra institución lo venimos pensando, es el registro con nombre y apellido y todo dato filiatorio posible de los sentenciados por estos delitos, pero considero que debería ser de pública consulta no sólo accesible a determinados actores, ya que, de existir, podríamos haber evitado un sinnúmero de casos y nos consta desde nuestra práctica. Desconozco cuáles serían los impedimentos legales para que esto fuera así pero, si los hubiera, sería tarea de nuestros legisladores poder allanarlos, creo que los niños, niñas y adolescentes lo merecen.
MARIA BEATRIZ MULLER
(*) Presidenta del Comité Organizador del II Congreso Internacional Violencia, Maltrato y Abuso, realizado el 12, 13, 14 y 15 de noviembre de 2009 en Buenos Aires. http://www.congresoviolencia.com/ info@congresoviolencia.com