La ley 26150 -"Programa de Educación Sexual Integral"-, publicada en el Boletín Oficial de octubre del 2006, establece que todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal.
Se crea entonces el Programa Nacional de Educación Sexual Integral en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con la finalidad de cumplir en los establecimientos educativos referidos en el artículo 1 las disposiciones específicas de las leyes 25673, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; 23849, de Ratificación de la Convención de los Derechos del Niño; 23179, de Ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que cuenta con rango constitucional; 26061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y las leyes generales de educación de la Nación. La norma entiende como educación sexual integral la que articula aspectos bio-psico-sociales, científicos, afectivos y éticos.
Apunta a incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas, asegurando la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados, promoviendo actitudes responsables ante la sexualidad, que sean efectivos para prevenir los problemas relacionados con la salud sexual y reproductiva y que instalen desde el primer momento la igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.