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  Martes 09 de Febrero de 2010  
  Edicion impresa pag. 20 »  
  La ejecución penal en Neuquén  
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En la edición del 29 de diciembre de 2008 se nos informaba por este diario sobre la inminente creación del Servicio Penitenciario de la provincia del Neuquén, noticia que se reiteró en la página 17 de la más cercana edición del sábado 23 de enero del año en curso, plausible medida de gobierno que separará dos diversas funciones del Estado que actualmente se concentran en un solo órgano: la Policía de la provincia del Neuquén, dentro de la cual los agentes de aquel cuadro conforman -desde hace algunos años- un escalafón diferenciado.

Ello no sólo permitirá que la Policía neuquina se aboque al exclusivo cumplimiento de sus funciones -por las que, por otra parte, acudieron a sus filas quienes la integran- sino que también permitirá que la custodia y el tratamiento de quienes se encuentran privados de su libertad ambulatoria los cumplan aquellos que, habiendo elegido esa labor, reciban la correspondiente formación y capacitación para ello, sin contar la disponibilidad y adecuación a ese menester de los diversos recursos humanos y materiales a su alcance, lo que posibilitará, por fin, la adopción de una específica política de Estado para con tal sensible cuestión.

Se seguiría así no sólo el modelo nacional sino también el imperante en otros estados provinciales argentinos: Buenos Aires y Córdoba, por citar algunos ejemplos.

Sin embargo, en el último bagaje de noticias mencionado se agrega una información no menor: que el paquete de propuestas que enviará el Poder Ejecutivo al Poder Legislativo incluye la creación de la figura del juez de Ejecución Penal.

Nos esperanza la materialización de tal decisión política por parte del gobierno local que, de obviarse, puede llegar a no obtener la eficacia deseada con la puesta en marcha del nuevo cuerpo penitenciario si no se acompaña tal medida desde la organización y el despliegue -funcional y territorial- del Poder Judicial de la provincia del Neuquén.

Me refiero en concreto a la imperiosa necesidad de contar de una vez por todas con la figura del juez de Ejecución Penal, modelo también existente no sólo a nivel nacional -con diversas variantes según se trate del área metropolitana o del interior del país- sino también en otros estados provinciales: un auspicioso dato cercano nos acompaña al leer en la edición del miércoles 3 de febrero último que se ha puesto en marcha el primer juzgado de Ejecución Penal en territorio rionegrino.

El "de una vez por todas" no es caprichoso, puesto que me consta que fue un reclamo efectuado -en forma individual y también agrupada- por muchos de los integrantes, actuales y pasados, de esa expresión del Poder del Estado y que, incomprensiblemente, no fue concretado durante la vorágine de creación de cargos y funciones vivida en el mismo durante el 2004 y el 2005.

Ello, más allá de la importancia que adquiere la especificidad funcional en la materia, no sólo permitirá una adecuada articulación entre las tareas y labores concurrentes de los poderes Judicial y Ejecutivo, que redundará en un mejor y más eficiente servicio, sino que también permitirá al justiciable -en este caso privado de su libertad ambulatoria- un mejor diálogo con ese Estado que tiene la misión no sólo de custodiarlo sino también de darle las herramientas para que pueda reinsertarse adecuadamente en el cuerpo social al que pertenece.

Recordemos también lo importante de su misión no sólo para el caso de las personas detenidas sino también para con aquellas a las que se les haya impuesto alguna medida de seguridad, así como también regla de conducta al ser condenados sin restricción de libertad ambulatoria, del mismo modo que para quienes hayan optado por el camino de la suspensión del proceso a prueba.

Indudablemente, todo ello descomprimirá la labor de las cámaras de juicio y los juzgados correccionales, puesto que sus integrantes podrán ocuparse de manera completa y exclusiva de la función jurisdiccional que les compete e idéntica consecuencia se verá para con los juzgados de Instrucción en el caso de la "probation".

De más está decir que tal organización judicial deberá ir necesariamente acompañada por una adecuación en las estructuras de los ministerios públicos: el fiscal y el de la defensa oficial, en todos los casos con una armónica conformación -centralizada o regionalizada, según se opte-.

En estos momentos la Legislatura provincial neuquina tiene también en sus manos la posibilidad de modificación del código de procedimientos respectivo, tal como se ha hecho saber por los distintos medios periodísticos, por lo que aparece como el momento justo para incorporar y hacer operativo todo lo acá propuesto, para lo cual sería bueno que este cuerpo del Estado también tomara contacto con los distintos operadores del sistema (de las otras expresiones públicas), del mismo modo que con las organizaciones no gubernamentales de incumbencia para con la problemática específica.

La aparición en la vida político-institucional de la provincia de este magistrado y de estos funcionarios de los ministerios públicos, así como también del cuerpo penitenciario específico, ayudará a achicar, sin duda, la brecha existente entre la Constitución material y la Constitución formal en lo atinente al derecho y la consecuente garantía de la adecuada ejecución penal, elemento integrante del debido proceso legal en materia penal, al que, en punto a ello, se refieren los artículos 18 in fine de la Constitución nacional y 70 y 71 de la Constitución de la provincia del Neuquén, cuyo texto en la ley mayor federal me permito transcribir y recordar para una mejor comprensión de todo lo expuesto: "Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice".

ARMANDO MARIO MARQUEZ

(*) Abogado. Corresponsal en Río Negro y Neuquén de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional


ARMANDO MARIO MARQUEZ

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Nos dejo su opinión
09/02/2010, 12:31:04 Reportar Exceso
Forseti
Para lograr su reinserción en la sociedad, los presos deben ser sometidos a un riguroso sistema disciplinario con educación y trabajo. Deben entender que las cárceles no son hoteles vip y que ellos no están allí porque fueron invitados, sino que están para cumplir una condena por la acción y el daño social que cometieron. Todos debemos ser responsables de nuestros actos y asumir las consecuencias cuando violamos el orden de convivencia social preestablecido. De lo contrario, si el sistema sigue como hasta ahora, con muchos proyectos y mucha cháchara, los delincuentes seguirán saliendo de las cárceles para seguir delinquiendo. El porcentaje de los que realmente se enmiendan es ínfimo.
09/02/2010, 12:30:27 Reportar Exceso
Forseti
Ya era hora que se creara de una vez por todas el servicio penitenciario provincial. Hace más de 10 años que están dando vueltas con eso. Hay que sacarle esta pesada carga a la policía que además no se la capacita para esa delicada tarea. Se los prepara para capturar al delincuente y después encima tienen que cuidarlo. Cosa insólita e incomprensible.
09/02/2010, 07:38:22 Reportar Exceso
Hetitor
Claro, crean cárceles y no tienen quién las custodie... Neuquén Avanza.. hacia el caos.
 
 
 
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