Poder observar detenidamente la tumba del faraón, sus objetos precisos, es palpitar con asombro un tesoro intacto apenas develado, que todavía guarda enormes secretos por descubrir.
El reciente Vaudeville del verano, protagonizado por el ex presidente del BCRA, la oposición y el matrimonio gobernante, sirvió no sólo para darle cierto encauzamiento institucional al conflicto -lo que en otras épocas no hubiese sucedido- sino además para traer a debate una cuestión pendiente que resulta esencial para ensayar un futuro promisorio como Nación. El debate sobre la deuda externa argentina.
No olvido que desde estas páginas he ponderado la profesionalidad de la reestructuración de la deuda en default, pero tampoco que nunca hemos abordado con seriedad la circunstancias sobre su origen, sencillamente porque la información plena y veraz para ello no ha sido debidamente evaluada. La información es hoy un estándar que debe regir todas las relaciones humanas, más aún las económicas, las legales y por supuesto las políticas.
El debate que propongo no es el de pagar o no la deuda, ya que se trataría de un reduccionismo primitivo que no lograría la síntesis necesaria de un país con más institucionalidad, más soberanía y un claro proyecto de desarrollo. Es imposible abordar el tema sin considerar 18 años de instrucción en la causa tramitada en el Juzgado Federal Número 2 del juez Ballesteros, quien en el 2000 dictó una resolución sobreseyendo por prescripción de la acción al entonces ministro de Economía Martínez de Hoz. De esa causa se extraen asombrosas conclusiones, luego de producida amplísima prueba con más de 30 pericias.
La investigación toma como ancla el avenimiento de la Junta Militar y desgrana cómo gran parte de la deuda fue tomada por empresas privadas extranjeras residentes en nuestro país. En 1982, el presidente del BCRA Domingo Cavallo decidió estatizar esa deuda en dólares, asumiendo la misma hacia el BCRA. Algunas de esas firmas ingresaban divisas al país para aumentar capital a través de préstamos de bancos extranjeros en los que tenían depositados fondos por montos muy superiores a los prestados. En realidad se trataba de autopréstamos o créditos ficticios que luego terminó absorbiendo el Estado argentino.
Se dice en el fallo que durante la dictadura militar el BCRA llevaba una contabilidad doble (una legal y otra ilegal ) y que no existían registros contables fehacientes de la evolución de la deuda pública. Que durante varios ejercicios el BCRA confeccionó balances falsos y que la formación de la deuda externa argentina fue administrada por un comité de bancos acreedores encabezados por el Citibank y el JP Morgan, situaciones de las que no era ajeno el FMI.
Se dice también en el fallo que ya en 1989 la deuda externa había sido prácticamente pagada por la Argentina. En la etapa democrática, el ex presidente Alfonsín la renegoció por ley del Congreso en 1987. Advierto que aquella decisión fue lapidaria para el país, siendo un principio de derecho constitucional repudiar deuda contraída sin aprobación legislativa, cuyo precedente fue el límite impuesto por el Parlamento británico al rey Juan sin Tierra en 1215. Un ministro de Economía que duró pocos meses en el gobierno de Alfonsín -Bernardo Grinspun- auditó cerca del 50% de aquella deuda originaria, determinando que casi su totalidad era ilegítima.
Sin embargo las renegociaciones continuaron sumando intereses y comisiones bancarias. Durante la era Menem-Cavallo este proceso se aceleró. Recordemos que en la convertibilidad estaba prohibido emitir un peso, lo cual el BCRA sólo podía hacer si compraba un dólar. El déficit de cuenta corriente, acelerado por las cancelaciones anuales de deuda, se afrontó con la venta de las empresas públicas que fueron pagadas con parte de los títulos emitidos por la Argentina para abonar la primitiva deuda externa asumida por la Junta Militar. Además se requirió nuevo endeudamiento externo para solventar los déficits públicos, lo cual fue tolerado y auditado en forma permanente por el FMI, aun advirtiendo la inconsistencia del plan en orden a "las relaciones carnales " que la Argentina mantenía con los EE. UU. El dólar barato les permitía, por otra parte, a las empresas monopólicas y oligopólicas remitir al exterior, sin control de cambios por el BCRA, cuantiosas utilidades medidas en dólares. La convertibilidad debía mantenerse con refinanciaciones, endeudamiento e ingreso especulativo de capitales, con lo que obtenía fácil rentabilidad en dólares por los altos intereses a través del sistema financiero (el Estado era además el principal tomador de deuda interna) y remisión al exterior de las ganancias en corto plazo.
Después, durante el gobierno de la Alianza, a través del ministro Machinea y ante el colapso evidente del esquema, se instrumentó el blindaje. Se trataba de una operación financiera de casi 40.000 millones de dólares en la que el FMI aportó u$s 12.449 millones, algo el Banco Mundial, España y el resto fueron refinanciaciones. Quien coordinó la operación fue casualmente el actual secretario del Tesoro de los Estados Unidos, Timothy Geither, por aquel entonces subsecretario del organismo en el gobierno de Bush y luego director del FMI.
Según la comisión investigadora de fuga de capitales del Congreso nacional, ese dinero fue remitido casi en su totalidad por bancos y empresas privadas días antes del default. Una oficina de evaluación independiente del Fondo estableció -años después- que el organismo sabía que ese dinero llegaba al país y luego era fugado, lo cual convalidó aun estando prohibido por su carta constitutiva.
Luego el ministro Cavallo, ya en la etapa final de la caída, instrumentó el megacanje de bonos próximos a vencer por títulos nuevos al 17% anual en dólares, incrementando la deuda externa en u$s 55.000 millones. Los encargados del megacanje fueron tres de los bancos acreedores del país que percibieron altas comisiones. Semanas después se lanzó por decreto otra reestructuración de los mismos bonos sustituidos por el megacanje, operaciones que a la fecha se debaten en una causa penal por administración fraudulenta.
Luego del default y la derogación de la ley de subversión económica dispuesta por Duhalde -rechazada por la actual presidenta como senadora por Santa Cruz y habilitando la mayoría la senadora por Río Negro- se consolida la impunidad de la fuga de capitales que arrasó con ahorros de argentinos y el préstamo del FMI luego abonado por el ex presidente Kirchner en el 2005.
Ecuador ha resuelto, mediante una comisión independiente del Congreso, repudiar su deuda ilegítima; se debate en el Congreso español una ley marco que contempla estas situaciones, al igual que en los EE. UU. existe media sanción de la Cámara de Representantes del 2008 sobre una ley de auditoría y perdón de deuda ilegítima a países pobres.
La ex ministra de Economía Felisa Miceli (aun después del canje) dijo en el 2006 que la deuda era una carga muy pesada y los hechos de enero nos están demostrando que se trata de una realidad. Ante el déficit fiscal existente (subproducto no sólo del gasto público sino de las cancelaciones de deuda rigurosas del matrimonio gobernante) y la sobrevaluación cambiaria, parece que nuevamente se nos quiere colocar en una nueva etapa de endeudamiento externo.
Salir a los mercados se nos dice, cuando en realidad hemos demostrado en estos años -igual que Japón y Corea en la posguerra y China en la actualidad- que se puede crecer al 9% sin endeudamiento externo. Pero con orden fiscal, tipo de cambio equilibrado para nuestras exportaciones y sistemas productivos, exportadores y crediticios realmente democráticos.
Repensar el tema de la deuda ilegítima sobre la base del acto jurídico nulo y fraudulento no es una quimera y menos aún "un pensamiento mágico" cargado de voluntarismo, sino una categoría jurídica actualmente en pleno desarrollo teórico en el mundo. Pagar las deudas legales sí, aceptar las estafas no es digno de una nación con instituciones serias y seguridad jurídica. Y a no temer por las inversiones, ya que las verdaderamente serias, las que nos sirven, buscan rentabilidad por sobre todo, tipos de cambio de equilibrio, políticas de largo plazo y sistemas de justicia razonables, cuestiones todavía ausentes en nuestra realidad nacional.
DARÍO TROPEANO
(*) Abogado. Docente de la UNC