La Cámara Laboral confirmó el despido "con causa" (sin derecho a indemnización) de un trabajador que, en el marco de una discusión con un compañero, reaccionó pateando un balde con lavandina que dañó los ojos de su ocasional contendiente.
La discusión se habría originado en una actitud xenófoba de uno de los empleados porque -según consigna el fallo- habría "sospechas de que este último agredió al actor en otras ocasiones, y hasta tal vez en esta situación, por cuestiones de nacionalidad", ya que se trataba de un trabajador extranjero.
Ambos trabajaban en la empresa Franquicias Argentinas S.A.
Los camaristas Ricardo Guibourg y Elsa Porta dieron por probado que "como consecuencia de un intercambio de palabras, (el despedido) pateó un balde que contenía lavandina y esa acción provocó a (el otro empleado) lesiones en los ojos".
"No existen discrepancias en que existió un incidente en el que participaron el actor y otro dependiente y que en esa ocasión (el despedido) dio un puntapié a un balde y, de ese modo, salpicó en la cara con lavandina", ratificaron.
El cesanteado "respondió por medio de una vía de hecho a una agresión verbal y, por lo tanto, existió un exceso en la defensa. La demandada acredita la justa causa invocada para despedir", sostiene el fallo.
DYN