CIPOLLETTI (AC).- Los vehículos utilizados para brindar el servicio de delivery de productos alimenticios de hasta 10 kilos, tendrán que estar habilitados este año y cumplir con varias exigencias para evitar multas. Próximamente el Departamento de Industria y Comercio del municipio abrirá el registro correspondiente, informaron ayer.
Esta nueva reglamentación se enmarca en los códigos de Comercio, Tránsito y Faltas, aprobados por ordenanza el año pasado.
"Para poder ser habilitados, los vehículos livianos -motos, furgonetas o autos de pequeño porte- tendrán que cumplir una serie de reglamentaciones destinadas a la conservación e higiene de los alimentos transportados", recordaron ayer.
Tendrán que contar con cajón térmico, hermético y revestido totalmente en su interior con material liso de fácil limpieza y que impida la acumulación de sustancias grasas o antihigiénicas. A la vez, se deberá asegurar la conservación del producto mediante el mantenimiento de la temperatura requerida, "60 grados para productos calientes y menos de 8 para los fríos".
"El lugar destinado al transporte deberá estar independizado del resto del vehículo, sin que se permita la presencia de otros elementos", agregaron desde el municipio.
A los conductores de los vehículos se les exigirá además poseer la licencia de conductor categoría "A", tarjeta verde, seguro obligatorio, como así también el uso del casco obligatorio y de indumentaria fluorescente durante la noche o días de visibilidad reducida.
"En cuanto al vehículo, no podrá faltar la chapa patente legible, luces, escape y espejos retrovisores reglamentarios", precisaron. Deberán tener la identificación de la empresa para la cual prestan el servicio.