Viernes 22 de Enero de 2010 Edicion impresa pag. 38 > Policiales y Judiciales
Legislación y Justicia frente al robo de autos

El aumento sostenido del robo de autos es un fenómeno que no puede tener al legislador y al juzgador como simples espectadores, porque cada momento histórico mereció elevar o disminuir la escala penal, en función de la peligrosidad de los delitos y la gravedad de sus resultados.

El decreto-ley 6.582, dictado en 1958, entre otros aspectos diferenciaba el hurto o robo de vehículos de los mismos delitos comunes, y establecía de uno a tres años de prisión para el hurto de un automotor, de dos a seis años para el hurto agravado, de tres a diez años para el robo, de seis a quince años para el robo agravado y de nueve a veinte años de prisión cuando el robo fuera cometido con armas. Esta última circunstancia, de que la pena partiera de nueve años cuando se utilizaban armas para robar un vehículo, hizo decir hace años a un camarista que "se tutela al bien semoviente con mayor rigor que la vida humana", en relación a que la pena para el homicidio parte de los ocho años de prisión, y casi todos los tribunales comenzaron a asimilar el hurto o robo de vehículos a lo prescripto para los delitos contra la propiedad.

Lo cierto es que los tiempos y circunstancias volvieron a cambiar, y el delincuente que aspira a sustraer un vehículo moderno tiene que utilizar armas, casi necesariamente, porque precisa apoderarse de las llaves originales del rodado. Ese ingrediente es lo que eleva el riesgo de que una víctima resulte herida o muerta en cada sustracción, y las normas no pueden correr siempre detrás de la realidad.

Por otro lado, mientras los autos modernos de modelo estándar cuestan aproximadamente entre 40 y 70 mil pesos, los vehículos con 10 y 20 años de antigüedad se venden a precios de entre 7 y 15 mil pesos, y todos comparten las mismas calles y rutas, con sus problemas y deterioros. Los últimos, lógicamente, son los que precisan reparaciones y repuestos con mayor frecuencia y cantidad, pero los precios de esos repuestos y reparaciones son similares a los que pagan los propietarios de autos modernos. Es decir que la persona con menor poder adquisitivo debe afrontar un gasto de mantenimiento de su automóvil mucho mayor que el propietario de un auto más costoso y moderno, cuando al comprarlo, quizá, sólo tuvo en cuenta los gastos que le demandaría el combustible, y eventualmente el seguro obligatorio. Esa realidad es la que fomenta la existencia de un creciente mercado negro de repuestos, que se nutre del robo de autos con cierta antigüedad, y a veces del robo puntual de autopiezas.

Son frecuentes los faltantes de parabrisas, lunetas traseras y ventanillas, y de baterías o determinadas piezas de motor, cuando el robo se transforma en un desmantelamiento parcial, porque muy rara vez desaparecen por completo autos antiguos.

La circunstancia que impulsa a los delincuentes a incurrir en este tipo de delito, casi residual, son las medidas de seguridad que rodean a las unidades modernas, con alarma, llaves computarizadas y la probable detección satelital de su ubicación ante un hecho de sustracción. Además, esas unidades son más fáciles de violentar, pocas cuentan con un sistema de alarma, y la realización de un "puente" con el sistema de encendido no ofrece mayores dificultades.

El legislador tiene la oportunidad de ajustar las normas a la realidad, antes de que el problema se agudice, y los fiscales y jueces tienen una amplia escala para utilizar, como instrumento para desalentar esas modalidades, y pueden apartarse del mínimo cuando se trate de estos hechos.

 

SERAFÍN SANTOS

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