Domingo 17 de Enero de 2010 Edicion impresa pag. 10 > Regionales
Funcionarios del BPN acusados de abuso de autoridad

Sergio Oscar Pintado, gerente general de administración y Pablo Fabián Nogués, interventor de la sucursal Buenos Aires. Cuando se conoció el fraude de Temux, fueron acusados por los fiscales Ignacio Di Maggio y María Célica González por el delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público" a raíz de la contratación directa de la consultora IDN Finanzas SA a fin de que proveyera al BPN del software para el seguimiento de flujo de trabajo (Work Flow).

La investigación judicial se originó en una nota publicada por este diario el 7 de agosto de 2009, titulada "Una interminable historia de compras sin licitación".

Según consta en el pedido de indagatoria a Pintado y Nogués la contratación directa por tratarse de un servicio profesional o de consultoría se basó en que era posible prescindir de la licitación pública. Los fiscales consideraron que la razón argumentada era, desde el punto de vista de la legislación vigente, "abusiva e ilícita". La ley provincial 2351 transformó al BPN en una sociedad anónima. A partir de allí el banco aprobó su reglamento de contrataciones, pero la fiscalía no cree que dicha facultad excluya a la entidad del marco regulatorio de la ley de Administración Financiera y de Control de Recursos 2141. Di Maggio y González acusan por el delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público", establecido en el art. 248 del código penal a Pintado y a Nogués en diferentes grados. Al primero en su carácter de gerente departamental de administración del BPN como autor del delito "por haber realizado acción ejecutiva, consistente en ejecutar órdenes contrarias a las leyes provinciales, en especial la ley provincial 2141". En relación a Nogués, juzgan que por su cargo actual de Subgerente General de Negocios del BPN es responsable de haber "realizado un aporte necesario, sin el cual el delito no se habría consumado, consistente en conformar la oferta formulada por el proveedor IDN Finanzas SA, actuando en consecuencia en calidad de partícipe primario o necesario del Sr. Pintado".

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