ROCA (AR).- El próximo 28 de este mes vence, sin posibilidad de prórroga, la oportunidad de registrar a los trabajadores con los beneficios que el gobierno nacional dispuso para los empleadores a través de la ley 26.476, según informó el Ministerio de Trabajo de la Nación.
La legislación establece, entre otros beneficios, que aquellos que regularicen a sus trabajadores no registrados están exentos de pagar deudas previsionales con la AFIP, intereses o multas, ya sean de la AFIP, de Trabajo o de los distintos entes con capacidad para sancionar al empleo no registrado.
Esta operatoria está destinada fundamentalmente a las pequeñas y medianas empresas que, a menudo, alegan "no poder registrar a sus trabajadores debido al costo de la deuda que implicaría el pago de aportes y contribuciones no ingresados oportunamente".
Hasta el 28 se liberará esa deuda a quienes se acojan al régimen y, se explicó, el reconocimiento de las relaciones laborales preexistentes no será tomado en cuenta para las liquidaciones pasadas de impuestos a las ganancias.
Según se informó, la ley 26.476 también contempla que "el empleador gozará de una baja en el pago de las contribuciones patronales por el término de dos años, estableciendo una reducción del 50% durante el primer año y del 25% durante el segundo año de regularización".
Hasta ahora, se mencionó, la respuesta de los empleadores "fue ampliamente satisfactoria".