SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez Emilio Riat condenó a un automovilista y a su aseguradora a pagar más de 22.000 pesos por los daños que ocasionó hace más de tres años, el 20 de junio de 2006, el vehículo de menor porte a un colectivo de la empresa de turismo "Quilaró Patagonia".
Los condenados rechazaron la demanda oportunamente, señalando que el auto tenía prioridad de paso en la encrucijada de doble mano donde se produjo el choque, pero Riat sostuvo que "no se probó que el chofer del colectivo haya obrado imprudente o negligentemente, y aunque las velocidades de cada vehículo no pudieron establecerse, las secuelas del colectivo indican claramente que fue chocado en medio de su lateral izquierdo por la parte delantera del auto".
El juez interpretó que el chofer del micro llegó a la bocacalle con suficiente antelación y también que "aunque se interpretara que los vehículos llegaron casi simultáneamente y que el automovilista tenía prioridad, habría que concluir por lo menos en un ejercicio abusivo de esa prioridad, porque persistió en cruzarla sin el dominio completo del vehículo, ya que no pudo frenarlo suficientemente para evitar la colisión".
En otro párrafo Riat recordó que "es imprudente encarar el cruce a una velocidad que impida el dominio del vehículo aunque se tenga prioridad de paso", y subrayó que ese "no es un derecho absoluto, porque la preferencia debe conjugarse con el deber de reducir la velocidad al llegar a las esquinas".
También considero como "altamente probable" que el conductor del auto más chico "haya obrado con ebriedad, de acuerdo con la impresión que causó a los testigos después del choque", y que no existe prueba sobre la presencia de nieve o hielo en la calzada al momento del accidente.