Jueves 31 de Diciembre de 2009 Edicion impresa pag. 13 > Regionales
Grave discrepancia de la procuradora con el STJ
Objetó que no fue consultada sobre temas que incumben al Ministerio Público. Lamentó que se paralice la creación de órganos en defensa de las víctimas.

VIEDMA (AV).- La procuradora general Liliana Piccinini cuestionó la declaración de emergencia judicial solicitada por el Superior Tribunal de Justicia, planteando que no fue consultada y, además, por discrepar con las medidas requeridas. Afirma que la creación de una "unidad ejecutora" de planificación, integrada por jueces, tiene "misión paralegislativa" y se asemeja a "las comisiones legislativas de los gobiernos de facto".

Ayer, "Río Negro" difundió un pedido de emergencia judicial que el STJ remitió a la Legislatura, reservándose facultades extraordinarias en designaciones, manejo de fondos, extensión horaria, sanciones disciplinarias y asignación de competencias.

En un dictamen del 28 de diciembre, Piccinini expuso su "preocupación porque no fue convocada", y no se respetaron los trámites y "las mandas orgánicas". Concluye que para el STJ "una cuestión tan seria y delicada como lo es la declaración de Emergencia Judicial, no es asunto que merezca opinión de quien tiene por obligación custodiar la eficiente prestación del Servicio Justicia".

La procuradora expresó que la "emergencia habilita la vigencia de un derecho excepcional que de ninguna manera puede ser interpretado de modo contrario a la normativa constitucional". Agregó que "si el fundamento de las medidas de emergencia es la superación de graves situaciones, su finalidad no puede ser otra que el logro del bienestar general, mediante la limitación del ejercicio de ciertos derechos, pero siempre en el marco de la razonabilidad, evitando lesionar el Estado de derecho".

En el análisis de las medidas, Piccinini consideró que la emergencia judicial "contiene el riesgoso temperamento" suscripto por el STJ, "adelantando opinión sobre la persistencia de la emergencia, y de algún modo convalidando futuras prórrogas" cuando la "temporalidad es un aspecto relevante que puede ser objeto de control judicial, puesto que atenta contra la razonabilidad la situación indefinida en el tiempo".

Después considera que se asigna "un cúmulo de facultades extendidas" al STJ, que "se darían en desmedro de mandas constitucionales" (la derogación del art. 69 de la ley 4199) o la asignación de la "facultad de designación de funcionarios comprendidos", "congelar vacantes para luego adjudicarse la facultad de descongelar", como también, "reasignar competencias sin explicitar las ventajas o beneficios".

Advierte que dispone que el Ministerio Público Fiscal instruya las causas por delitos correccionales para lo cual no tiene personal suficiente y expresa que "este tipo de dispositivos suman crisis al acceso a la Justicia y a la tutela judicial efectiva". Igual crítica -manifesta la procuradora- frente a la pretensión de suspender "mientras dure la emergencia" la vigencia de los artículos 43 a 54 de la ley K-4199 que "crean organismos en pos de otorgar protección a la víctima del delito".

La titular del Ministerio Público expresa que "paradojalmente se propicia la creación de una Unidad Ejecutora para la planificación, reconversión y calidad institucional cuya misión es paralegislativa" y suplanta "al legislador para la adopción de procesos e institutos procesales, y conformada por cinco magistrados". Entiende que "suplir el debate legislativo y asignar tan delicada misión a cinco magistrados" se parece "mucho a las comisiones de asuntos legislativos o Sala de asuntos legislativos, que se conformaran durante el gobierno de facto".

Al final, Piccinini destacó que "pareciera un contrasentido declarar la emergencia judicial, en orden a la emergencia económico financiera del Estado y pretender que Hacienda incremente créditos presupuestarios que no han sido sancionados por la ley de presupuesto".

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