VIEDMA (AV).- La Justicia rionegrina anuló una infracción municipal por "correr picadas" librada contra un conductor menor. El Tribunal entendió que el inspector sólo consignó generalidades en el acta, sin identificar testigos.
El reciente fallo de la Cámara en lo Civil de Viedma se originó por una demanda entablada por los padres del menor que reconocieron parte de la infracción pero negaron que corría picadas en la capital provincial.
Una crítica particular estableció la resolución al juez de Falta, Jorge Bollero que desestimó la apelación de los padres por "extemporánea" pero el Tribunal contactó que el reclamo se encuadró en los plazos fijados.
El voto correspondió al juez Gustavo Azpeitía, con la adhesión de Enrique Rodríguez y la abstención de Juan Pablo Videla.
La demanda contra el municipio de Viedma se direccionó a invalidar el acta de infracción, que disponía de las resoluciones ratificatorias del Juzgado de Faltas y del Concejo Deliberante. La multa fue librada a las 0,20 del 20 de febrero del 2008. Los padres cuestionaron la infracción por "correr picadas" aunque aceptaron los cargos referidos a la conducción del menor, la falta de carne de conducir y la documentación del automóvil, abonando la multa impuesta y el importe por grúa.
Originalmente, el pedido de nulidad de la infracción fue rechazado por el Juzgado de Faltas. Ante el tribunal, la representación legal de los padres recuerda que "sorpresivamente, el juez de Faltas, luego de siete meses y medio de haber recibido el planteo, desestimó" el reclamo e impuso una multa de 1.000 pesos por correr picada en la vía pública. Ese pronunciamiento fue confirmado por el Concejo Deliberante. Los progenitores se quejaron que la picada "no ha sido constatada por el inspector" ni por testigos, "haciéndose solo mera referencia en forma imprecisa y genérica de que fue denunciado a la policía de Río Negro por manifestaciones de vecinos".