Sábado 26 de Diciembre de 2009 Edicion impresa pag. 29 > Sociedad
Indemnizarán a motociclistas que fueron embestidos por un auto
La conductora de un Fiat 128 fue absuelta en la Justicia Penal, pero el juez correccional la halló responsable

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La mujer demandada manejaba un vehículo que era empujado por otro y logró que la absolvieran en sede penal, pero el juez Jorge Serra entendió que la sentencia correccional no hacía cosa juzgada en materia civil, y la condenó a pagar 2 mil pesos más intereses por los gastos médicos y el daño moral.

La causa se inició el 5 de junio de 2006, luego de que dos jóvenes que se desplazaban en una motocicleta fueran embestidos en la esquina de Gallardo y Elordi por la conductora de un Fiat 128 que circulaba en el mismo sentido.

Los demandantes expusieron que aguardaban el cambio de luz del semáforo de rojo a verde cuando los embistió por la parte posterior el Fiat 128 al que empujaban para tratar de poner en marcha el motor, y reclamaron 65 mil pesos por las lesiones sufridas y otros conceptos. La demandada, en cambio, dijo que el semáforo funcionaba en forma intermitente, y que la motocicleta carecía de luces de freno y se detuvo delante suyo en forma inexplicable después de haberse adelantado instantes antes.

Serra le recordó a la imputada que la absolución que obtuvo en sede penal, no hace cosa juzgada sobre la responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados, aún tomando en consideración las constancias de la causa penal. Le atribuyó "la responsabilidad exclusiva en la producción del siniestro", porque la maniobra de remolque o empuje realizada empleando una camioneta particular está prohibida, y la circunstancia de que ambos rodados circularan en un mismo sentido "crean una presunción de culpabilidad respecto a la conductora del Fiat 128".

Entendió que no podía reputarse como maniobra imprevista la detención de la motocicleta al acercarse a una bocacalle con semáforo intermitente, y que su maniobra imprudente y anti reglamentaria motivaba el litigio.

Al analizar los distintos rubros de la demanda el magistrado rechazó el daño, el impedimento para trabajar y el daño psicológico, y aceptó los ítems de daño moral y gastos médicos, que fijó en 2 mil pesos, con un interés anual del 18 por ciento.

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